RESOLUCIÓN JUS/4282/2010, de 10 de febrero, de la Dirección General de Derecho y de Entidades Jurídicas, dictada en el recurso gubernativo interpuesto por el notario de Lleida Luis Prados Ramos contra la calificación del registrador de la propiedad número 1 de Lleida.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE JUSTICIA
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN

JUS/4282/2010, de 10 de febrero, de la Dirección General de Derecho y de Entidades Jurídicas, dictada en el recurso gubernativo interpuesto por el notario de Lleida Luis Prados Ramos contra la calificación del registrador de la propiedad número 1 de Lleida.

Se dicta en el recurso gubernativo interpuesto por el notario de Lleida Luis Prados Ramos contra la calificación del registrador de la propiedad número 1 de Lleida señor Juan José Ortín Caballé, que suspende la inscripción de una escritura de división horizontal de un edificio antiguo por falta de licencia administrativa o de la declaración de que no es necesaria.

Relación de hechos

I

En escritura autorizada el 19 de octubre de 2009 por el notario de Lleida Luis Prados Ramos con el número 1229 de protocolo, los hermanos A. y G. A. O. procedieron a disolver parcialmente la situación de comunidad ordinaria en virtud de la cual eran copropietarios de una casa situada en Lleida, partida Balafia, calle del Bergadà, número 4, inscrita en el Registro de la Propiedad de Lleida 1, tomo 387, libro 95 de Lleida, folio 160, finca 10.668. Lo hicieron con el establecimiento simultáneo de un régimen de propiedad horizontal del que resultaban tres entidades o elementos independientes: un local en la planta baja, que conservaron en indivisión, y una vivienda en cada una de las dos plantas elevadas, de los que adjudicaron una a cada hermano. El local se describe, por lo que aquí interesa, como “local almacén (...) planta baja, puerta única (...) de superficie construida 207,43 metros cuadrados”. Las viviendas se describen como “vivienda planta primera, puerta única (...) de superficie construida (...) 137 metros cuadrados y útil de 99,40 metros cuadrados (...) y vivienda planta segunda, puerta única (...) de superficie construida (...) 137 metros cuadrados y útil de 99,40 metros cuadrados”. En la escritura mencionada se hace constar que “no es procedente la licencia ni la declaración municipal de innecesariedad (...) porque ya consta en el registro el destino de la edificación y su número de viviendas sin que se haya producido un aumento del número de establecimientos en los términos que prevé el artículo 210 de la Ley de urbanismo y 81 de su reglamento”. La escritura incorpora una certificación catastral descriptiva y gráfica que acredita que el edificio es de 1960 y tiene un almacén en la planta baja y una vivienda por planta, más los elementos comunes de las viviendas.

II

El edificio que tenían en indivisión los dos hermanos A. O. consta inscrito en el Registro como “patio (...) sobre el que, ocupando una superficie de 207,43 metros cuadrados, hay construida una casa que se compone de planta baja, destinada a almacén, con una superficie de 207,43 metros cuadrados, dos pisos altos y una buhardilla. En cada piso hay una vivienda que se compone de cuatro dormitorios, comedor, cocina con una despensa, cuarto de baño y recibidor, con una superficie construida de 137 metros cuadrados y útil de 99,40 metros cuadrados por cada vivienda.” Según consta en la escritura de referencia y en el registro, los dos hermanos adquirieron la casa, tal como está descrita, por herencia de su padre, G. A. P., según escritura de herencia otorgada el día 1 de diciembre de 1980, es decir, hace casi 29 años. Según la inscripción 3ª de la finca, el padre declaró la obra nueva del edificio en escritura de 3 de enero de 1962 y, por nota marginal en la inscripción, de fecha 4 de diciembre de 1962, consta que se presentó la cédula definitiva de vivienda de renta limitada, entregada el 14 de noviembre de 1962.

III

Presentada la copia de la escritura el 23 de octubre de 2009, asiento 1285 del diario 197, el 28 de octubre el registrador, Juan José Ortín...

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