SAP Murcia 74/2007, 2 de Julio de 2007

PonenteCAYETANO RAMON BLASCO RAMON
ECLIES:APMU:2007:1475
Número de Recurso349/2007
Número de Resolución74/2007
Fecha de Resolución 2 de Julio de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 3ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3

MURCIA

SENTENCIA: 00074/2007

Rollo núm. 349/2007

Apelación J. Faltas.

SENTENCIA NÚM. 74/2007

En la Ciudad de Murcia a dos de Julio de dos mil siete de dos mil siete.

Visto por el Ilmo. Sr. Magistrado don CAYETANO BLASCO RAMÓN, al haberle correspondido por turno en esta Audiencia Provincial, el presente Rollo de Apelación núm. 349/2007, dimanante de los autos de Juicio de Faltas núm. 1015/2006, que se han seguido en el Juzgado de Instrucción núm. 4 de Murcia, por lesiones, entre las partes: Andrés como denunciante, y Juan como denunciado.

El Ministerio Fiscal interviene ejercitando la acción pública.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En las actuaciones de que el presente Rollo dimana seguidas por el trámite de juicio de faltas con el núm. 1015/2006, el Juzgado de Instrucción núm. 4 de Murcia, dictó Sentencia con fecha 19 de Diciembre del año 2006, que establecía los siguientes hechos probados: "De lo actuado en juicio ha quedado probado y así se declara expresamente que en la noche del día 1 de diciembre de 2006 y, consecuencia de un incidente verbal que habían mantenido las partes en el bar "El Pencho" sito en la C/ San Luis Gonzaga, cuando Andrés salió a la calle se abalanzó sobre él Juan propinándoles varios puñetazos en la cabeza y continuación dicha agresión tras tirarlo al suelo. Consecuencia de la agresión, Andrés sufrió erosiones varias (frente, rodilla y pierna derecha), de las que tardará en sanar cinco días sin impedimento."

SEGUNDO

El Fallo de la mencionada resolución dispone expresamente: "Que debo condenar y condeno a Juan, como autor de una falta de lesiones del artículo 617,1 del Código Penal a la pena de un mes multa con cuota diaria de cuatro euros, con la responsabilidad personal subsidiaria, pago de las costas procesales, si las hubiere y a que indemnice a Andrés en la cantidad de ciento veinticinco euros (125 euros) por las lesiones sufridas".

TERCERO

Contra la referida sentencia se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por Juan, siéndole admitido en ambos efectos, y previo traslado a las partes, el Ministerio Fiscal solicitó la confirmación de la resolución recurrida, remitiéndose los autos a esta Audiencia Provincial, designándose Magistrado por turno a fin de conocer de dicho recurso, que ha quedado para sentencia sin celebración de vista.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Alega la parte...

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