SAP Valencia 57/2007, 27 de Febrero de 2007

PonentePURIFICACION MARTORELL ZULUETA
ECLIES:APV:2007:1599
Número de Recurso36/2007/
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución57/2007
Fecha de Resolución27 de Febrero de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Valencia, Sección 9ª

RS

SENTENCIA NÚM.: 57/07

Ilustrísimos Sres.:

MAGISTRADOS

Dª ROSA MARIA ANDRES CUENCA

D. GONZALO CARUANA FONT DE MORA

Dª PURIFICACION MARTORELL ZULUETA

En Valencia a veintisiete de febrero de dos mil siete.

Vistos por la Sección Novena de la Ilma. Audiencia Provincial de Valencia, siendo Ponente, la Ilma. Sra. Magistrado Ponente DOÑA PURIFICACION MARTORELL ZULUETA el presente rollo de apelación número 000036/2007, dimanante de los autos de Procedimiento cambiario - 000571/2005, promovidos ante el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO 4 DE VALENCIA, entre partes, de una, como apelante a Jon, representado por el Procurador de los Tribunales EVA BADIAS BASTIDA, y de otra, como apelados a SUPER COIN SL, representado por el Procurador de los Tribunales MARIA ESTHER BONET PEIRO, sobre RECLAMACION DE CANTIDAD, en virtud del recurso de apelación interpuesto por Jon.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La Sentencia apelada pronunciada por el Ilmo. Sr. Magistrado de Primera Instancia de JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO 4 DE VALENCIA en fecha 11/10/06, contiene el siguiente FALLO: "Que desestimando íntegramente la demanda de oposición al juicio cambiario formulada por la Procuradora de los Tribunales Dª Eva Badias Bastida, en nombre y representación de D. Jon contra la entidad SUPER COIN S.L., debo de absolver y absuelvo a este de la demanda interpuesta, con condena a la actora al pago de las costas procesales causadas.".

Asimismo, con fecha 31/10/06 fue dictado auto de aclaración de la mencionada sentencia, cuya PARTE DISPOSITIVA es del tenor literal siguiente: "Se completa el fallo de la sentencia dictada en los presentes autos con fecha de 11 octubre de 2006 en los términos siguientes: "Se acuerda despachar ejecución por las sumas reclamadas hasta el efectivo pago al acreedor"..

SEGUNDO

Que contra la misma se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por Jon, dándose el trámite previsto en la Ley y remitiéndose los autos a esta Audiencia Provincial, tramitándose la alzada con el resultado que consta en las actuaciones.

TERCERO

Que se han observado las formalidades y prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Por la representación de DON Jon se formaliza recurso de apelación contra la sentencia del Juzgado Primera Instancia número 4 de los de Valencia de 11 de octubre de dos mil seis por la que se desestima la oposición cambiaria por él formulada contra la demanda instada por SUPER COIN SL al considerar el magistrado "a quo" que no ha sido acreditada en ninguna de la formas admitidas en derecho el motivo de oposición deducido.

Argumenta el recurrente en su escrito de formalización del recurso de apelación - folio 152 y los siguientes de las actuaciones - que ha quedado acreditado que el demandado no pudo disfrutar de la máquina que sirve de base a la emisión de la letra de cambio origen del procedimiento al serle la misma reclamada por su legítimo dueño y anterior arrendatario del local, por lo que, a su juicio concurre la exceptio non adimpleti contractus e interesa la estimación del recurso de apelación, la desestimación de la demanda cambiaria y la imposición de las costas a la adversa con todo lo demás que en derecho...

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