Norma Foral 4/2003, de 10 de febrero, de autorización a la Diputación Foral de Álava para la donación al Ayuntamiento de Kuartango de los inmuebles que forman el complejo denominado 'Colegio Salesiano de Zuhatzu de Kuartango' con destino a la prestación de servicios públicos en el municipio.

SecciónComunidades de Regantes
Rango de LeyNorma foral

Diputación Foral de Alava - Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava DocumentoMiércoles, 19 de Febrero de 2003 , * B.O.T.H.A. Num. 20JUNTAS GENERALES DE ÁLAVA COMUNIDAD DE REGANTES "CRUCIZABALA" Ref. 1.048Norma Foral 4/2003, de 10 de febrero, de autorización a la Diputación Foral de Álava para la donación al Ayuntamiento de Kuartango de los inmuebles que forman el complejo denominado "Colegio Salesiano de Zuhatzu de Kuartango" con destino a la prestación de servicios públicos en el municipio. Las Juntas Generales de Álava en Sesión Plenaria celebrada el día 10 de febrero de 2003, aprobaron la siguiente Norma Foral: NORMA FORAL 4/2003, DE 10 DE FEBRERO, DE AUTORIZACIÓN A LA DIPUTACIÓN FORAL DE ÁLAVA PARA LA DONACIÓN AL AYUNTAMIENTO DE KUARTANGO DE LOS INMUEBLES QUE FORMAN EL COMPLEJO DENOMINADO "COLEGIO SALESIANO DE ZUHATZU DE KUARTANGO" CON DESTINO A LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS EN EL MUNICIPIO. El Ayuntamiento de Kuartango ha solicitado la transmisión gratuita del antiguo Colegio Salesiano radicante en la localidad de Zuhatzu Kuartango, propiedad de la Diputación Foral de Álava, para reagrupar en dicho edificio todos los servicios que el Ayuntamiento presta a los ciudadanos, al existir muchas carencias de locales, despachos, salones, aulas, .., en el municipio. Se pretende trasladar la Casa Consistorial desde su actual emplazamiento al Colegio Salesiano, ya que la misma en la actualidad precisa de una profunda restauración de fachada e interiores. También se proyecta hacer un nuevo consultorio médico ya que el existente presenta barreras arquitectónicas importantes que es necesario eliminar para facilitar su utilización a las personas mayores e incapacitados. Asimismo se pretende instalar en el edificio la Biblioteca Municipal, los despachos del Asistente Técnico Sanitario, del Arquitecto Municipal, del Animador Sociocultural, del Juzgado de Paz, del Asistente Social, el salón de plenos, los despachos de la Alcaldía y de los Grupos Políticos, la Secretaría Municipal, el Archivo Municipal, el Archivo para las Juntas Administrativas del Valle, el dormitorio-apartamento para las guardias médicas; un área de exposiciones; despacho para la gestión de la caza, en general, y del Coto Social de Kuartango en particular, un salón de actos y conferencias, etc. Este conjunto inmobiliario interesado por el Ayuntamiento de Kuartango fue un antiguo balneario que alcanzó cierta fama a principios del siglo XX por la bondad de sus aguas. Más tarde perteneció a la Sociedad de San Francisco de Sales (Salesianos), y fue adquirido por el propio Ayuntamiento de Kuartango a la citada congregación religiosa. Posteriormente, en el año 1985, el Ayuntamiento de Kuartango transmitió gratuitamente a la Diputación Foral de Álava la propiedad de todo el conjunto inmobiliario en el que se proyectaba instalar una Granja Escuela con destino a escolares alaveses para reforzar y mejorar su formación, pero este proyecto no llegó a realizarse. Desde que el inmueble pasó a propiedad de la Diputación Foral de Álava muchos han sido los posibles destinos que ha tenido el edificio central sin que llegara a cristalizar ninguno de los proyectos que se han barajado para su futuro uso, produciéndose con el paso del tiempo una severa degradación en sus fábricas que, actualmente, presentan un aspecto semi-ruinoso con numerosos desconchados y síntomas de abandono y falta de mantenimiento. En el año 1988 se aprobaron las bases de un Concurso Público de Ideas, para la elaboración de un proyecto original que posibilitara la obtención de la mayor rentabilidad posible al citado complejo inmobiliario, declarándose desierto el premio único establecido en el mencionado Concurso Público de Ideas. En el año 1992 fue cedida al Ayuntamiento de Kuartango el ala sur del edificio principal para la instalación de una cooperativa de diseño, patronaje y confección de prendas textiles promovida por el propio Ayuntamiento, pero fracasó después de varios ejercicios de actividad. En el ala norte del edificio principal se le cedió al Ayuntamiento el uso de un local de 391 m2 para habilitar un centro social del propio Ayuntamiento. En el parque del Colegio, en la zona colindante al ala sur del edificio principal se han instalado con carácter permanente, con la aquiescencia del Ayuntamiento, algunas caravanas y roulotes formándose una especie de campamento con algunos elementos fijos. Mediante Decreto Foral número 35/1992, se acordó la subscripción de un convenio entre la Diputación Foral y el Ayuntamiento de Kuartango, por el que se