SAP La Rioja 200/2007, 25 de Junio de 2007

PonenteALFONSO SANTISTEBAN RUIZ
ECLIES:APLO:2007:395
Número de Recurso467/2006
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución200/2007
Fecha de Resolución25 de Junio de 2007
EmisorAudiencia Provincial - La Rioja, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

LOGROÑO

SENTENCIA: 00200/2007

AUDIENCIA PROVINCIAL DE LA RIOJA

LOGROÑO

Domicilio : VICTOR PRADERA 2

Telf : 941296484/486/489

Fax : 941296488

Modelo : SEN01

N.I.G.: 26089 37 1 2006 0100475

ROLLO : RECURSO DE APELACION (LECN) 0000467 /2006

Juzgado procedencia : JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.1 de CALAHORRA

Procedimiento de origen : JUICIO CAMBIARIO 0000190 /2006

SENTENCIA Nº 200 DE 2007

Ilmos. Sres.

Magistrados:

D. ALFONSO SANTISTEBAN RUIZ

Dª Mª CARMEN ARAUJO GARCÍA

D. LUIS MIGUEL RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ

En la ciudad de Logroño a veinticinco de junio de dos mil siete

VISTO en grado de apelación ante esta Audiencia Provincial, integrada por los Sres. Magistrados indicados al margen, los Autos de JUICIO CAMBIARIO 190 /2006, procedentes del JDO.1ª INST. E INSTRUCCION N. 1 de CALAHORRA, a los que ha correspondido el Rollo 467 /2006, en los que aparece como parte apelante e impugnada la entidad mercantil VALCHICA, SOCIEDAD COOPERATIVA representada por el procurador D. JOSÉ TOLEDO SOBRÓN, y asistido por el Letrado D. JOSÉ ANTONIO LECIÑENA, y como apelado e impugnante la entidad mercantil COMPRACHAMP, S.A.T., 5970, representada por la procuradora Dª CRISTINA VALDEMOROS DÍAZ DE TUDANCA, siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. ALFONSO SANTISTEBAN RUIZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que, con fecha 17 de julio de 2006, se dictó sentencia en primera instancia en cuyo fallo se recogía: "Que estimando la demanda de juicio cambiario formulada por la representación procesal de VALCHICA SOCIEDAD COOPERATIVA contra COMPRACHAMP SAT 5970, y estimando en parte la demanda de oposición formulada por COMPRACHAMP SAT 5970, contra VALCHICA SOCIEDAD COOPERATIVA, debo condenar y condeno a COMPRACHAMP SAT 5970, a abonar a VALCHICA SOCIEDAD COOPERATIVA la suma de 12.301,80 euros en concepto de principal, más 4.055 euros en concepto de intereses, costas y gastos.

Cada parte abonará las costas causadas a su instancia en el presente procedimiento y las comunes por mitad".

Posteriormente, se dictó nuevo auto en 31 de julio de 2006, en la parte dispositiva se exponía: "Se acuerda aclarar la sentencia nº 128/06, en los siguientes términos: El último párrafo del fundamento de derecho tercero tendrá la siguiente redacción: "Además Comprachamp SAT habrá de abonar la cifra de 4055 euros en concepto de intereses y gastos, sin perjuicio de la ulterior liquidación.

El último inciso del primer párrafo del fallo quedará redactado como sigue: "mas 4055 euros en concepto de intereses y gastos", manteniéndose el resto de la sentencia en todos sus términos".

SEGUNDO

Notificada la anterior sentencia a las partes, por la representación de ambas, se presentaron escritos solicitando se tuviesen por preparados en tiempo y forma las apelaciones, que fueron admitidas, con traslado por 20 días a las partes recurrentes para que interpusiesen ante el Juzgado los recursos de apelación. Interpuestos éstos, se dio traslado a las demás partes para que en 10 días presentasen escrito de oposición al recurso o, en su caso, de impugnación de la resolución apelada, en lo que le resultase desfavorable.

TERCERO

Seguido el recurso por todos sus trámites, se señaló para la celebración de la votación y fallo el día 14 de junio de 2007.

CUARTO

En la tramitación del presente rollo se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Por el Juez de instancia se dictó auto en 17 de julio de 2006, en cuya parte dispositiva se disponía: "Que estimando la demanda de juicio cambiario formulada por la representación procesal de VALCHICA SOCIEDAD COOPERATIVA contra COMPRACHAMP SAT 5970, y estimando en parte la demanda de oposición formulada por COMPRACHAMP SAT 5970, contra VALCHICA SOCIEDAD COOPERATIVA, debo condenar y condeno a COMPRACHAMP SAT 5970, a abonar a VALCHICA SOCIEDAD COOPERATIVA la suma de 12.301,80 euros en concepto de principal, más 4.055 euros en concepto de intereses, costas y gastos.

Cada parte abonará las costas causadas a su instancia en el presente procedimiento y las comunes por mitad".

Posteriormente, se dictó nuevo auto en 31 de julio de 2006, en cuya parte dispositiva se exponía: "Se acuerda aclarar la sentencia nº 128/06, en los siguientes términos: El último párrafo del fundamento de derecho tercero tendrá la siguiente redacción: "Además Comprachamp SAT habrá de abonar la cifra de 4055 euros en concepto de intereses y gastos, sin perjuicio de la ulterior liquidación.

El último inciso del primer párrafo del fallo quedará redactado como sigue: "mas 4055 euros en concepto de intereses y gastos", manteniéndose el resto de la sentencia en todos sus términos".

Por la procuradora doña Carmen Miranda, en representación de la Sociedad Cooperativa VALCHICA, se ha interpuesto recurso de apelación contra esta resolución, en relación con la no concesión del 10%, del importe no cubierto por el cheque, al darse infracción de los artículos 108 y 149 de la Ley Cambiaria y del Cheque, así como del artículo 217 LEC, y en relación también con la no imposición de costas causadas en primera instancia a la parte demandada.

Por lo que respecta al imposición del interés del 10%, respecto de la cantidad por importe no cubierto por el cheque, debe indicarse que estimado íntegramente el importe del cheque en cuantía de 12.301,80 € en concepto de principal, según se resuelve en la sentencia de instancia, sin embargo en la misma no se aplica el interés del 10%, a aplicar al principal, por cuanto que la falta de pago del cheque en la fecha de su vencimiento fue por la causa que consta en el mismo, folios 8 y 9, por orden del librador, sin que se haya acreditado en autos que lo fue por...

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