SAP Murcia 121/2007, 22 de Octubre de 2007

PonenteJAIME GIMENEZ LLAMAS
ECLIES:APMU:2007:2191
Número de Recurso501/2007
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución121/2007
Fecha de Resolución22 de Octubre de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 4ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4

MURCIA

SENTENCIA: 00121/2007

SENTENCIA

NÚM. 121/07

En la Ciudad de Murcia, a veintidós de octubre del año dos mil siete.

El Ilmo. D. Jaime Giménez Llamas, Magistrado de la Ilma. Audiencia Provincial de esta Ciudad, ha visto en grado de apelación el presente Rollo formado con el número 501/07, por virtud del recurso interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de Instrucción número Tres de Molina de Segura, en procedimiento de Juicio de Faltas número 315/06, seguido por Desobediencia, en el que han sido partes, como denunciante don Claudio, como denunciada doña Camila y como acusación pública el Ministerio Fiscal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 25 de abril de 2.007 y en el Juicio de Faltas registrado bajo el número 315/06, el Juzgado referido dictó sentencia en la que se declaran hechos probados los siguientes: "Que el día 7 de julio de 2.006, el denunciante Claudio se personó en el domicilio de la denunciada Camila, para recoger a la hija de ambos, de conformidad con el régimen de visitas establecido en resolución dictada por este por Juzgado, no dejando la denunciada que se llevase a la niña"

En su parte dispositiva, dicha resolución, transcrita en lo que interesa, dice así: "FALLO: Que debo condenar y condeno a Camila como autora responsable de una falta de desobediencia, prevista y penada en el artículo 634 del Código Penal, a la pena de MULTA DE VEINTE DÍAS con una cuota diaria de SEIS EUROS (multa de 120 €), así como al pago de las costas procesales, si las hubiere"

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia, en tiempo y forma, por la denunciada se interpuso recurso de apelación. Del mismo se dio traslado a la parte contraria y al Ministerio Fiscal que se opusieron al recurso mencionado, solicitando que se confirmase la sentencia.

Tras dicho trámite se remitieron las actuaciones a esta Audiencia, siendo turnadas y señalándose para su examen, sin celebración de vista, el día de hoy.

TERCERO

En la sustanciación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.

ÚNICO.- Se acepta y se da por reproducida la declaración de hechos probados de la sentencia recurrida.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan y dan por reproducidos los de la sentencia de instancia.

PRIMERO

La parte recurrente solicita que se revoque la sentencia dictada por la Juez Instructor, en la que se le condena por una falta de desobediencia y que, en su lugar,...

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