SAP León 122/2006, 7 de Septiembre de 2006
Ponente | MIGUEL ANGEL AMEZ MARTINEZ |
ECLI | ES:APLE:2006:1035 |
Número de Recurso | 35/2006 |
Procedimiento | APELACION JUICIO DE FALTAS |
Número de Resolución | 122/2006 |
Fecha de Resolución | 7 de Septiembre de 2006 |
Emisor | Audiencia Provincial - León, Sección 3ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3
LEON
SENTENCIA: 00122/2006
AUDIENCIA PROVINCIAL
SECCION TERCERA
LEON
Apelación Juicio de Faltas Rollo nº. 35/06
Juicio de Faltas nº. 137/05
Juzg. Instrucc. Nº. 3 de Ponferrada
El Ilmo. Sr. Magistrado Dº. MIGUEL ÁNGEL ÁMEZ MARTÍNEZ como Tribunal unipersonal de la
Sección Tercera de la Audiencia Provincial de León, ha pronunciado la siguiente:
S E N T E N C I A Núm. 122/2006
En la ciudad de León, a siete de septiembre de dos mil seis.
VISTO el Recurso de Apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de Instrucción nº. 3 de Ponferrada en Juicio de Faltas nº. 137/05 seguido por supuesta falta de LESIONES IMPRUDENTES, figurando como apelante Bernardo y Marcelina, representados por la procuradora Dª. Mª. Encina Fra García y dirigidos por el letrado D. José Francisco Barrios Álvarez, como apelados Juan Ramón y MAPFRE MUTUALIDAD DE SEGUROS, representados por el procurador D, Manuel A. Astorgano de la Puente.
En el Juicio de Faltas aludido se ha dictado sentencia, con fecha de 7- Diciembre-2005, cuya parte dispositiva dice así: "FALLO: Absolver a D. Juan Ramón de toda responsabilidad criminal derivada de las presentes actuaciones, declarando las costas de oficio".
Notificada dicha sentencia a las partes, se interpuso contra la misma recurso de apelación en la forma establecida en los arts.795 y 796 de la L.E.Crim., dándose traslado del escrito a las demás partes con el resultado que obra en Autos. Elevado el proceso a esta Audiencia, fue turnado y se señaló para examen y fallo el día 19-Julio-2006.
UNICO.- No se aceptan los de la sentencia recurrida y, en su lugar, procede tener como acreditado: que el día 4 de febrero de 2.005 sobre las 16:15 horas, cuando D. Bernardo circulaba en el ciclomotor F-....-FBC, en compañía de Marcelina (que ocupaba el asiento trasero) por el recinto exterior de la estación de RENFE en la Localidad de Ponferrada y tras rebasar la mediana allí existente, como coincidiese que la furgoneta....-GLK, conducida por D. Juan Ramón, iniciaba la marcha atrás para salir del aparcamiento en batería donde se encontraba estacionado frente a la fachada de la estación. D. Bernardo reaccionó intentando frenar el ciclomotor, lo que supuso el que perdiese el equilibrio y control del ciclomotor, cayendo al suelo y a una distancia de aproximadamente 1,60 metros.
Como consecuencia de ello D. Bernardo tuvo lesiones consistentes en contusión de muñecas, cervicalgia-dorsalgia postraumática, que tardaron en sanar sesenta días no impeditivos necesitando para su sanidad tratamiento farmacológico y ortopédico...
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