cedía el uso al Ayuntamiento por un período de 10 años prorrogables, la parte de la finca en la que se encontraban ubicadas las instalaciones deportivas, frontón descubierto y campo de fútbol. La superficie total del complejo inmobiliario del Balneario o Colegio Salesiano de Zuhatzu de Kuartango es de 50.115 m2., de los que 2.463 m2 están ocupados por las construcciones, balneario, capilla, colegio, salón de actos, almacén, gimnasio. Existían, también, una serie de edificaciones complementarias destinadas a almacenes, gallinero, pajar, etc., que dado su estado ruinoso y precario se han derribado hace unos años. En cuanto a la fuente de aguas minero-medicinales, de sulfuro sódico nitrogenadas y declaradas de utilidad pública por Real Decreto de 19 de junio de 1882 dado el uso y destino posteriores de las instalaciones como Colegio Salesiano, ha quedado marginada y olvidada. Dado que los inmuebles de referencia no son de interés a la Diputación, tanto a medio como a largo plazo, para la prestación de servicios forales a la sociedad, se considera pertinente su alienabilidad, mediante la transmisión directa y gratuita al Ayuntamiento de Kuartango para la concentración en sus instalaciones de los servicios públicos municipales, evitándose el deterioro incontenible de las edificaciones no utilizadas. Dada la concepción finalista, basada en el interés general de prestación de servicios públicos que tiene la presente cesión gratuita, se incluye una condición resolutoria con cláusula de reversión de la propiedad de los inmuebles cedidos para el caso de que los mismos no se destinaran a finalidades para las que se ceden o dejaren de prestarse en los mismos los citados servicios públicos. Asimismo se prohibe su enajenación a terceros, de forma onerosa o gratuita, con la excepción de que lo sea a otras Adminis traciones Públicas o a sociedades públicas mercantiles, estableciéndose también la reversión de los bienes a la Diputación Foral de Álava caso de su incumplimiento. El complejo inmobiliario está registrado en el Libro de Inventarios de la Diputación Foral de Álava con el número 98 cuyo valor patrimonial asciende a 1.343.009,63 euros y según reciente tasación realizada por el Servicio de Arquitectura de la Diputación asciende a 827.398 euros. Dado el valor patrimonial del complejo inmobiliario de Kuartango, que supera el establecido en la Norma Foral de Ejecución Pre supuestaria 2002, y de acuerdo con lo previsto en el artículo 49-1 de la Norma Foral 5/1998, de Patrimonio del Territorio Histórico de Álava, la enajenación gratuita de dicho complejo inmobiliario a favor del Ayuntamiento de Kuartango, debe ser autorizada por estas Juntas Generales de Álava. En cuanto al procedimiento de la enajenación, de conformidad con lo previsto en el artículo 45.4 c), está permitida la enajenación directa, porque el adquiriente, el Ayuntamiento de Kuartango, es otra Administración Pública. Por último, dado que los bienes se encuentran calificados como patrimoniales, no es necesaria su desafectación para proceder a su enajenación. Artículo Primero.- De conformidad con lo prevenido en el artículo 49-1 de la Norma Foral 5/98, de 23 de febrero, de Patrimonio se autoriza a la Diputación Foral de Álava para que acuerde la donación al Ayuntamiento de Kuartango del denominado "Colegio Salesiano de Zuhatzu de Kuartango". Artículo Segundo.- Los bienes donados serán destinados a la instalación de la Casa Consistorial, archivo, biblioteca, consultorio médico, Juzgado de Paz, archivo de las Juntas Administrativas del Valle, salón de actos, sala de conferencias y exposiciones, despachos para Asistente Técnico Sanitario, para el Animador Sociocultural, para la gestión de la caza en general y del Coto Social de Kuartango en particular, dormitorio-apartamento para las guardias médicas, instalaciones deportivas municipales, y otros servicios públicos de competencia municipal. Artículo Tercero.- Se pondrá como condición que los bienes inmuebles donados revertirán a la plena propiedad de la Diputación Foral de Álava si no se destinaren a los fines para los que se ceden o dejaren de prestar los citados servicios públicos. Artículo Cuarto.- Se prohibirá la enajenación onerosa o gratuita, total o parcial, de los inmuebles donados a terceras personas, con excepción de a otras Administraciones Públicas o a empresas públicas mercantiles cuyo capital social pertenezca íntegra o parcialmente a las Administraciones Públicas y permitiéndose el otorgamiento de concesiones administrativas o de otros tipos de contratación o adjudicación administrativas sobre los bienes, siempre y cuanto lo sean para la prestación de servicios públicos. DISPOSICIÓN FINAL La presente Norma Foral entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL del Territorio Histórico de Álava. Vitoria-Gasteiz, a 12 de febrero de 2003.- La Presidenta, XESQUI CASTAÑER LÓPEZ.

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