CIRCULAR nº 5, de 5 de octubre de 1994, de la Intervención General, acerca de la fiscalización de los efectivos reales de personal al servicio de la Administración, Organismos Autónomos y Entes Públicos sometidos al régimen presupuestario de la Comunidad Autónoma de Canarias.

SecciónIII. OTRAS RESOLUCIONES
EmisorConsejería de Presidencia
Rango de LeyCircular

El control del gasto que devengan los efectivos reales de personal al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma, Organismos Autónomos de carácter administrativo y Entes Públicos sometidos al régimen presupuestario ha ido perfeccionándose, con las Circulares nº 4, de 7 de octubre de 1992 y nº 5, de 5 de octubre de 1993, de este Centro Fiscal, no sólo con la intención de garantizar que las obligaciones económicas que se reflejen en las nóminas estén legalmente justificadas, sino también con la de posibilitar la cuantificación anticipada del gasto que conlleva el personal y su seguimiento presupuestario. En los dos últimos años se viene desarrollando en este Centro Fiscal una aplicación informática que no sólo permita a las Intervenciones Delegadas efectuar el control de los efectivos reales con la profundidad e inmediatez deseada, sino que también posibilite, si el Gobierno lo estima oportuno, el establecimiento de una nueva modalidad en el ejercicio de la función interventora sobre los gastos de personal, en la que se combinen técnicas de control previo con la realización de un control financiero posterior, y se sustituya, en la medida de lo posible, el intercambio periódico de una gran cantidad de documentación impresa sobre el papel por sólo unos pocos documentos grabados sobre soportes informáticos, entre las unidades gestoras y las fiscalizadoras. El cumplimiento de las anteriores Circulares de este Centro Directivo sobre el control de los efectivos reales ha permitido configurar las bases de datos relativas a los aspectos retributivos; interesa, por tanto, profundizar, durante el ejercicio de 1995, en el control del coste patronal de la Seguridad Social que se soporta por los trabajadores incluidos en el Régimen General de la Seguridad Social, siendo precisa la captura de aquellos datos que posibiliten su cálculo. Para ello, esta Intervención General estima oportuno dictar las siguientes INSTRUCCIONES Primera.- Los documentos contables ¿AD-420¿ que reflejen el compromiso de gasto necesario para hacer frente, durante el ejercicio 1995, a las retribuciones y seguridad social de los efectivos reales de personal que a 1 de enero de 1995, se encuentren al servicio de los Departamentos del Gobierno de Canarias, Organismos Autónomos Administrativos y Entes Públicos sometidos al régimen presupuestario tendrán como fecha límite de entrada en las respectivas Intervenciones Delegadas el 15 de enero de 1995. A estos efectos se...

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