RESOLUCIÓN DE 7 JULIO 1997, de la Subsecretaria, por la que se aprueban las Instrucciones de Adaptacion del Plan de Austeridad de Gastos corrientes al ministerio de Justicia.

MarginalBOE-A-1997-16370
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Justicia
Rango de LeyResolución

Por Acuerdo del Consejo de Ministros de fecha 6, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 149, de 23 de junio de 1997, previo informe de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, se ha aprobado el Plan de Austeridad de Gastos Corrientes de la Administración General del Estado, cuyo antecedente inmediato reside en los criterios de austeridad, ahorro, rigor y control del gasto con que han sido elaborados los Presupuestos Generales del Estado para 1997.

El recorte ha afectado a todos los capítulos del Presupuesto y con mayor significación a las partidas que comportan los gastos generales del Ministerio correspondientes al funcionamiento operativo de los servicios, y más concretamente a los previstos en el capítulo II sobre bienes corrientes y servicios del Presupuesto.

La necesaria adecuación de los gastos a las disponibilidades presupuestarias obliga a una gestión equilibrada de los recursos en el ámbito del Ministerio, por lo que es preciso racionalizar la utilización de los mismos para obtener mejores resultados.

Por otra parte, y dentro del proceso de modernización de la Administración Pública, es necesario concienciar a todo el personal a su servicio de la importancia de realizar un uso racional de los recursos públicos, cada vez más limitados, lo que redundará también como es lógico en una importante mejora de la imagen institucional que de la Administración del Estado tienen los ciudadanos.

En ejecución del Acuerdo del Consejo de Ministros sobre el Plan de Austeridad, se aprueba la presente Instrucción, que es aplicable a todos los órganos administrativos que integran el Ministerio de Justicia, incluidos los organismos autónomos, Mutualidad General Judicial (MUGEJU) y Centro de Estudios Jurídicos de la Administración de Justicia, por lo que esta Subsecretaría ha resuelto la adopción de las medidas siguientes:

  1. Comunicaciones

    1. Teléfonos y telefax:

      1. Se reducirán las categorías de tráfico, de modo que se adapten a las características del puesto de trabajo al que se asigna cada extensión. Como regla general se dotará de salida interprovincial a los niveles 29 y 30 y, dentro de ellos, la internacional a aquéllos cuya naturaleza del puesto de trabajo lo haga necesario. Se potenciará, -adoptando en todo caso las medidas necesarias-, la salida dentro de la respectiva Comunidad a través de centralita, como medida disuasoria que discrimine aquellas llamadas oficiales de las que no lo son.

      2. Se controlarán, mediante el programa específico, las llamadas directas a través de tarificadores, con envío de escritos a aquellos usuarios que superen, tanto en tiempo como en importe, los límites de lo que se considere preciso para una llamada oficial. En caso de tratarse de llamadas particulares, se puede reclamar el consumo de las mismas a partir de los límites que se establezcan.

      3. Todos los usuarios deberán mentalizarse sobre la importancia de conectar el bloqueo electrónico a fin de evitar consumos por personas ajenas que pudieran atribuirse a los titulares de las extensiones, así como limitadores manuales en las líneas directas, en su caso.

      4. Se ejercerá un control especial sobre la adquisición y alquiler de teléfonos móviles para altos cargos. Las terminales GSM dispondrán de dos tarjetas, una oficial y otra personal, al objeto de que las llamadas que se realicen con la segunda sean facturadas directamente al interesado.

      5. Todos los recibos de Telefónica, de acuerdo con el detalle que en los mismos figure, se canalizarán a través de la Subdirección General de Informática u órgano encargado en el caso de organismos autónomos y Gerencias Territoriales, a fin de que puedan ser debidamente controlados y certificados por los técnicos responsables antes de proceder a su pago, y muy especialmente los recibos de los teléfonos móviles.

      6. Se colocarán teléfonos públicos en los centros que carezcan de ellos preferentemente del sistema de tarjeta, de modo que puedan ser utilizados libremente por el personal para sus llamadas particulares.

      7. En las líneas de telefax se efectuarán los mismos controles que con las telefónicas, instalando los fax en extensiones no exclusivas para ellos, toda vez que los aparatos actuales discriminan las llamadas, tratando, en consecuencia, de reducir el número de extensiones en las centralitas.

      8. Se estudiará la posibilidad y el coste para el establecimiento de una red interna entre los distintos edificios del Departamento, al objeto de que todas las llamadas entre organismos del Ministerio se realicen a través de la línea interna, que no tiene coste alguno y no por las líneas exteriores.

      9. En comunicaciones internas el envío de documentos a través del fax tiene validez a todos los efectos, de modo que debe evitarse la duplicidad de la remisión del documento a través del fax y por correo ordinario, salvo aquellos documentos cuyos originales deban constar en los expedientes administrativos.

      10. Se potenciarán al máximo las comunicaciones por correo electrónico que resulta más económico que las comunicaciones telefónicas y postales.

      11. Por la Subdirección General de Informática se estudiará la posibilidad de conectar los equipos con la RED RICO, procediéndose, en su caso, a dar de baja las líneas que resulten innecesarias.

    2. Servicios postales:

      En lo relativo al envío de correspondencia, paquetería y transportes, se aplicarán las siguientes medidas:

      1. Con carácter general se utilizarán los servicios públicos de Correos, Postal Exprés, etc., para el envío de correspondencia y paquetería fuera del término municipal, evitando la contratación de servicios externos de mensajería.

      2. Se...

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