SAP Alicante 114/2008, 15 de Febrero de 2008
Ponente | JOSE ANTONIO DURA CARRILLO |
ECLI | ES:APA:2008:452 |
Número de Recurso | 17/2008 |
Procedimiento | PENAL |
Número de Resolución | 114/2008 |
Fecha de Resolución | 15 de Febrero de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - Alicante, Sección 1ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL
SECCIÓN PRIMERA
ALICANTE
PLZ. DEL AYUNTAMIENTO, nº 4-2ª planta
Tfno: 965.93.59.39-40
Fax: 965.93.59.51
NIG: 03014-37-1-2008-0000658
Procedimiento: Rollo apelación sentencia juicio de faltas Nº 000017/2008- -
Dimana del Juicio de Faltas Nº 000231/2007
Del JUZGADO DE INSTRUCCION NUMERO 9 DE ALICANTE
Apelante: Carlos Alberto
Letrado: MARIA PAZ GIRALDEZ CORRAL
Apelado: Regina
Letrado: RAFAEL SALA LIMIÑANA
SENTENCIA Nº 114/08
En la ciudad de Alicante, a Quince de febrero de 2008.
EL ILTMO. SR. D. JOSÉ ANTONIO DURÁ CARRILLO, Magistrado de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de ALICANTE, ha visto el presente recurso de apelación en ambos efectos, interpuesto contra la Sentencia de fecha 13 de Diciembre de 2007 dictada por el JUZGADO DE INSTRUCCION NUMERO 9 DE ALICANTE en el Juicio de Faltas - 000231/2007, por habiendo actuado como parte apelante Carlos Alberto, representado por el Procurador Sr/a. y dirigido por el Letrado Sr./a. GIRALDEZ CORRAL, MARIA PAZ, y como parte apelada Regina, representado por el Procurador Sr./a. y dirigido por el Letrado Sr./a. SALA LIMIÑANA, RAFAEL.
Son HECHOS PROBADOS de la Sentencia apelada, los del tenor literal siguiente: En aras a la brevedad se dan por reproducidos los hechos probados de la Sentencia de instancia.
El FALLO de dicha Sentencia recurrida literalmente dice: "ABSUELVO a Regina ya circunstanciado, de la falta de lesiones por imprudencia del art. 621 del Código Penal enjuiciada, con toda clase de pronunciamientos favorables, declarándose de oficio las costas causadas y sin perjuicio de las acciones civiles a que pueda haber lugar.".
Contra dicha Sentencia, en tiempo y forma y por la representación procesal de Carlos Alberto se interpuso recurso, que fue admitido a trámite elevándose las actuaciones a esta Audiencia donde se formó el Rollo Nº 000017/2008 de esta Sección, tras haber dado traslado del mismo a las otras partes.
En la sustanciación de ambas instancias del presente proceso se han observado todas las prescripciones legales procedentes.
SE ACEPTA el Antecedente de HECHOS PROBADOS de la Sentencia apelada.
Recurre la acusación particular el fallo absolutorio de instancia alegando que el acto del juicio oral fue irregular al no asistir al juicio verbal los policías locales que habían confeccionado el atestado. Como se alega de contrario la parte denunciante tenía perfecto conocimiento de la existencia de dicha denuncia y constaba en su poder desde el primer momento, presentando con la querella el croquis de dicha denuncia instruida por la policía local, no así el segundo folio que se correspondía con el informe, consciente de que le perjudicaba. Por otra parte, examinada el Acta de juicio oral resulta que la defensa de la denunciada...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba