Intereses sociales protegidos a través del bien jurídico-penal del delito de publicidad engañosa

AutorSamuel Rodríguez Ferrández
CargoUniversidad de Murcia
Volumen 26, Diciembre de 2021
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Universidad de Murcia
E-mail: samuel.rodriguez@um.es
 Este artículo pretende describir los contenidos de los diferentes
intereses sociales implicados en la persecución penal de la publicidad
engañosa, que no son otros que el mercado, la libre y leal competencia
dentro del mismo y, por último, los derechos de los consumidores y usuarios.
Tal tarea se acomete con la ayuda del examen de las normas nacionales e
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jurídica de tales intereses. Tras ello, se esboza cuáles son los diferentes
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concluye argumentadamente acerca de la legitimidad material de la decisión
adoptada en su día por el legislador en orden a la persecución penal de
comportamientos mendaces en la publicidad de productos ofertados en el
mercado a los consumidores.
  publicidad engañosa, bien jurídico, libre competencia,
derechos de los consumidores.
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interests involved in the criminal prosecution of deceptive advertising, which
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consumers and users. This task is undertaken with the help of the examination
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argued to conclude on the material legitimacy of the decision adopted years
ago by the legislator in order to criminally prosecute mendacious behaviours
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 deceptive advertising, legal asset, free competition, consumers
rights.
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SUMARIO: I. Breve introducción a la progresiva importancia de la actividad publicitaria. II. Los
intereses sociales implicados en la persecución penal de la publicidad engañosa: mercado, competencia
y consumidores. 2.1. Introducción: la adopción de la decisión legislativa para criminalizar la publicidad engañosa.
2.2. Referente normativo: la Constitución Económica o el “Derecho Económico Constitucional”. 2.3. La libertad
de empresa y la libre (y leal) competencia. 2.4. La libertad de empresa y la protección del consumidor. 2.5. Libre
(y leal) competencia, protección del consumidor y actividad publicitaria. 2.6. Conclusión: el delito de publicidad
engañosa como delito económico relativo al mercado y a los consumidores. III. Contenido del bien jurídico-penal
protegido en el artículo 282 CP 1995. IV. Consideraciones finales. V. Bibliografía.
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Hay quien analiza la historia de la publicidad dividiéndola en tres grandes períodos: 1.-
La era de la premercadotecnia, 2.- la era de la comunicación masiva y 3.- la era de la
investigación1. Dejando de lado el primero de ellos, nos centraremos en el análisis del
segundo. El evento que condiciona este escalón en la evolución de la actividad publicita-
ria es la Revolución Industrial2, que supuso la introducción de una serie de innovaciones
tecnológicas que proporcionaron un vertiginoso aumento de la producción industrial. Así,
la publicidad nacerá, tal y como es hoy concebida, “promovida por la necesidad de dar
salida a los productos elaborados en la fábrica, y se desarrollará gracias a las innovaciones
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procedimientos de información comercial (el pregón y el charlatán, sobre todo)”3. Tam-
bién es conveniente apuntar que las nuevas doctrinas económicas4 ofrecieron el substrato
ideológico al desarrollo de este proceso histórico. Y es que, en lo que atañe a la actividad
publicitaria, se dice que la doctrina del librecambio y la idea de la competencia como ele-
1 El primero de los períodos abarcaría desde el inicio de los intercambios en tiempos prehistóricos, hasta mediados
del siglo XVIII (cuando aparecieron los primeros anuncios impresos). En él, los medios publicitarios fundamentales
eran las tablas de barro, los pregoneros de los pueblos y los letreros de las tabernas. El segundo es situado
cronológicamente a partir del siglo XVIII hasta principios del siglo XX. Por último, en el tercero, que vendría a
comprender los últimos cincuenta años, los publicistas han centrado su actividad en la búsqueda de la “campaña
publicitaria perfecta” (que vendría a ser aquella que logre incidir de forma casi automática en el comportamiento
de los individuos, lindando materialmente con los postulados de la Ciencia Conductista), ayudados de los avances
de la tecnología moderna. Es en esta época en la que la publicidad se consolida como una fuerza económica y
social importante (Kleppner, O.: Publicidad (traducido por Georgina Greenham del Castillo), Prentice Hall, 1994
(12ª edición), pág. 4).
2 Cuando hablamos de “Revolución Industrial” nos referimos a la acontecida en Inglaterra, “La Primera Revolución
Industrial”, cuyo inicio sitúan la mayoría de los historiadores en torno al año 1750, si bien se suele acotar de un
modo más preciso su cronología entre los años 1785 y 1820-25 por autores como Arnold J. Toynbee (Lectures on the
Industrial Revolution in England, Kessinger, 2010). Podemos recomendar para el estudio de este acontecimiento
histórico la lectura de dos trabajos: el primero, que se constituye en obra de referencia sobre el tema, realizado
por el “historiador social” Hobsbawm, E.J., bajo el título Industria e Imperio. Una historia económica de Gran
Bretaña desde 1750 (traducido por Gonzalo Pontón, Ariel Historia, 1982 (2ª edición)) y, el segundo, siguiendo un
criterio más “compendiador”, realizado por la profesora Deane, P., bajo el título La Primera Revolución Industrial
(traducido por Jordi Solé-Tura, Península, 1998 (9ª edición)).
3 Sánchez Guzmán, J.R.: Breve historia de la publicidad, Pirámide, 1973, pág. 34.
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del Absolutismo fueron sustituidas por las del Liberalismo, en el ámbito económico, el Mercantilismo se vio
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económico, “laissez faire, laissez passer, le monde va de lúi même” (“dejad hacer, dejad pasar, el mundo marcha
por sí solo”).

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