SAP Madrid 379/2007, 6 de Junio de 2007
Ponente | MARIA JESUS ALIA RAMOS |
ECLI | ES:APM:2007:8514 |
Número de Recurso | 478/2006 |
Número de Resolución | 379/2007 |
Fecha de Resolución | 6 de Junio de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 12ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 12
MADRID
SENTENCIA: 00379/2007
Rollo: RECURSO DE APELACIÓN 478/2006
PROCEDENCIA: JUZGADO 1ª INSTANCIA Nº69 DE MADRID
EJECUCIÓN LAUDO ARBITRAL Nº 906/04
DEMANDANTE/APELANTE: ASOCIACIÓN EUROPEA DE ARBITRAJE DE DERECHO Y EQUIDAD y CANDRADE SEGUROS,
S.L
PROCURADORA: DOÑA YOLANDA LUNA SIERRA
PONENTE: ILMA. SRA. DOÑA Mª JESÚS ALÍA RAMOS
AUTO Nº 379
Ilmos. Sres. Magistrados:
JOSE VICENTE ZAPATER FERRER
Mª JESÚS ALÍA RAMOS
FERNANDO HERRERO DE EGAÑA Y OCTAVIO DE TOLEDO
En MADRID, a seis de junio de dos mil siete.
La Sección 12 de la Ilma. Audiencia Provincial de MADRID, ha visto en grado de apelación, los autos de EJECUCION DE TITULOS NO JUDICIALES 906/2004 del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 69 de MADRID seguido entre partes, como apelantes "ASOCIACIÓN EUROPEA DE ARBITRAJE DE DERECHO y EQUIDAD" y "CANDRADE SEGUROS, S.L.", representados por la Procuradora Dª YOLANDA LUNA SIERRA, sobre EJECUCIÓN LAUDO ARBITRAL.
Se aceptan los antecedentes de hecho del Auto apelado.
Seguido el juicio por sus trámites legales ante el JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 69 de MADRID, por el mismo se dictó Auto con fecha ocho de Mayo de dos mil seis, cuya parte dispositiva dice: "NO ADMITIR A TRÁMITE la demanda de ejecución de laudo arbitral formulada por la Procuradora Dª Yolanda Luna Sierra en representación de la ASOCIACIÓN EUROPEA DE ARBITRAJE DE DERECHO Y EQUIDAD Y "CANDRADE SEGUROS, S.L." frente a "CEFAVILL, S.L.", y el consecuente archivo de las presentes Actuaciones". Notificada dicha resolución a las partes, por "ASOCIACION EUROPEA DE ARBITRAJE DE DERECHO Y EQUIDAD", y "CANDRADE SEGUROS, S.L.," se interpuso recurso de apelación, alegando cuanto estimó pertinente, que fue admitido en ambos efectos, dándose traslado del mismo a la parte contraria que IMPUGNA. Remitidos los autos originales del juicio a este Tribunal, se señaló para llevar a efecto la deliberación, votación y fallo del mismo el pasado día 30 de Mayo de 2007, en que ha tenido lugar lo acordado.
En la tramitación de este procedimiento se han observado las prescripciones legales.
Visto, siendo Ponente la Ilma. Sr. Dª. Mª JESÚS ALÍA RAMOS.
En el caso de autos la Asociación Europea de Arbitraje de Derecho y Equidad -A.E.A.D.E.- y la mercantil CANDRADE SESGUROS, S.L. promueve la ejecución del laudo arbitral emitido el 27 de mayo de 2004 contra la entidad CEFAVILL, S.L. en la cantidad de 2.051'90 euros, correspondiendo 1.200 euros a la empresa en concepto de daños y perjuicios, y 851'90 euros a la Asociación por las costas por las costas del procedimiento arbitral.
El auto apelado denegó la admisión a trámite de la demanda de...
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