SAP Madrid 203/2006, 24 de Mayo de 2006

PonenteJULIAN ABAD CRESPO
ECLIES:APM:2006:8473
Número de Recurso106/2006
Número de Resolución203/2006
Fecha de Resolución24 de Mayo de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 6ª

JULIAN ABAD CRESPO

ROLLO DE APELACIÓN Nº 106/2006

JUICIO DE FALTAS Nº 253/2005

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Nº 5 DE GETAFE (MADRID)

SENTENCIA Nº 203/2.006

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCIÓN SEXTA

En nombre del Rey

En Madrid, a 24 de mayo de 2006.

Vista en segunda instancia por el Ilustrísimo Señor don Julián Abad Crespo, Magistrado de la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Madrid, actuando como Tribunal unipersonal, la presente apelación seguida como Rollo de Apelación nº 106/2006 contra la sentencia de fecha 4 de noviembre de 2005 dictada por el Juzgado de Instrucción nº 5 de Getafe (Madrid) en el Juicio de Faltas nº 253/2005, siendo parte apelante doña Filomena.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Instrucción antes citado se dictó sentencia en la que se declaraban como hechos probados los siguientes: "En fecha no determinada, anterior a las 19,43 horas del día 22 de julio del 2.005, Filomena dijo a Silvio y a Mariana, en el patio de la finca de la CALLE000 nº NUM000 - NUM001, de Getafe: que eran borrachos, que se gastaban el dinero en vino.

No ha quedado acreditado que aquélla dijese a éstos: cuando te coja te vas a enterar, guarra, gorila, cuerpo de garrafa, cuerpo de chimpancé; ni que causase daños en la ropa del tendedero y del poyete de dicho tendedero, ni en las ventanas del dormitorio."

Siendo su fallo del tenor literal siguiente: "Condeno a Filomena, como autora de una falta de injurias, prevista y penada en el art. 620-2º del Código Penal, a la pena de 20 días de multa, con una cuota diaria de 6 euros, y al pago de una tercera parte de las costas.

Absuelvo libremente a Filomena de las otras faltas por las que venia denunciada, declarando de oficio las dos terceras partes restantes de las costas."

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de apelación por doña Filomena ; siendo impugnado el recurso por el MINISTERIO FISCAL y por don Silvio y doña Mariana ; remitiéndose las actuaciones a esta Audiencia Provincial para la resolución del recurso.

TERCERO

En fecha 24 de marzo de 2006 tuvieron entrada en esta Sección Sexta las actuaciones remitidas por el Juzgado de Instrucción, formándose el correspondiente rollo de apelación, y por providencia de fecha 30 de marzo de 2006 se señaló día para la resolución del recurso, fijándose la audiencia del día 23 de mayo de 2006.

CUARTO

Se aceptan los antecedentes de hecho de la sentencia recurrida, incluido el apartado de hechos probados, en cuanto no se opongan a los presentes.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En el recurso interpuesto por doña Filomena contra la sentencia dictada en la primera instancia del juicio de faltas por la que se le condena como autora de una falta de injurias, se viene a alegar como único motivo del recurso de apelación el error en la valoración de la prueba, sustentando dicho motivo, en concreto, en que, en el parecer de la parte apelante, no quedó acreditado que existieran otros...

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