SAP Madrid 483/2007, 2 de Noviembre de 2007

PonenteMARIA CRUZ ALVARO LOPEZ
ECLIES:APM:2007:15104
Número de Recurso378/2007
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución483/2007
Fecha de Resolución 2 de Noviembre de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 1ª

AUD. PROVINCIAL SECCION N. 1

MADRID

SENTENCIA: 00483/2007

Rollo nº 378/07

Autos de Procedimiento Abreviado J.O. nº 103/07.

Juzgado de lo Penal nº 15 de Madrid

S E N T E N C I A Nº483/2.007

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCIÓN PRIMERA

Ilmos. Sres.

Presidente:

D. Francisco Javier Viera Morante

Magistradas:

Dña. Olatz Aizpurura Biurrarena

Dña. Mª Cruz Álvaro

En Madrid a dos de noviembre de dos mil siete

Vistos por esta Sección 1ª de la Audiencia Provincial de esta capital, en grado de Apelación, los presentes Autos J.O. nº 103/07 de Procedimiento Abreviado, procedentes del Juzgado de lo Penal nº 15 de los de Madrid seguidos por supuesto delito de LESIONES contra Francisco siendo apelante la representación procesal de la acusación particular que ejerce D. Jesus Miguel y apelado el Minsterio Fiscal y la representación procesal del imputado. Ha sido Ponente la Magistrada Dña. Mª Cruz Álvaro que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la Ilma. Sra. Magistrada -Juez del indicado Juzgado de lo Penal nº 15 de Madrid se dictó Sentencia el día 4 de junio de 2007 con los siguientes hechos probados y parte dispositiva:

HECHOS

PROBADOS:"El día 9 de Abril de 2.004, sobre las 23.00 horas, en en restaurante "Al Yahouhana" cuyo administrador es el denunciado Francisco, y encontrándose en la cocina, un empleado llamado Khalil, comenzó a arder la freidora, vertiendo el mencionado Khalil, aceite frio para reducir la temperatura sin conseguir que cediera la llama, motivo por la que cogió la freidora en llamas para sacarla de la cocina, tropezando con el encargado del bar, Jesus Miguel, derramándose accidentalmente parte del aceite sobre el cuerpo de éste, resultando con lesiones de las que curó en 203 días, precisando tratamiento médico, quedándole cicatrices en el dorso de la mano."

FALLO: "Que debo de Absolver y Absuelvo a Francisco de la responsabilidad penal imputada. Sin imposición de costas."

SEGUNDO

Notificada la misma, interpuso contra ella recurso de apelación la representación procesal de la acusación particular que ejerce Jesus Miguel que fue admitido en ambos efectos y tramitado de acuerdo con lo dispuesto en el vigente Art. 790 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal - trámite en el que el Ministerio Fiscal y la representación procesal del acusado impugnaron el recurso y solicitaron la confirmación de la resolución recurrida, y se elevaron las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Una vez recibidos los Autos en esta Sección 1ª, formado el Rollo de Apelación nº 378/07, se pasó la causa al Magistrado Ponente para deliberación y fallo, quedando los Autos vistos para Sentencia.

Se confirman los de la resolución recurrida que se aceptan en su integridad.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

A través de las alegaciones que sustentan el recurso de apelación planteado por la acusación particular que representa D. Jesus Miguel, se invoca el error de la juzgadora en la valoración de las pruebas practicadas, por cuanto las mismas habrían resultado suficientes para acreditar la participación del acusado en el delito de lesiones por imprudencia del artículo 152.3º del Código Penal que se le viene imputando, integrado, a criterio del recurrente, por no haber facilitado las medidas de seguridad y de prevención en el restaurante de su propiedad donde resultó con quemaduras el ahora recurrente. Añade que de haber existido unos extintores en la instalación y un plan de seguridad, el cocinero no habría salido de la cocina con una freidora en llamas, ni se hubiera ocasionado...

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