STSJ Cataluña 9188, 22 de Julio de 2005

PonenteJUAN BERTRAN CASTELLS
ECLIES:TSJCAT:2005:9188
Número de Recurso1664/2000
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución9188
Fecha de Resolución22 de Julio de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN PRIMERA RECURSO ORDINARIO (LEY 1998) 1664/2000 Partes: BROEHL-IMPORT, S.L. C/ T.E.A.R.C. S E N T E N C I A Nº 911/2005 Ilmos. Sres.:

PRESIDENTE Dª ANA Mª APARICIO MATEO MAGISTRADOS D. JUAN BERTRÁN CASTELLS D. DIMITRY T. BERBEROFF AYUDA En la ciudad de Barcelona, a veintidos de julio de dos mil cinco .

VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCIÓN PRIMERA), constituida para la resolución de este recurso, ha pronunciado en el nombre del Rey, la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo nº

1664/2000 , interpuesto por BROEHL-IMPORT, S.L., representado por el Procurador Dª HELENA VILA GONZALEZ, contra T.E.A.R.C., representado por el ABOGADO DEL ESTADO.

Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JUAN BERTRÁN CASTELLS, quien expresa el parecer de la SALA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Procurador Dª HELENA VILA GONZALEZ actuando en nombre y representación de la parte actora, se interpuso recurso contencioso administrativo contra la resolución que se cita en el Fundamento de Derecho Primero.

SEGUNDO

Acordada la incoación de los presentes autos, se les dió el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación, en cuyos escritos respectivos en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.

TERCERO

Continuando el proceso su curso por los trámites que aparecen en autos, se señaló día y hora para la votación y fallo, diligencia que tuvo lugar en la fecha fijada.

CUARTO

En la sustanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Constituye el objeto del presente recurso jurisdiccional, la resolución del TEAR de Catalunya, de fecha 28.06.2000, desestimatoria de la reclamación económico-administrativa nº 2589/99, interpuesta por la recurrente en la presente litis Broehl-Import, s.l., contra acuerdo dictado por la AEAT (Administración de Gracia) por el concepto de apremio derivado de liquidación de IVA, clave de liquidación A0860098530064928, por importe de 3.460.079 pesetas, SEGUNDO: La resolución del TEAR objeto del presente recurso jurisdiccional sostiene la procedencia del procedimiento de apremio que se sigue contra la sociedad aquí recurrente, por cuanto la solicitud de aplazamiento que la misma había formulado le fue denegada, y transcurrió el plazo de ingreso voluntario que le fue concedido tras la notificación de la resolución denegatoria, sin que en dicho plazo se hiciera efectivo el pago en cuestión.

Con todo, debe apuntarse necesariamente que el acuerdo dictado por la AEAT denegatorio de la solicitud de aplazamiento en relación a la liquidación de que se trata -liquidación A0860098530064928 por importe de 3.460.079 pesetas- fue impugnada...

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