Lecciones (preliminares) de Ciencia Constitucional. Insumos para el estudio de la obra de Juan Félix De León, dentro del constitucionalismo colombiano de finales del siglo XIX

AutorÉdgar Hernán Fuentes Contreras, Daniel Rivas Ramírez
CargoUniversidad de los Andes, Chile/Universidad de los Andes, Colombia
Páginas527-564
Historia Constitucional
ISSN 1576-4729, n. 23, 2022. http://www.historiaconstitucional.com, págs. 527-564
LECCIONES (PRELIMINARES) DE CIENCIA CONSTITUCIONAL.
INSUMOS PARA EL ESTUDIO DE LA OBRA DE JUAN
FÉLIX DE LEÓN, DENTRO DEL CONSTITUCIONALISMO
COLOMBIANO DE FINALES DEL SIGLO XIX*/**
LESSONS (PRELIMINARIES) OF CONSTITUTIONAL SCIENCE.
INPUTS FOR AN HISTORICAL STUDY OF COLOMBIAN
CONSTITUTIONALISM OF THE END OF 19TH CENTURY
Édgar Hernán Fuentes-Contreras
Universidad de Los Andes, Chile
Daniel Rivas-Ramírez
Investigador independiente, Colombia
SUMARIO: I. A MODO DE INTRODUCCIÓN. II. DEL ESTADO UNITARIO AL
FEDERAL: GUERRAS CIVILES, CONFLICTOS Y REFORMAS CONSTITUCIONALES.
III. JUAN FÉLIX DE LEÓN Y LA TRANSICIÓN A LA INTELECTUALIDAD PEDAGOGA.
IV. ACERCAMIENTO A “LAS LECCIONES DE CIENCIA CONSTITUCIONAL”. 4.1. El
uso y el comercio de las armas, como asunto constitucional. 4.2. LA REFORMA
Y PERDURABILIDAD CONSTITUCIONAL. V. A MODO DE CONCLUSIÓN.
REFERENCIAS
Resumen: En el año 1877, el profesor Juan Félix De León publica la obra Lecciones
de Ciencia Constitucional, como producto de sus labores en la Universidad Nacional
de los Estados Unidos de Colombia. Dicho texto, como su autor, se establecieron
como referente del constitucionalismo colombiano de nales del siglo XIX. En esa
medida, el presente artículo, a partir de una metodología genealógica, realiza una
reconstrucción histórico-interpretativa, como resultado preliminar de investigación,
que ofrezca insumos para una lectura de la obra y de la Constitución de los
Estados Unidos de Colombia (1863). Para ello, contiene un estudio del contexto
en el cual fue publicada la obra, la vida –profesional- del profesor De León, e inicia
un abordaje sucinto del contenido del libro Lecciones de Ciencia Constitucional,
por la naturaleza del artículo, centrándose en dos temáticas el derecho de porte y
comercio de armas y la reforma constitucional.
* Artículo resultado de investigación que expone, parcialmente, los resultados preliminares del
proyecto postdoctoral de uno de los autores, el cual es nanciado por la Universidad de los Andes,
Chile a través del Fondo de Ayuda a la Investigación.
** Los abordajes iniciales de este trabajo fueron enriquecidos por las conversaciones con los
profesores José Ignacio Martínez Estay, Andrés Botero Bernal, Hernán Alejandro Olano García y,
en su momento, Carlos Restrepo Piedrahita; a ellos los más sinceros agradecimientos.
Édgar Hernán Fuentes-Contreras y Daniel Rivas-Ramírez
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Abstract: In 1877, Professor Juan Félix De León published the work Lecciones
de Ciencia Constitucional (Lessons in Constitutional Science), which studies the
constitutional law of the 19th century. Based on it, this article proposes, from
a genealogical methodology, a historical-interpretative reconstruction of the
Constitution of the United States of Colombia (1863) regarding the issues of carrying
and trading of weapons and constitutional reform. To this end, it contains a study
of the context in which the work was published, the professional life of Professor De
León and the contents of the book Lecciones de Ciencia Constitucional.
Palabras clave: Juan Félix De León, Derecho Constitucional, Historia colombiana,
Colombia, Lecciones de Ciencia Constitucional, Siglo XIX.
Key Words: Juan Félix De León, Constitutional Law, Colombian history, Colombia,
Lecciones de Ciencia Constitucional, 19th century
I. A MODO DE INTRODUCCIÓN
La historia constitucional colombiana, con regularidad, se encuentra mediada por
la existencia de un número signicativo de documentos jurídicos fundamentales: desde
actas de independencias y documentos previos a 1810, pasando por Constituciones
Provinciales1 hasta aquellas que tuvieron una vigencia nacional. Sin embargo, estas
normativas son solo una muestra de referencia ante el ejercicio de Derecho mismo.
Precisamente, si se reconoce al Derecho, en sentido amplio, como un producto
que no se limita a los precepto, sino que necesita ser interpretado2, se hace evidente
que las disposiciones jurídicas deben ser observadas a través de los desarrollos de
la doctrina y de las propias decisiones de los distintos operadores jurisdiccionales.
