Inmigración y extranjería

AutorMireia Torralba Erruz
CargoAbogada del Buffete Lledó & Asociados

La declaración Universal de Derechos Humanos en su artículo 13 establece el derecho de toda persona a la libre circulación. Sin embargo, los estados han interpretado que este derecho tan solo confiere la potestad de libre salida del país de origen, pero no conlleva la subsiguiente acogida de otro país. El permiso de entrada y permanencia en el país receptor es un privilegio. Por tanto existe un derecho universal a salir del país de origen pero no el correspondiente derecho universal a entrar en el país de destino.

Los movimientos migratorios existen desde que el hombre pobló la tierra. En el pasado, estos movimientos se concebían como un elemento dinamizador del desarrollo social. No obstante, en los últimas décadas, la percepción de la inmigración ha empezado a impregnarse de connotaciones negativas hasta configurarse como >.

Los estados receptores, alarmados, observando la creciente afluencia de inmigrantes a sus territorios, han desarrollado en respuesta políticas restrictivas para frenar estos flujos. Paralelamente la materias de inmigración se ha comenzado a considerar como asunto de seguridad interna y orden público. Prueba de ello son los acuerdos de Schengen (actualmente dentro del pilar de integración de la Unión Europea) que describen la inmigración como un problema de ley y orden.

Los gobiernos asumieron que la creación de mecanismos de control aduanero provocaría la disminución de inmigrantes, pero lo cierto es que a pesar de las expectativas, no solo no se ha logrado el efecto disuasorio pretendido, sino que por el contrario, el número de inmigrantes se ha incrementado, aunque en situación de ilegalidad. Y lo que es más, los estados se han visto obligados a confeccionar mecanismos que permitan regularizar la situación de los clandestinos.

Optar por resolver el conflicto interviniendo en el punto de llegada, en las fronteras, quizá parezca la solución más fácil, pero es un error y además supone soslayar el verdadero problema, que es la existencia de numerosos países donde es imposible habitar por razones de orden social como las guerras, discriminaciones, persecuciones o el hambre. La situación de estos inmigrantes en su país de origen es tan adversa que prefieren permanecer ilegales a retornar.

Los países receptores debieran cuestionarse hasta qué punto pueden considerarse exonerados de toda responsabilidad al respecto.

Quizá, lo que procediera sería que los estados receptores abordasen la cuestión intentando hallar...

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