SAP Cádiz 116/2006, 6 de Junio de 2006

PonenteMIGUEL ANGEL FELIZ MARTINEZ
ECLIES:APCA:2006:704
Número de Recurso60/2006
Número de Resolución116/2006
Fecha de Resolución 6 de Junio de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Cádiz, Sección 3ª

MIGUEL ANGEL FELIZ MARTINEZ

S E N T E N C I A Nº 116/06

AUDIENCIA PROVINCIAL DE CÁDIZ

Sección Tercera

ILMOS SRES.

MAGISTRADO:

MIGUEL ANGEL FELIZ Y MARTINEZ

J. 1ª Instancia e Instrucción Nº 1 Sanlucar

APELACIÓN ROLLO NÚM. 60/2006

J. FALTAS Nº 742/2003

En la ciudad de Cádiz a seis de junio de dos mil seis.

Visto por el Magistrado indicado al margen, constituido como Tribunal unipersonal, el recurso de apelación promovido contra la sentencia dictada por el Juzgado de Instrucción referenciado, en el juicio de faltas seguido por LESIONES DE TRÁFICO.

Es parte apelante Soledad y Dolores .

Y parte recurrida Soledad , CASER, S.A. y MAPFRE.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de Instrucción, dictó sentencia el día en el juicio de faltas antes dicho, cuya parte dispositiva es como sigue: "Que DEBO CONDENAR Y CONDENO a la denunciada Dolores como responsable de la falta anteriormente definida, a la eena de un mes de multa con cuota diaria de 4 euros, dando lugar el impago de la pena de multa impuesta, a una responsabilidad personal subsidiaria de 15 días de arresto, así como al pago de las costas procesales; y a que indemnice a la perjudicada Soledad por los daños personales sufridos en la cantidad de 10.219,13 euros, y por los materiales en la cantidad 327,36 euros.

QUE DEBO ABSOLVER Y ABSUELVO a Soledad de los hechos por los que fue denunciada.

Así mismo, DEBO DECLARAR Y DECLARO la responsabilidad civil solidaria de la entidad aseguradora Mapfre, respecto del pago de la indemnización mencionada, CONDENÁNDOLE al pago de la misma conjunta y solidariamente con el condenado principal, la cual devengará un interés anual igual al del interés del dinero vigente en el momento en que se devengue, incrementado en el cincuenta por ciento, desde la fecha del siniestro y hasta la fecha de la consignación efectuada, y a partir de dicha fecha el interés legal."

SEGUNDO

Interpuso recurso de apelación la parte antes citada. Admitido a trámite, el Juzgado confirió traslado a las demás partes para impugnación o adhesión al mismo, y una vez transcurrido el plazo, elevó los autos a esta Sección de la Audiencia donde se formó el rollo y se ha turnado de ponencia, quedando pendiente para decisión del recurso.

La Sentencia apelada declara como hechos probados los siguientes que expresamente se aceptan en esta alzada:

"PRIMERO.- Probado y así se declara qsue el día 26 de julio de dos mil tres, sobre las 10.00 horas, se produjo un accidente de circulación en la Avenida del Ejercito de la localidad de Chipiona, a la altura de la intersección de dicha vía y la calle Miguel de Cervantes, cuando el ciclomotor conducido por Dolores y asegurado por la entidad Mapfre no se detuvo a pesar de encontrarse en rojo el semáforo que regulaba su paso, invadiendo el cruce e impidiendo el paso del turismo Daewo Lanos 1.5 Coupe Plus ....-NFJ , que era conducido por Soledad quien, tras ponerse el semáforo en verde se incorporaba a la Avenida del Ejército procedente de la calle Cervantes, provocando así la colisión de ambos vehículos, concretamente la parte frontal del ciclomotor con la aleta y puerta delantera izquierda del turismo.

SEGUNDO

A consecuencia del accidente y de conformidad con los informes médico forense unidos a las actuaciones, Soledad sufrió lesión un esguince de muñeca del que tardó en curar 215 días, 60 de ellos impeditivos para su ocupaciones habituales, quedándole como secuelas muñeca dolorosa, denervación del músculo abductor del 5º dedo, hipoestesia 4º y º dedos con parestesias borde cubital de la mano izquierda, y trastorno adaptativo. Así mismo, Dolores sufrió como lesiones, esguince de tobillo derecho, esgunice cervical y contusión frontal, de las que tardó en curar 66 días, 30 de ellos de impedimento pra su ocupaciones habituales, y quedándole como secuelas dolor en maleolo peroneo derecho y dolor a la palpación del pómulo" ".

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Solicita la parte apelante Dolores , la revocación de la sentencia de primera instancia y el dictado de otra por la que se le absuelva de la pena impuesta y se condene a Soledad , como autora de la falta de lesiones del artículo 621.3 a la pena de 15 días multa a razón de dos euros diarios, indemnización a favor de la apelante en la cantidad de 3570,74 € en concepto de lesiones y secuelas y 286,94 € en concepto de daños materiales, con la responsabilidad civil directa de la aseguradora Caser y alternativamente el dictado de auto de cuantía máxima conforme a lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor. Alega error en la valoración de la prueba, al...

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