STSJ Comunidad Valenciana , 1 de Octubre de 2002

PonenteJOSE MARTINEZ-ARENAS SANTOS
ECLIES:TSJCV:2002:9247
Número de Recurso877/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 1 de Octubre de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

RECURSOS Núm. 877/98 y 878/98 acumulados TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA SENTENCIA Núm. 1.164/02 Presidente D. Mariano Ferrando Marzal Magistrados D. José Martínez Arenas Santos D. Francisco Hervás Vercher En Valencia a uno de octubre de dos mil dos. Vistos los recursos acumulados interpuestos por Paisajes Costa Azul, SL., y por D. Guillermo y Dª

Dolores , representados por el Procurador Sr. Ventura Torres y defendidos por el Letrado Sr. Salazar Vives, contra los Acuerdos de 16 de enero de 1.998 y 28 de noviembre de 1.997, del Jurado Provincial de Expropiación Forzosa de Alicante, dictados en los expedientes N° NUM000 y NUM001 , sobre justiprecio de parcela expropiada para la realización de las obras del Gasoducto Valencia-Alicante, habiendo sido parte demandada la Administración General del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado y ENAGAS, SA., representada por la Procuradora Sra. Gil Bayo y defendida por Letrado.

Ha sido Ponente el Magistrado D. José Martínez Arenas Santos.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley, se emplazó a las partes recurrentes para que formalizaran la demanda, lo que verificaron mediante escritos en los que suplicaron se dictara Sentencia anulando los Acuerdos impugnados y fijando el justiprecio en las cantidades siguientes: 30.375 ptas por expropiación parcial de los derechos arrendaticios, 9.603.785 ptas por ocupación temporal y 481.708 por premio de afección, más los intereses legales para Paisajes Costa Azul, SL. 60.000 ptas por servidumbre permanente, 389.023 ptas por ocupación temporal y 3.000 ptas por premio de afección, más los intereses legales para D. Guillermo y Dª Dolores .

SEGUNDO

El Abogado del Estado, en defensa del Jurado Provincial de Expropiación, contestó a las demandas mediante escrito en el que solicitó se desestimaran las mismas por ser los Acuerdos impugnados dictados conforme a derecho.

Igual solicitud dedujo la beneficiaria de la expropiación.

TERCERO

Se recibió el proceso a prueba, practicándose la propuesta por las partes que resultó admitida, consistente en pericial practicada por ingeniero técnico agrícola a instancia de Paisajes Costa Azul, SL. y documental, a instancia de la otra parte recurrente, y se emplazó a los litigantes para que evacuaran el trámite previsto en el art. 78 de la Ley Reguladora, cumplido el cual quedaron los autos pendientes de votación y fallo.

CUARTO

Se señaló para la votación y fallo del recurso el día 26 de septiembre de 2.002, teniendo lugar la misma el citado día.

QUINTO

En la sustanciación de este recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El objeto del recurso lo constituye el examen de la legalidad de los Acuerdos del Jurado Provincial de Expropiación de Alicante en virtud de los cuales se justipreciaron los bienes y derechos afectados por la expropiación en la finca en las siguientes cantidades en pesetas: 292.320 por pérdida de plantas y árboles y 196.800 por gastos de retirada de plantas y macetas para la entidad Paisajes Costa Azul, SL. en concepto de arrendataria de la finca y 22.400 por servidumbre de paso para D. Guillermo y Dª

Dolores en concepto de propietarios de la finca del expediente A-EL-82.

Las partes recurrentes alegan en defensa de su derecho que deben tasarse los bienes y derechos que tienen sobre la finca expropiada...

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