ORDEN de 14 de febrero de 2002, por la que se aprueba el Plan de Inspección de Prestaciones y Servicios Sanitarios para 2002.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERIA DE SALUD
Rango de LeyOrden

ORDEN de 14 de febrero de 2002, por la que se aprueba el Plan de Inspección de Prestaciones y Servicios Sanitarios para 2002.

La Inspección de las Prestaciones y Servicios Sanitarios, cuya ordenación se establece por Decreto 156/1996, de 7 de mayo, se desarrolla conforme a la dirección general y coordinación de sus funciones por la Secretaría General Técnica, de acuerdo con las atribuciones que a dicho órgano de dirección le otorga el Decreto 245/2000, de 31 de mayo, por el que se establece la Estructura Orgánica Básica de la Consejería de Salud y del Servicio Andaluz de Salud.

El Plan Anual de Inspección define las líneas básicas de actuación en la inspección de los centros, prestaciones y servicios sanitarios de acuerdo con el artículo 4 del citado Decreto 156/1996, de 7 de mayo.

Los Programas de Inspección de Centros, Servicios y Prestaciones Sanitarias, de Inspección de la Incapacidad Temporal y de la Prestación Farmacéutica en el Sistema de Salud de Andalucía se han ido consolidando tras diez años de actuación conforme al modelo de ordenación y procedimiento contenido en los Decretos reguladores de la Inspección de Prestaciones y Servicios Sanitarios, incorporando y adecuándose en el pasado ejercicio a los criterios y pautas de referencia del Plan Marco de Calidad y Eficiencia de la Consejería de Salud.

En su virtud, a propuesta de la Secretaría General Técnica, de conformidad con el artículo 4.2 del Decreto 156/1996, de 7 de mayo, y el artículo 44.4 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía,

DISPONGO

Artículo 1 Aprobar el Plan de Inspección y Servicios Sanitarios para 2002, que figura como Anexo a la presente Orden.
Artículo 2 Facultar a la Secretaría General Técnica para la adopción de las medidas necesarias en orden al desarrollo y ejecución de los programas de inspección y para el cumplimiento de los objetivos propuestos.
Disposición final única

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 14 de febrero de 2002

FRANCISCO VALLEJO SERRANO

Consejero de Salud

ANEXO

PLAN DE INSPECCION DE PRESTACIONES Y SERVICIOS

SANITARIOS PARA 2002 El Plan de Inspección de Prestaciones y Servicios Sanitarios constituye un marco de actuaciones para el desarrollo de las funciones de vigilancia y tutela que corresponden a la Consejería de Salud sobre los centros, servicios y prestaciones sanitarias de la Comunidad Autónoma Andaluza.

El contenido y desarrollo de estas funciones, asignada a la Inspección de Prestaciones y Servicios Sanitarios conforme a lo establecido en el Decreto 156/1996, de 7 de mayo, habrá de incardinarse en el Marco de Evaluación General de la Consejería de Salud, instrumento y línea de actuación que sustenta la Política de Calidad y Eficiencia en el Sistema Sanitario Público de Andalucía.

El Plan de Inspección de Prestaciones y Servicios Sanitarios, correspondiente al año 2002, estructura sus actuaciones en una doble vertiente, por una parte al desarrollo de las funciones de verificación del cumplimiento de la normativa reguladora de los procedimientos que afectan a los centros, servicios y prestaciones sanitarias; por otra, al ejercicio de las funciones de evaluación de los centros y servicios sanitarios y de los acuerdos que el Sistema Sanitario Público de Andalucía establece con sus proveedores de servicios sanitarios.

El ámbito y alcance de las actuaciones responde a las prioridades establecidas por la autoridad sanitaria y se ajusta a la configuración y recursos del propio dispositivo de inspección.

Se establecen como líneas básicas de actuación: I. Inspección y Evaluación de Centros, Prestaciones y Servicios Sanitarios.

  1. Inspección Farmacéutica que afectaría al ámbito y actividades propias de la prestación farmacéutica.

  2. Inspección vinculada a la colaboración con el sistema de Seguridad Social, y específicamente la inspección, evaluación y control de la Incapacidad Laboral en la faceta sanitaria de dicha prestación.

  3. PROGRAMA DE INSPECCION Y EVALUACION DE CENTROS,

    PRESTACIONES Y SERVICIOS SANITARIOS

    Las actuaciones a desarrollar en el marco de este programa serán las correspondientes al ejercicio de la acción de control

    Sevilla, 16 de marzo 2002

    Página núm. 4.091 de las instituciones, centros, prestaciones y servicios sanitarios de la Comunidad Autónoma previstas en el Decreto 165/96, sobre ordenación de la Inspección de Prestaciones y Servicios Sanitarios de la Junta de Andalucía.

    Para la elección de ámbitos y líneas de actuación sanitaria sobre las que desarrollar la función inspectora se consideran como referente, por una parte el Plan Marco de Calidad y Eficiencia y por otra parte el Contrato Programa de la Consejería de Salud con los Proveedores Públicos de Servicios Sanitarios.

    Del Plan Marco de Calidad y Eficiencia, dos líneas estratégicas: Línea de Calidad y Línea de Evaluación informan la orientación y contenidos del plan de inspección, seleccionando y priorizando objetivos de los contenidos en las líneas de actuación del Contrato Programa: las referidas al Ciudadano, Políticas de Salud, Provisión de servicios, Calidad y Profesionales.

    Las actividades a desarrollar por la Inspección de Servicios Sanitarios en este ámbito se pueden clasificar en dos grupos, atendiendo a la finalidad de las mismas.

    1. Actividades Ordinarias Regladas.

      Son actividades de Inspección orientadas a verificar el cumplimiento de la normativa vigente en los centros y servicios sanitarios:

      1.1. En los procedimientos de Autorización de Centros Sanitarios: Se priorizarán las actuaciones hacia aquellos centros que por la complejidad de sus instalaciones y recursos necesarios para la atención sanitaria (alta y media complejidad) aconsejen la...

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