Inscripción de representación gráfica alternativa. Oposición de colindante

Resumen: La manifestación genérica del registrador, basada en que ha consultado la aplicación informática registral homologada, es suficiente para apreciar las alegaciones de los colindantes.

Hechos: Se solicita la inscripción de una representación gráfica alternativa y la consiguiente rectificación de superficie, que pasa a ser de 320 m2, mientras que en el Registro figuran 400 m2 y en el Catastro 292 m2. En la tramitación del expediente del art. 199 LH, se formula oposición por parte de colindantes registrales, quienes presentan un estudio topográfico y alegan que la nueva descripción no se ajusta a la parcelación administrativa de la urbanización donde se ubica la finca.

El registrador de la propiedad suspende la inscripción pretendida al considerar que la representacio´n gra´fica que se pretende inscribir invade terrenos propiedad de quien formulo´ oposicio´n. Fundamenta su decisión en las siguientes actuaciones: «1. Se ha consultado en la Sede Electro´nica del Catastro la geometri´a asignada a la parcela coteja´ndola con la que se pretende inscribir. Se han realizado las comprobaciones pertinentes mediante la utilizacio´n de la aplicacio´n informa´tica para calificacio´n de las representaciones gra´ficas prevista en el art. 9.b de la L.H

El solicitante de la inscripcio´n recurre alegando falta de motivacio´n de la nota de calificacio´n, que el estudio topográfico aportado por los colindantes invade su finca y un terreno dependiente de recursos hídricos y que la supuesta parcelación administrativa es un plano de alineaciones del an~o 1966, derogado por sucesivos planeamientos posteriores.

La DGSJFP desestima el recurso y confirma la nota de calificación.

Doctrina: Las alegaciones de los colindantes, amparadas en la comprobación de una posible invasión de la finca mediante la aplicación informática registral, son fundamento suficiente...

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