SAP Madrid 12/2007, 1 de Febrero de 2007
Ponente | JOSE LUIS SANCHEZ TRUJILLANO |
ECLI | ES:APM:2007:751 |
Número de Recurso | 328/2006 |
Número de Resolución | 12/2007 |
Fecha de Resolución | 1 de Febrero de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 2ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
SECCIÓN SEGUNDA
ROLLO DE APELACIÓN: 328 /2006
Órgano Procedencia: JDO. INSTRUCCION N. 26 de MADRID
Proc. Origen: JUICIO DE FALTAS nº 302 /2006
SENTENCIA Nº 12/2007
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ILMO. SR. MAGISTRADO:
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JOSE LUIS SANCHEZ TRUJILLANO
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En MADRID, a uno de febrero de dos mil siete.
Vista en grado de apelación por el Ilmo. D. JOSE LUIS SANCHEZ TRUJILLANO Magistrado de esta Audiencia Provincial, Sección Segunda, al que se acordó la formación del rollo número 328 /2006 actuando como Tribunal unipersonal en turno de reparto, conforme a lo dispuesto en el artículo 82.2º, párrafo segundo de la L. O. del P.J., ha visto en esta segunda instancia, la presente apelación contra sentencia dictada por el JDO. INSTRUCCION N. 26 de MADRID en el JUICIO DE FALTAS nº 302 /2006, conforme al procedimiento establecido en el artículo 976 y siguiente a la Ley de Enjuiciamiento Criminal según la nueva redacción dada por la ley 10/92 del 30 de abril. Habiendo sido partes: En concepto de apelante Nuria y en concepto de apelado Daniel.
Habiéndose procedido a la incoación de Juicio de Faltas, por OTRAS FALTAS, por el Ilmo. Magistrado Juez del JDO. INSTRUCCION N. 26 de MADRID se dictó sentencia con fecha 13 de Julio de 2006 estableciendo en el fallo o parte dispositiva el tenor literal siguiente: "FALLO: DEBO ABSOLVER COMO ABSUELVO a Daniel, con declaración de costas de oficio."
Contra dicha sentencia se interpuso recurso de apelación por Nuria y admitido tal recurso en ambos efectos, fueron elevados los autos a esta Audiencia, Recibidos, se formó el Rollo y se siguió este recurso por sus trámites.
No se acepta la relación de hechos probados contenida en la sentencia.
Recurre en apelación Nuria contra la sentencia de fecha 13 de Julio de 2006 dictada por el JDO. INSTRUCCION N. 26 de los de esta Villa de Madrid en la causa registrada en el mismo como JUICIO DE FALTAS nº 302 /2006, que absolvió a Daniel de los hechos que habrían de haber venido a conformar el objeto de la causa.
Considera la recurrente que:
QUEBRANTAMIENTO DE FORMA Y GARANTIAS PROCESALES. Quiero defenderme por supuesto y recurrir a la sentencia.
SEGÚNDA.-
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ERROR EN LA ADMISION DE LAS PRUEBAS. Alego venir tarde al juicio que se celebró el 12 julio 2006 por motivos que me lo impidieron y traigo justificantes.
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INFRACCION DE PRECEPTO CONSTITUCIONAL. Adjunto una copia en cinta de dos testigos oculares - informe médico - y dos justificantes que si vine el día del juicio.
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INFRACCION DE PRECEPTO LEGAL POR APLICACIÓN INDEBIDA DEL ARTICULO. Srs. mi intención es defender la verdad y aclarar esto. Yo estoy un poco enferma llevo de baja 5 meses y esto me supone un esfuerzo venir a los juzgados. Por favor recurran y hagan justicia se lo ruego.
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