SAP Ciudad Real 182/2006, 26 de Mayo de 2006

PonenteALFONSO MORENO CARDOSO
ECLIES:APCR:2006:402
Número de Recurso42/2006
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución182/2006
Fecha de Resolución26 de Mayo de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Ciudad Real, Sección 1ª

SENTENCIA Nº 182

CIUDAD REAL, a veintiséis de Mayo de dos mil seis

VISTO en grado de apelación ante esta Sección 1ª de la Audiencia Provincial de CIUDAD REAL,

los Autos de INCAPACITACION 493/2004, procedentes del JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.2 de ALCAZAR DE SAN JUAN , a los que ha correspondido el Rollo 42/2006, en los que aparece como

parte apelante el MINISTERIO FISCAL al que se adhiere la actora Dª. Carolina y en el que aparece como parte recurrida D. Narciso ,

sobre incapacidad, y siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. ALFONSO MORENO CARDOSO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la Sra. Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Alcázar de San Juan se dictósentencia en los referidos autos, de fecha tres de junio de dos mil cinco cuya parte dispositiva, literalmente copiada dice así: "FALLO: Que estimando íntegramente la demanda formulada por el Procurador Sr. de Vicente en nombre y representación de Dña. Carolina , declaro a todos los efectos procedente en Derecho la INCAPACIDAD de D. Narciso , para gobernarse por sí mismo y administrar sus bienes, declarándolo incapacitado para el ejercicio del derecho de sufragio activo, y quedando sometido al régimen de tutela, designándose a tal efecto como TUTOR a su madre Dña. Carolina , quien una vez firme esta resolución, habrá de aceptar el cargo para el que ha sido nombrada, apercibiéndole de los derechos y obligaciones inherentes al mismo; así mismo firme que sea esta resolución notifíquese al Registro Civil correspondiente a la localidad en la que consta nació el incapaz acompañando testimonio de la misma, a fin de que se practique la inscripción de incapacidad al margen de la de nacimiento, igualmente notifíquese al Instituto Nacional de Estadística, Oficina del Censo Electoral en Ciudad Real a fin que se proceda a su exclusión del censo electoral; igualmente, y una vez aceptado el cargo por el tutor nombrado comuníquese al Registro Civil de esta ciudad, con testimonio de esta sentencia y del acta de aceptación del cargo, a fin de proceder a la inscripción del cargo tutelar, en el libro correspondiente; todo ello sin hacer especial declaración sobre las costas causadas."

SEGUNDO

Notificada la sentencia a las partes, se interpuso contra la misma recurso de apelación en tiempo y forma por el Ministerio Fiscal al que se adhiere la actora Dª. Carolina , admitiéndose el recurso y dándole el trámite...

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