Juan Antonio Pavón Pérez y Jordi Ortiz García, coords. La protección civil y la gestión de las emergencias en las entidades locales

AutorJacinto J. Marabel Matos
CargoProfesor de Derecho Administrativo
Páginas929-932
Recensiones bibliográficas 929
Anuario de la Facultad de Derecho. Universidad de Extremadura 38 (2022): 895-972
ISSN: 0213-988XISSN-e: 2695-7728
Juan Antonio PAVÓN PÉREZ y Jordi ORTIZ GARCÍA, coords. La protección
civil y la gestión de las emergencias en las entidades locales. Madrid: El Con-
sultor de los Ayuntamien tos, 2022. 400 pp. ISBN: 978-84-7052-916-0
Sin duda, las entidades locales gozan de un papel muy relevante dentro del
Sistema Nacional de Protección Civil. Desde la entrada en vigor de la Ley
17/2015, de 9 de julio, hemos asistido a una regulación exponencial de la materia
en el ámbito de los recursos que les son propios. En los tres últimos lustros, las
entidades locales han multiplicado órganos y desplegado servicios, fundamen-
talmente en el ámbito de las agrupaciones de voluntarios, al amparo del princi-
pio de subsidiariedad y en coordinación con el resto de Administraciones Públi-
cas, y ello ha dificultado sobremanera la eventual delimitación de competencias
y la resolución de situaciones de emergencia social, en las que se requ ieren res-
puestas unívocas, cohesionadas y eficaces. La monografía coord inada por los
profesores de la Facultad de Derecho de la Universidad de Extremadura Juan
Antonio Pavón Pérez y Jordi Ortiz García, analiza y resuelve estos problemas.
El ordenamiento que rige el subsistema de protección civil y gestión de
emergencias de las entidades locales se sostiene sobre un complejo andamiaje
normativo, que se detalla aquí desde la perspectiva del Derecho Público. Par-
tiendo de lo general a lo particular, el conjunto de autores que interviene en la
obra examinan los fundamentos del Derecho Internacional, la normativa de la
Unión Europea y la doctrina del Tribunal Constitucional que aborda el reparto
de competencias en materia estatal, autonómica y local, consiguiendo, en pala-
bras del catedrático José Eugenio Soriano García, que la prologa en atención a
los veintiún años que estuvo ligado a la Universidad de Extremadura, dar
«buena respuesta a las cuestiones más principales sobre este imponente
asunto».
Un «asunto», el del instituto de la protección o aseguramiento de los riesgos
colectivos, que cumple como todos sabemos con una larga tradición castrense
en nuestro país. En efecto, en sus orígenes militares, el régimen general del
mismo sería articulado bajo el gobierno de un célebre badajocense: el plenipo-
tenciario y controvertido Secretario de Estado Manuel Godoy y Álvarez de Faria.
Precisamente, fue el Príncipe de la Paz quien, en 1796 y una vez firmado el ar-
misticio con el Directorio francés, creó una brigada de artillería volante como
soporte del Real Cuerpo de Guardia de Corps. El artículo XVI del Reglamento
para su Formación, Servicio y Permanente Conservación, aprobado el 20 de fe-
brero de 1797, establecía ya por entones el principio fundamental que sostiene y

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