SAP Tarragona 168/2007, 2 de Mayo de 2007

PonenteJOSE MANUEL SANCHEZ SISCART
ECLIES:APT:2007:673
Número de Recurso63/2007
Número de Resolución168/2007
Fecha de Resolución 2 de Mayo de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Tarragona, Sección 4ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE TARRAGONA

SECCIÓN CUARTA

Rollo de apelación faltas nº 63/2007

Juicio Faltas núm.:307/2006

Juzgado Instrucción 3 Tarragona (antiguo IN-8)

MAGISTRADO:

José Manuel Sanchez Siscart

S E N T E N C I A NÚM. 168/07

En Tarragona, a dos de mayo de dos mil siete.

Ha sido tramitado ante la Sección 4ª de esta Audiencia Provincial el recurso de apelación interpuesto por el Procurador Sra. Elisabet Carrera Portusach actuando en representación de D. Carlos José contra la sentencia de fecha 18 de agosto de 2006, dictada por el Juzgado de Instrucción nº 3 de Tarragona, en Juicio de Faltas nº 63/07.

ANTECEDENTES PROCEDIMENTALES

ACEPTANDO los antecedentes de hecho de la sentencia recurrida, y

Primero

La sentencia recurrida declaró probados los hechos siguientes:

UNICO.-El día 9 de agosto de 2006, sobre las 03'00 horas, Juan Manuel, Miguel Ángel y Benedicto se encontraban en el interior de la discoteca La Cage de Salou, momento en que persona no identificada, que iba acompañada de otros amigos entre ellos Gabriel y Carlos José, pisó involuntariamente a Juan Manuel, iniciándose una discusión, tras separarse, ambos grupos volvieron a coincidir en el interior de la discoteca, reanudándose la discusión, por lo que fue necesaria la intervención de los vigilantes de seguridad quienes procedieron a expulsar a todos del interior de la discoteca. Una vez en el exeterior esta persona no identificada propinó un cabezazo a Juan Manuel, iniciandose un barullo donde Juan Manuel, Miguel Ángel y Benedicto fuñeron agredidios, posteriormente éstos salieron corriendo hacia la acera de enfrente, recibiendo más golpes Juan Manuel y Miguel Ángel, pudiendo escapar Benedicto.

Queda acreditado que, acutando de forma conjunta con sus compañeros y con el mismo ánimo lesivo, Carlos José agredió a Juan Manuel y a Miguel Ángel, así como Gabriel agredió a Benedicto. A consecuencia de la agresión Juan Manuel, sufrió lesiones consistentes en hematoma periocular izquierdo con equimosis conjuntival, herida inciso contusa en ceja izquierda, hematoma en occipital izquierdo, erosión lineal y horizontal en cuello, contusión espalda que requirieron de una primera asistencia facultativa sin necesidad de tratamiento médico o quirúrgico, tardando en curar 7 días de los cuales cuatro fueron de incapacidad total. Miguel Ángel sufrió lesiones consistentes en tumefacción codo derecho y tumefacción primera falange del cuarto dedo de la mano izquierda que requirieron de una primera asistencia facultativa sin necesidad de tratamiento médico o quirúrgico. Benedicto Jesús sufrió lesiones consistentes en hematoma leve en tuberosidad tibial izquierda, equimosis palpebral derecha y omalgia derecha que requirieron de una primera aistencia facultativa sin necesidad de tratamiento médico o quirúrgico, tardando en curar 3 días sin que ninguno de ellos fuera de incapacidad total.

Segundo

Dicha sentencia contiene el siguiente fallo:

Que debo condenar y condeno a Gabriel, como autor responsable de una falta del art. 617.1 del C.P., a la pena de multa de 1 mes con una cuota diaria de 2 euros, con responsabilidad personal subsidiaria de 1 día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas.

Gabriel indemnizará a Benedicto en la cantidad de 90 euros.

Que debo absolver y absuelvo a Gabriel, de dos faltas de lesiones aque se le imputaban en estos autos.

Que debo condenar y condeno a Carlos José, como autor responsable de dos faltas del art. 617.1 del C.P., a la pena por cada una de ellas de multa de 1 mes con una...

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