SAP Madrid 379/2007, 6 de Junio de 2007

PonenteMARIA JESUS ALIA RAMOS
ECLIES:APM:2007:8514
Número de Recurso478/2006
Número de Resolución379/2007
Fecha de Resolución 6 de Junio de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 12ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 12

MADRID

SENTENCIA: 00379/2007

Rollo: RECURSO DE APELACIÓN 478/2006

PROCEDENCIA: JUZGADO 1ª INSTANCIA Nº69 DE MADRID

EJECUCIÓN LAUDO ARBITRAL Nº 906/04

DEMANDANTE/APELANTE: ASOCIACIÓN EUROPEA DE ARBITRAJE DE DERECHO Y EQUIDAD y CANDRADE SEGUROS,

S.L

PROCURADORA: DOÑA YOLANDA LUNA SIERRA

PONENTE: ILMA. SRA. DOÑA Mª JESÚS ALÍA RAMOS

AUTO Nº 379

Ilmos. Sres. Magistrados:

JOSE VICENTE ZAPATER FERRER

Mª JESÚS ALÍA RAMOS

FERNANDO HERRERO DE EGAÑA Y OCTAVIO DE TOLEDO

En MADRID, a seis de junio de dos mil siete.

La Sección 12 de la Ilma. Audiencia Provincial de MADRID, ha visto en grado de apelación, los autos de EJECUCION DE TITULOS NO JUDICIALES 906/2004 del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 69 de MADRID seguido entre partes, como apelantes "ASOCIACIÓN EUROPEA DE ARBITRAJE DE DERECHO y EQUIDAD" y "CANDRADE SEGUROS, S.L.", representados por la Procuradora Dª YOLANDA LUNA SIERRA, sobre EJECUCIÓN LAUDO ARBITRAL.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los antecedentes de hecho del Auto apelado.

SEGUNDO

Seguido el juicio por sus trámites legales ante el JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 69 de MADRID, por el mismo se dictó Auto con fecha ocho de Mayo de dos mil seis, cuya parte dispositiva dice: "NO ADMITIR A TRÁMITE la demanda de ejecución de laudo arbitral formulada por la Procuradora Dª Yolanda Luna Sierra en representación de la ASOCIACIÓN EUROPEA DE ARBITRAJE DE DERECHO Y EQUIDAD Y "CANDRADE SEGUROS, S.L." frente a "CEFAVILL, S.L.", y el consecuente archivo de las presentes Actuaciones". Notificada dicha resolución a las partes, por "ASOCIACION EUROPEA DE ARBITRAJE DE DERECHO Y EQUIDAD", y "CANDRADE SEGUROS, S.L.," se interpuso recurso de apelación, alegando cuanto estimó pertinente, que fue admitido en ambos efectos, dándose traslado del mismo a la parte contraria que IMPUGNA. Remitidos los autos originales del juicio a este Tribunal, se señaló para llevar a efecto la deliberación, votación y fallo del mismo el pasado día 30 de Mayo de 2007, en que ha tenido lugar lo acordado.

TERCERO

En la tramitación de este procedimiento se han observado las prescripciones legales.

Visto, siendo Ponente la Ilma. Sr. Dª. Mª JESÚS ALÍA RAMOS.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En el caso de autos la Asociación Europea de Arbitraje de Derecho y Equidad -A.E.A.D.E.- y la mercantil CANDRADE SESGUROS, S.L. promueve la ejecución del laudo arbitral emitido el 27 de mayo de 2004 contra la entidad CEFAVILL, S.L. en la cantidad de 2.051'90 euros, correspondiendo 1.200 euros a la empresa en concepto de daños y perjuicios, y 851'90 euros a la Asociación por las costas por las costas del procedimiento arbitral.

El auto apelado denegó la admisión a trámite de la demanda de...

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