RESOLUCIÓN DE 24 DE MARZO DE 1997, de la subsecretaria, para racionalizar y Disminuir los Gastos de Funcionamiento del Ministerio.

MarginalBOE-A-1997-6429
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Economia y Hacienda
Rango de LeyResolución

Los Presupuestos Generales del Estado para 1997 han sido elaborados con criterios de austeridad, ahorro, rigor y control del gasto público. El recorte ha afectado a todos los capítulos del Presupuesto y muy significativamente a las partidas correspondientes al funcionamiento operativo de los Servicios.

En concreto, los gastos previstos en el capítulo II «Gastos corrientes en bienes y servicios», para el Ministerio de Economía y Hacienda ascienden a 13.679.000.000 de pesetas, lo que supone una reducción de un 20 por 100 en relación con la cantidad presupuestada para el ejercicio anterior.

La necesaria adecuación de los gastos a las disponibilidades presupuestarias obliga a una gestión equilibrada de los recursos en el ámbito del Ministerio. Es preciso, por tanto, racionalizar la utilización de los mismos para obtener mejores resultados.

Por otro lado, y dentro del proceso de modernización de la Administración Pública, es necesario concienciar a todo el personal a su servicio de la necesidad de realizar un uso racional de los recursos públicos, que cada vez son más escasos, lo que lógicamente también redundará en una importante mejora de la imagen institucional que del Ministerio de Economía y Hacienda tiene los ciudadanos.

Por ello, el Ministerio de Economía y Hacienda, a propuesta de la Subsecretaría, ha aprobado el denominado «Plan de Austeridad», que contiene un conjunto de medidas propuestas y recomendaciones tendentes a racionalizar y a reducir los gastos del Ministerio.

En ejecución de dicho plan, se dicta la presente Instrucción, que es aplicable a todos los órganos administrativos que integran el Ministerio de Economía y Hacienda, incluidos los organismos autónomos.

Por lo expuesto, esta Subsecretaría ha resuelto que se adopten las siguientes medidas:

Uno. Comunicaciones.

Teléfonos y telefax:

  1. Se reducirán las categorías de tráfico, de modo que se adapten a las características del puesto de trabajo al que se asigna cada extensión. En principio, solamente se dotará de salida interprovincial a los niveles 29 y 30 y dentro de ellos la internacional a aquellos cuya naturaleza del puesto de trabajo lo haga necesario. Se potenciará la salida dentro de la provincia a través de centralita, como medida disuasoria que discrimine aquellas llamadas oficiales de las que no lo son.

  2. Se controlarán las llamadas directas a través de tarificadores, con envío de escritos a aquellos usuarios que superen, tanto en tiempo como por importe, los límites de lo que se considere preciso para una llamada oficial. En caso de tratarse de llamadas particulares, se reclamará el importe de la misma a partir de los límites que se establezcan.

  3. Todos los usuarios deberán conectar el candado electrónico, a fin de evitar consumos por personas ajenas que puedan ser atribuidos a los titulares de las extensiones, así como limitadores manuales en las líneas directas, utilizando, en este caso, una llave.

  4. Se ejercerá un control especial sobre la adquisición y alquiler de teléfonos móviles para altos cargos. Los terminales GSM dispondrán de una tarjeta DUAL con dos líneas totalmente independientes, una oficial y otra persona, al objeto de que las llamadas que se realicen por la segunda sean facturadas directamente al interesado.

  5. Todos los recibos de Telefónica se canalizarán a través de la Oficialía Mayor u órganos similares en el caso de los organismos autónomos, para que puedan ser debidamente controlados por los técnicos responsables, y muy especialmente los recibos de los teléfonos móviles.

  6. Se colocarán teléfonos públicos en aquellos centros que carezcan de ellos, preferentemente del sistema de tarjeta, de modo que por el personal puedan ser utilizados libremente para sus llamadas particulares...

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