Sobre los Acuerdos de Intercambio de Información suscritos por España y determinados paraísos fiscales

AutorAna Jiménez Requena
CargoCMS Albiñana & Suárez de Lezo

El pasado 30 de junio se publicaron en el BOE los instrumentos de Aplicación Provisional de Canje de Notas correspondientes a una serie de Acuerdos de Intercambio de Información sobre rendimientos de ahorro en forma de pago de intereses, suscritos por España y el Reino Unido (en nombre de Islas Caimán, Islas Vírgenes Británicas, Islas Turcas y Caicos, y Montserrat), Países Bajos (en nombre de Antillas Holandesas y Aruba), las Islas del Canal (Guernesey y Jersey) y la Isla de Man.

Estos Acuerdos suponen la aplicación en dichos territorios, hasta ahora calificados como paraísos fiscales, de los mecanismos de intercambio de información entre Autoridades Fiscales previstos en la comúnmente denominada Directiva del Ahorro (Directiva 2003/48/CE de 3 de junio de 2003). Así, en aquellos casos en los que un sujeto con residencia española sea beneficiario efectivo de un pago de intereses, efectuado por un Agente Pagador en una de estas jurisdicciones, o bien tal pago de intereses estará sometido a retención, o bien el Agente Pagador deberá informar a su Autoridad Fiscal (identidad del beneficiario y cuantía de pago, país de residencia del beneficiario, etc.) para que ésta informe a la Autoridad Fiscal española. De este modo, en algunos territorios (Islas del Canal, Isla de Man, Islas Vírgenes Británicas, Islas Turcas y Caicos) se prevé que durante un período transitorio se practicará una retención en la fuente sobre el importe de los intereses que se abonen a los residentes españoles, por importe del 15% durante un período de 3 años, 20% en los siguientes 3 años y 35% en los siguientes 3 años. Dicha retención no se practica cuando el beneficiario efectivo de los intereses en cuestión autorice expresamente a su Agente Pagador para que siga el procedimiento de intercambio de información. Por el contrario, en Islas Caimán, Aruba y Montserrat no se plantea esta doble opción sino que el mecanismo de intercambio de...

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