La institución jurídica como elemento central del razonamiento jurídico-práctico

AutorÓscar Buenaga Ceballos
Páginas157-160

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Consecuentemente con lo expuesto hasta ahora, el razonamiento jurídico-práctico es por ello un razonamiento dogmático y, esencialmente, podría decirse que es un pensamiento institucional, por cuanto la institución jurídica es la categoría central en torno a la cual giran y se coordinan sistemáticamente un grupo de normas jurídicas que son soluciones a problemas sociales concretos, aglutinadas por una serie de conceptos jurídicos y presididas por uno o varios principios jurídicos informadores que justifican la pervivencia social y jurídica de dicha institución. Las instituciones jurídicas vertebran el uso del razonamiento jurídico-práctico, proporcionando a éste un conjunto de argumentos jurídicos coherentes para la solución del problema.

La institución es una categoría que se usa asiduamente en el ámbito sociológico, y su configuración es plenamente aplicable al ámbito jurídico. Tierno Galván la ha conceptuado como la "regulación de un confiicto por un sistema de respuestas seguro y reiterable", indicando que "la norma es una respuesta que regula o tiende a regular las homeostasis de un confiicto. Si esa regulación es sistemática, segura y reiterable, disponemos de una institución"154. La institución constituye, así, el modo más regular y más general de superar el confiicto, de tal modo que "si no hay confiictos no hay instituciones", indicando el autor citado que "una institución que no regulase una u otra clase de confiicto sería una suma de actos gratuitos"155.

Tierno Galván señala también que "sobre el concepto de institución han gravitado modernamente dos tendencias dispares. Una, de carácter jurídico, según la cual institución es

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un conjunto de normas que regulan un conjunto de hechos definidos por las propias normas como jurídicos. Así, la compraventa es una institución. La otra tendencia ha tenido un carácter preferentemente antropológico, y desde este punto de vista se ha entendido por institución el conjunto coherente de usos, costumbres o prácticas que definen el comportamiento de un grupo. En este sentido, la guerra es una institución"156.

Precisamente, utilizando estas categorías sociológicas, las instituciones jurídicas no son otra cosa que modelos estandarizados de confiictos jurídicos, y esa ha sido la consideración básica tomada en cuenta por la dogmática jurídica para la construcción de dicho concepto jurídico, que ha contribuido, en mi opinión, más que ninguna otra a perfeccionar el Ordenamiento jurídico, hasta el punto de que el funcionamiento elemental del razonamiento jurídico-práctico parte de ser un pensamiento institucional, como hemos señalado.

Las instituciones jurídicas se erigen así en categoría fundamental del razonamiento jurídico-práctico, y ello porque constituyen algo más que una categoría dogmático-conceptual: son el refiejo jurídico de un conjunto de problemas típicos que acontecen en la realidad social, cuya resolución ha...

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