Lecciones de Derecho Hipotecario

AutorDavid-Alejandro Rodríguez Sánchez
CargoRegistrador de la Propiedad y Mercantil
Páginas1434-1437

GMEZ GLLIGO, Francisco Javier y DEL POZO CARRASCOSA, Pedro: Lecciones de Derecho Hipotecario, 2. ed., Ed. Marcial Pons, 2006, 265 pgs.

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Francisco Javier GÓMEZ GÁLLIGO, Registrador de la Propiedad y Mercantil, y Pedro DEL POZO CARRASCOSA, Catedrático de Derecho Civil de la Universidad Rovira i Virgili, nos presentan la segunda edición de una obra que, como ellos mismos dicen en el preámbulo, está principalmente dirigida a los estudiantes de la carrera de Derecho, así como a todos aquellos que se acerquen por primera vez al Derecho Hipotecario. Y, dado su carácter eminentemente didáctico, las nueve lecciones en que se divide su libro se ordenan cronológicamente, desde el acceso al Registro hasta los efectos de la constancia registral.

El tema primero, bajo la rúbrica: El Derecho Hipotecario o Inmobiliario Registral, pretende ser marco de referencia de las demás lecciones. Se inicia con un estudio de qué se entiende por Publicidad Registral -en términos amplios-. Y como para entender el Derecho Inmobiliario Registral es nece-Page 1435sario conocer el Registro de la Propiedad, se hace un estudio de éste en su triple vertiente: como oficina, conjunto de libros o institución jurídica.

Continúa con una breve, pero no por ello menos exhaustiva evolución de nuestro sistema registral, desde la Ley Hipotecaria de 1861 hasta la reforma llevada a cabo por la Ley 24/2005, de 18 de noviembre, de Impulso a la Productividad. Introduce, frente a la primera edición, un apartado explicativo del régimen de competencias estatal en el ámbito registral, delimitado por el artículo 149.1.8 de nuestra Carta Magna, aunque «puntualizado» por las competencias asumidas en esta materia por las Comunidades Autónomas, y muy especialmente por la de Cataluña, en la reforma estatutaria aprobada por la Ley Orgánica de 19 de julio de 2006.

Termina este tema con la coordinación Catastro-Registro de la Propiedad, adaptada a la regulación introducida por el Real Decreto-Ley de 5 de marzo de 2004, enumerando las principales normas impulsoras de esta coordinación, transcribiendo la Instrucción de la DGRN de 2 de marzo de 2000 sobre Implantación Cartográfica.

Como el propio título indica, Las situaciones jurídicas inscribibles, en la segunda lección se estudia el objeto de la inscripción, distinguiendo entre lo que accede al Registro -el título, tanto material como formal- y lo que se publica -las titularidades-. Dado que las mutaciones jurídico-reales -el objeto propio de inscripción- no coinciden siempre con los derechos reales inmobiliarios inscribibles, analiza las distintas posibilidades de acceso al Registro, no únicamente representadas por éstos (recordando que la configuración de nuestro ordenamiento jurídico como de numerus apertus en cuanto a las inscripciones -2 LH, 7 y 8 RH-, frente al numerus clausus propio de las anotaciones preventivas -42 LH-), sino también por...

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