Introducción a la ley general tributaria

AutorMaría Luisa Fernández de Soto Blass
Cargo del AutorProfesora de Sistema Fiscal Español Universidad San Pablo-CEU; Doctora en Derecho.
1. - Introducción

La Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria establece los principios y las normas jurídicas generales del sistema tributario español. y es de aplicación a todas las Administraciones tributarias (art. 1 LGT)

Los principales objetivos que pretende conseguir la Ley General Tributaria son: reforzar las garantías de los contribuyentes y la seguridad jurídica, impulsar la unificación de criterios en la actuación administrativa, posibilitar la utilización d helas nuevas tecnologías y modernizar los procedimientos tributarios, establecer mecanismos que refuercen la lucha contra el fraude, el control tributario y el cobro de las deudas tributarias y disminuir los niveles actuales de litigiosidad en materia tributaria. (Exposición de Motivos LGT).

El Título I establece "disposiciones generales del ordenamiento tributario", contiene principios generales y preceptos relativos a las fuentes normativas y a la aplicación e interpretación de las normas tributarias.

El Título II "los tributos" regula disposiciones generales sobre la relación jurídicotributaria y las diferentes obligaciones tributarias, así como las normas relativas a los obligados tributarios, a sus derechos y garantías, y a las obligaciones y deberes de los entes públicos. Se regulan también los elementos de cuantificación de las obligaciones tributarias: el hecho imponible, la base imponible y liquidable, tipo de gravamen, cuota y deuda tributaria deuda tributaria y demás elementos tributarios.

La Ley General Tributaria dedica el Título III a la aplicación de los tributos: principios generales, normas comunes aplicables a las actuaciones y procedimientos tributarios, procedimientos de gestión, inspección, recaudación.

El Título IV regula la potestad sancionadota en materia tributaria de forma separada de la deuda tributaria, tanto los aspectos materiales de tipificación de infracciones y sanciones como los procedimentales.

El Título V relativo a todas las modalidades de revisión de actos en vía administrativa, establece procedimientos especiales de revisión, recurso de alzada y reposición e incorpora las principales normas de las reclamaciones económico-administrativas.

La Ley General Tributaria contiene 16 disposiciones adicionales, cinco transitorias, una derogatoria y 11 finales. Entre ellas, destaca la disposición adicional undécima, que regula las reclamaciones económico-administrativas en materia no tributaria y la disposición adicional decimotercera que regula la participación de las comunidades autónomas en los Tribunales Económico-administrativos. Page 10

NORMATIVA BÁSICA
Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (LGT)
2. - Concepto, fines y clases de tributos
2.1. - Concepto

Los tributos son los ingresos públicos que consisten en prestaciones pecuniarias exigidas por una Administración pública como consecuencia de la realización del supuesto de hecho (hecho imponible) al que la ley vincula el deber de contribuir, con el fin primordial de obtener los ingresos necesarios para el sostenimiento de los gastos públicos (art. 2.1 LGT)..

Son ejemplos de Ingresos Públicos: los tributos, clasificados en Impuestos, Contribuciones Especiales y Tasas, los rendimientos procedentes del Patrimonio de las entidades públicas (entradas a Museos Públicos), los productos de las operaciones de la Deuda Publica (lLtras del Tesoro, Bonos y Obligaciones del Estado), los demás recursos que obtenga la Hacienda Pública.

2.2. - Fines

Los tributos son medios para obtener los recursos necesarios para el sostenimiento de los gastos públicos, instrumentos de política general y atender a la realización de los principios y fines contenidos en la Constitución (art. 2.1 LGT).

Para algún sector de la doctrina otras finalidades de los tributos son la de redistribuir más equitativamente la renta y la riqueza, luchar contra la Inflación y eliminar o reducir las actividades socialmente perturbadoras o perjudiciales.

2.3. - Clases

Los tributos se clasifican en tasas, contribuciones especiales e impuestos. Page 11

CLASES DE TRIBUTOS
1.-TASAS
2.- CONTRIBUCIONES ESPECIALES.
3.- IMPUESTOS
2.3.1. - Las tasas

Las tasas son aquellos tributos cuyo hecho imponible consiste en la utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público, la prestación de servicios o en la realización de actividades en régimen de Derecho público que se refieran, afecten o beneficien de modo particular al obligado tributario, cuando los servicios o actividades no sean de solicitud voluntaria para los obligados tributarios o no se presten o realicen por el sector privado (art. 2.2 a) LGT)

2.3.2. - Las contribuciones especiales

Las contribuciones especiales son aquellos tributos cuyo hecho imponible consiste en la obtención por el obligado tributario de un beneficio o de un aumento de valor de sus bienes, como consecuencia de la realización de obras públicas o del establecimiento o ampliación de servicios públicos (art. 2.2 b) LGT).

2.3. 3- Los impuestos

Los impuestos son los tributos exigidos sin contraprestación cuyo hecho imponible está constituido por negocios, actos o hechos que ponen de manifiesto la capacidad económica del contribuyente (art. 2.2 c) LGT).

3. - Potestad tributaria

La potestad originaria para establecer tributos corresponde exclusivamente al Estado, mediante ley (art. 2 LGT).

Las Comunidades Autónomas y las entidades locales podrán establecer y exigir tributos, de acuerdo con la Constitución y las leyes.

Las demás entidades de derecho público podrán exigir tributos cuando una ley así lo determine. Page 12

POTESTAD TRIBUTARIA
1.-Estado.
2.- Comunidades Autónomas.
3.- Entidades Locales
4. - Principios de la ordenación y aplicación del sistema tributario

La ordenación del sistema tributario se basa en la capacidad económica de las personas obligadas a satisfacer los tributos y en los principios de justicia, generalidad, igualdad, progresividad, equitativa distribución de la carga tributaria y no confiscatoriedad (art. 3 LGT).

PRINCIPIOS DE LA ORDENACIÓN Y APLICACIÓN DEL
SISTEMA TRIBUTARIO.

1.-Capacidad económica.
2.- Justicia.
3.- Generalidad.
4.- Igualdad.
5.- Progresividad.
6.- Equitativa distribución de la carga tributaria.
7.- No confiscatoriedad..
5. - Fuentes del ordenamiento tributario

Los tributos se regirán (art. 7 LGT):

1) Por la Constitución (CE).

2) Por los Tratados o convenios internacionales que contengan cláusulas tributarias, y en particular, por los convenios para evitar la doble imposición según art. 96 CE

3) Por las normas que dicte la Unión Europea y otros organismos internacionales o supranacionales a los que se atribuya el ejercicio de competencias tributarias según art. 93 CE. Page 13

4) Por la presente Ley General Tributaria, por las leyes reguladoras de cada tributo (LIRPF, LIS, LIVA) y por las demás leyes que contengan disposiciones en materia tributaria.

5) Por las disposiciones reglamentarias (RIRPF, RIS, RIVA) dictadas en desarrollo de las normas anteriores y, específicamente en el ámbito tributario local, por las correspondientes ordenanzas fiscales (Decretos, Ordenes acordadas por las Comisiones del Gobierno y Ordenes Ministeriales).

En el ámbito de competencias del Estado, corresponde al Ministro de Hacienda dictar disposiciones de desarrollo en materia tributaria, que revestirán la forma de orden ministerial, cuando así lo disponga expresamente la ley o reglamento objeto de desarrollo.

Tendrán carácter supletorio las disposiciones generales del Derecho Administrativo y los preceptos del Derecho Común.

6. - Obligados tributarios

Son obligados tributarios las personas físicas (personas individuales como en el...

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