STSJ Castilla y León 1527, 15 de Marzo de 2006

PonenteGABRIEL COULLAUT ARIÑO
ECLIES:TSJCL:2006:1527
Número de Recurso151/2006
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución1527
Fecha de Resolución15 de Marzo de 2006
EmisorSala de lo Social

T.S.J.CASTILLA-LEON SOCIAL VALLADOLID SENTENCIA: 00151/2006 Rec. Núm. 151/06 Ilmos. Sres.

D. Gabriel Coullaut Ariño Presidente D. Manuel Maria Benito Lopez D. Juan José Casas Nombela En Valladolid, a quince de Marzo de dos mil seis.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, sede de Valladolid, compuesta por los Ilmos. Sres. anteriormente citados ha dictado la siguiente SENTENCIA En el Recurso de Suplicación núm.151 de 2006, interpuesto por D. Baltasar contra la sentencia del Juzgado de lo Social nº3 de LEON de fecha 13 de Diciembre de 2.005 (Autos nº673/05) dictada en virtud de demanda promovida por D. Baltasar contra EL INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y LA TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDADA SOCIAL sobre JUBILACIÓN (REV. BASE REGULADORA), ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. D. Gabriel Coullaut Ariño .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 21 de Septiembre de 2.005, se presento en el Juzgado de lo Social nº 3 de LEÓN demanda formulada por D. Baltasar en la que solicitaba se dictase sentencia en los términos que figuran en el Suplico de la misma. Admitida la demanda y celebrado el juicio, se dictó Sentencia en los términos señalados en su parte dispositiva

SEGUNDO

En referida sentencia y como hechos probados constan los siguientes:

  1. - El actor, nacido el 15.4.35, fue declarado afecto de Incapacidad Permanente total para la categoría profesional de Ayudante Minero pro Silicosis de Primer Grado asociada a Cardiopatía el 3.5.71, con efectos económicos del 27.2.71 día siguiente a su cese en el trabajo en la empresa Hulleras del Norte S.A., encuadrada en el Ambito Territorial de la Zona Minera Primera (Asturias). El actor desde el 20.3.70 ostentaba la categoría profesional de Ayudante Minero, siendo esta la fecha de reincorporación a dicha empresa desde el 1.1.56.

    Con anterioridad el actor había trabajado en la misma empresa y zona minera en los periodos siguientes:

    1. de 25.7.1955 al 1.1.1953 Rampero.

    2. de 1.1.1953 al 1...;4.1954 Ayudante de Barrenista. y c) de 1.4 .1954 al 1.1.1956 Barrenísta (Baja voluntaria)

    3. de 210.3.70 al 26.2.71 Ayudante Minero. .

    Además en la misma zona lo había hecho en otras empresas por el periodo y con, las categorías que a continuación se expresan: "Velasco ije,r:rero Hermanos S. L." (Carbonar), paso a ser, al adsorberla "Carbonífera de Pamcea, S.A.", desde el 5 de enero de 1956 al trabajo 1968, en su... centro de trabajo "Desquite", como Barrenista.

  2. - El actor solicito Jubilación en el INSS de León, siéndole concedida por Resolución de 1.2.91 con efectos económicos de 30.11.90, en cuantía del 100% de una base reguladora de 115.668 Euros/mes (6885,18 Euros/mes), calculada en función de las bases normalizadas de un Ayudante Minero de la Zona Minera Segunda (Noroeste) con el consiguiente descuento de cuotas (Folio 65 y 62).

  3. - El 3.5.04 el actor, interesó ante el INSS la revisión de la base regulador, de la pensión, de jubilación solicitando se calculara en función de las bases normalizadas de un barrenista (Folio 63).

  4. - El...

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