SAP Lleida 374/2007, 21 de Noviembre de 2007
Ponente | FRANCISCO SEGURA SANCHO |
ECLI | ES:APL:2007:756 |
Número de Recurso | 162/2007 |
Procedimiento | PENAL |
Número de Resolución | 374/2007 |
Fecha de Resolución | 21 de Noviembre de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Lleida, Sección 1ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE LLEIDA
SECCIÓN 1
Rollo Apelación faltas nº 162/2007 -
Juicio de faltas núm.:449/2007
Juzgado de Instrucción núm. 3 Lleida (ant.IN-8)
S E N T E N C I A NÚM.:374/2007
En la ciudad de Lleida, a veintiuno de noviembre de dos mil siete.
La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Lleida, constituida por mí, Francisco Segura Sancho Magistrado de la Sección 1 ha visto, en grado de apelación constituido en Tribunal unipersonal, los autos de Juicio de Faltas núm.: 449/2007 del Juzgado de Instrucción núm. 3 de Lleida (ant.IN-8) y del que dimana el Rollo de Sala núm.:162/2007, habiendo sido partes, en calidad de apelante, Alberto, defendido por el Letrado D. Santiago Fernández-Paredes Mestres, y en calidad de apelado Iván ; Filomena defendido por el Letrado D. Santiago Fernández Mestres; y el MINISTERIO FISCAL.
Por el Juzgado de Instrucción se dictó sentencia cuya parte dispositiva dice lo siguiente: "Absolc lliurement a Iván de la falta de què venia acusat. Condemno a Alberto com autor i criminalment responsable d'una falta de lesions, prevista i penada en l'article 617.1 del Codi Penal, sense cirmunstàncies que modifiquin la seva responsabilitat criminal a la pena d'un mes multa a raó de vuit euros dia i que, en concepte de responsabilitat civil, indemnitzi a Iván en la quantitat de dos-cents setze euros i noranta-sis cèntims (216,96 euros) i en els costos d'aquest judici."
Contra la referida sentencia se interpuso recurso de apelación mediante escrito del que se dio traslado a las partes contrarias para impugnación o adhesión, evacuando dicho trámite en el sentido de impugnarlo solicitando la íntegra confirmación de la sentencia recurrida.
Seguidamente se elevaron los autos a esta Audiencia Provincial Sección Primera, que acordó formar rollo y designar Magistrado competente para conocer del recurso, al que pasaron las actuaciones para dictar la resolución correspondiente.
No se aceptan los hechos declarados probados en la sentencia de instancia y en su lugar se declara probado que sobre las 15'45 horas del día 12 de mayo de 2007, Iván se encontraba en el interior del Bar Partys de la localidad de Mollerussa, regentado por Alberto y que es atenido habitualmente por su esposa, Filomena, cuando al alterar el orden de aquel establecimiento, y debido a que no quería abandonarlo, Alberto lo cogió del brazo y lo acompañó hasta el exterior. Dos horas despues, Iván acudió al centro medico de Mollerussa y posteriormente regresó de nuevo al bar donde les dijo que les iba a denunciar, compareciendo finalmente a las 21 horas en la Comisaría de los Mossos d'Esquadra donde interpuso una denuncia.
Se impugna la sentencia condenatoria de instancia al estimar el recurrente que aquel pronunciamiento se fundó en una errónea apreciación de la actividad probatoria, con la consiguiente lesión del principio de presunción...
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