Con todo, las interpretaciones de la doctrina del siglo XIX no siempre han sido
conservadas o incluidas en los estudios constitucionales actuales –siendo común
que la producción académica contemporánea, en Colombia, no dialogue con las
construcciones históricas ni con la doctrina de la época–. Centrada en el estudio
de las Constituciones y leyes, el Derecho Constitucional actual ha descartado,
con algunas excepciones, las obras de la doctrina que enriquecieron la aplicación
del contenido de estas producciones: como si los preceptos normativos pudiesen
ser, ajenos a su interpretación, difusión pedagógica y contextos, más allá que
manifestaciones simbólicas.
1 Respecto a las Constituciones provinciales entre 1810 y 1818, ver: Édgar Hernán Fuentes-
Contreras, Nadia Michele Murillo Sánchez y Jhamer Arley Patiño Castillo (coords. acads.). (R)
evolución del Constitucionalismo provincial en la (Primera) independencia de la Nueva Granada,
Grupo Editorial Ibáñez, Bogotá, D.C., 2022.
2 Cfr. Édgar Hernán Fuentes-Contreras, “El fenómeno jurídico como construcción cultural”, en
Hernán Alejandro Olano García (coord. acad.), Liber Amicorum. Homenaje a Marco Gerardo Monroy
Cabra, Academia Colombiana de Jurisprudencia, Bogotá, D.C., 2015, pp. 109-128; Édgar Hernán
Fuentes-Contreras, “Cultura, Derecho y Comunicación. Descripción del fenómeno jurídico como
construcción cultural”, en AAVV., Temas Selectos de Derecho constitucional y arbitraje, Universidad
del Valle, Cochabamba, 2020, pp. 9-29.
LECCIONES (PRELIMINARES) DE CIENCIA CONSTITUCIONAL. INS UMO S.. .
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En esa dirección, la tarea de reconstrucción de la iushistoria3 constitucional
no puede abandonar la idea de nutrirse tanto de la lectura y reedición de textos
doctrinales y del constitucionalismo histórico del siglo XIX como de la implementación
de una metodología que no segmente la nalidad genealógica4.
Es por ello que este artículo presenta resultados -preliminares- de investigación
dentro proyectos que se encaminan al análisis de los documentos constitucionales
de Colombia y la doctrina que los abordan en el siglo XIX. Así, en una etapa de
investigación donde la atención ha estado vinculada con el período de los Estados
Unidos de Colombia (1863-1885), el artículo explora los insumos necesarios para
comprender inicialmente la obra Lecciones de Ciencia Constitucional de Juan Félix
De León, de 1877.
Para ello se ha adoptado una aproximación histórica que admite la necesidad
de conocer dos dimensiones básicas: el contexto en el cual se produjo la obra y los
acaecimientos que marcaron la vida del autor; para además indagar -en lo básico-
sobre temáticas puntuales que fueron tratadas en ella. De ahí que, tratando de
evitar una “mala lectura” o una lectura transformadora5, se haya empleado una
metodología genealógica6 y se presenten los resultados en tres acápites:
El primero de ellos, realiza una exposición sumaria del marco histórico que
medió al autor y al libro, para, seguidamente, examinar el autor y su ejercicio de
roles culturales que permitieron que tuviese inuencia en la doctrina, la normativa
y la enseñanza del derecho de la época. En un tercer momento, se exploran las
Lecciones de Ciencia Constitucional, haciendo énfasis en dos temáticas tratadas en
la Constitución y que marcaban signicativamente la comprensión del contexto: el
porte de armas y la reforma constitucional.
II. DEL ESTADO UNITARIO AL FEDERAL: GUERRAS CIVILES, CONFLICTOS Y
REFORMAS CONSTITUCIONALES.
Teniendo como referencia el nacimiento del profesor Juan Félix De León, es
decir, el 26 de octubre de 1835, en la ciudad de Cartagena, República de la Nueva
3 Cfr. Andrés Botero-Bernal, “Presupuestos epistemológicos y metodológicos de la iushistoria”,
Precedente, 2010, pp. 45-70.
4 “[…] lo que pretende la genealogía es localizar la singularidad de los acontecimientos, desprovista
de una perspectiva evolucionista”. María del Pilar Melgarejo Acosta, “El pensar histórico como
genealogía: acto interpretativo y construcción de subjetividad”, Fronteras de la Historia, vol 5, 2000,
pp. 36-37. Cfr. Michel Foucault, Nietzsche, la Genealogía, la Historia, Traducción de José Vázquez
Pérez, Pre-Textos, Valencia, 2008; Michel Foucault, Genealogía del racismo, Traducción de Alfredo
Tzveibel, Altamira, La Plata, 2008.
5 Cfr. Diego Eduardo López Medina, Teoría Impura del Derecho. La transformación de la cultura
jurídica latinoamericana, Legis y otros, Bogotá, D.C., 2004.
6 “Con la genealogía nos encontramos en presencia de prácticas especícas, no con puntos de
partida [...]. La repulsa por el “origen” indica el presupuesto normativo: la renuncia a las explicaciones
unitarias, “racionales”, que den cuenta del todo, que organicen en la supercie las discrepancias
reales dando cuenta de sus relaciones en el medio previo de su garantía de racionalidad”. Víctor
Alberto Quinche Ramírez y Manuel Fernando Quinche Ramirez, “Foucault y el análisis genealógico
del derecho”, Estud. Socio-Jurídicos, vol 8, n° 2, 2006, pp. 32-33.

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