SAP Madrid 234/2008, 9 de Mayo de 2008
Ponente | JOSE MARIA GUGLIERI VAZQUEZ |
ECLI | ES:APM:2008:5983 |
Número de Recurso | 645/2007 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 234/2008 |
Fecha de Resolución | 9 de Mayo de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 25ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 25
MADRID
SENTENCIA: 00234/2008
Fecha:9 DE MAYO DE 2008
Rollo: RECURSO DE APELACION 645 /2007
Ponente: ILMO. SR. D.JOSE Mª GUGLIERI VAZQUEZ
Apelante y demandada:TROME S.A.
PROCURADOR:DªMª TERESA ARANDA VIDES
Apelado y demandante:COMUNIDAD DE PROPIETARIOS C/ DIRECCION000 Nº NUM000 DE MADRID
PROCURADOR:D.FRANCISCO JAVIER CALVO RUIZ
Autos:JUICIO VERBAL Nº 1477/2006
Procedencia: JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N. 10 DE MADRID
Ilmos. Sres. Magistrados:
D.JOSE Mª GUGLIERI VAZQUEZ
D.ÁNGEL LUIS SOBRINO BLANCO
D. CARLOS LÓPEZ MUÑIZ CRIADO
En MADRID, a nueve de mayo de dos mil ocho.
VISTO en grado de apelación ante esta Sección 25 de la Audiencia Provincial de MADRID, los Autos de JUICIO VERBAL 1477/2006, procedentes del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N. 10 de MADRID, a los que ha correspondido el Rollo 645/2007, en los que aparece como parte apelante TROME S.A. representado por la procuradora Dª. MARIA TERESA ARANDA VIDES, y como apelado D. C.P. DIRECCION000 NUM000 representado por el procurador D. FRANCISCO CALVO RUIZ, y siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr.. D. JOSE Mª GUGLIERI VAZQUEZ.
Que los autos originales núm. 1477/2006, procedentes del Juzgado de Primera Instancia Núm. 10 de los de Madrid, fueron remitidos a esta Sección Vigesimoquinta de la Audiencia Provincial de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en las Normas de Reparto aprobadas por la Sala de Gobierno del Excmo. Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
Que por el Ilmo. Sr. D. Félix Juan Salgado Suárez Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. 10 de Madrid se dictó sentencia con fecha 13 de Marzo de 2007, cuyo FALLO es del tenor literal siguiente:"Que estimando la demanda interpuesta por el Procurador de los Tribunales D.Francisco Javier Calvo Ruiz, en nombre y representación de la Comunidad de Propietarios del número NUM000 de la calle DIRECCION000 de Madrid, contra la entidad de la obra, acordada en Auto de fecha 24 de noviembre de 2006, mantenida por Auto de fecha 27 de diciembre de 2006, consitituyéndose en la indicada obra la Comisión Judicial, a fin de extender diligencia del estado de la misma, con expresa condena a la mercantil demandada."
Que contra dicha Sentencia se preparó e interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por la representación de la parte demandada, la Procuradora Sra. Dª. Mª Teresa Aranda Vides, dándole traslado del mismo a la parte demandante quien presentó en tiempo y forma escrito de oposición al recurso entablado; remitiéndose los autos a esta Sección Vigesimoquinta, se señaló para deliberación, votación y fallo del presente recurso el día 7 de Mayo del año en curso.
Que en la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.
TROME, S.A. articula su recurso de apelación en tres alegaciones principales si bien el eje cardinal de la primera y segunda representa la cuestión fundamental de la tesis de la apelante: que las obras no afectan a elementos comunes, no existen riesgos y se encuentran finalizadas. A este respecto conviene precisar el ámbito de la acción ejercitada y que tiene su precedente inmediato en el interdicto de obra nueva. Aplicando su naturaleza y finalidad al actual procedimiento que establece el art. 250.1.5 de la LEC vigente, se trata de un sistema procedimental de protección de la posesión lesionada. Hay, pues, que centrar el tema de debate en un ámbito...
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ATS, 2 de Marzo de 2010
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