ORDEN MAM/74/2006, de 25 de enero, por la que se inicia el procedimiento de aprobación del Plan Regional de Ámbito Sectorial de Residuos Industriales de Castilla y León 2005-2010.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyOrden

ORDEN MAM/74/2006, de 25 de enero, por la que se inicia el procedimiento de aprobación del Plan Regional de Ámbito Sectorial de Residuos Industriales de Castilla y León 2005-2010.

La Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos, atribuye a las Comunidades Autónomas, en su artículo 4, la elaboración de los planes autonómicos de residuos, detallándose en su artículo 5 el contenido de los mismos.

Una vez culminados los trabajos preparatorios del Plan de Residuos Industriales de Castilla y León 2005-2010, llevados a cabo por la Consejería de Medio Ambiente, a través de la Dirección General de Calidad Ambiental, procede iniciar su tramitación como instrumento de ordenación del territorio, al amparo de lo dispuesto en el Capítulo IV del Título II de la Ley 10/1998, de 5 de diciembre, de Ordenación del Territorio de Castilla y León.

Dicha Ley, tras establecer en su artículo 20.1.a) que los Planes Regionales de Ámbito Sectorial 'tienen por objeto ordenar y regular las actividades sectoriales sobre el conjunto o partes de la Comunidad' señala en su artículo 23, entre la documentación que debe acompañar a los Planes Regionales de Ámbito Sectorial, la necesaria para la realización del trámite ambiental aplicable. Trámite, que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 19 del Decreto Legislativo 1/2000, de 18 de mayo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental y Auditorías Ambientales de Castilla y León, y teniendo en cuenta que el ámbito sectorial es el correspondiente a los residuos industriales, será la Evaluación Estratégica Previa de las repercusiones ambientales del Plan.

En el artículo 24 de la citada Ley 10/1998, de 5 de diciembre, se regula el procedimiento para la elaboración y aprobación de los Planes Regionales de Ámbito Sectorial, siendo este trámite de información pública y audiencia de las Administraciones Públicas, el primero de ellos. Trámite que al amparo de lo recogido en el artículo 42 del Decreto 209/1995, de 5 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental, se lleva a cabo conjuntamente para toda la documentación del Plan y del Informe Ambiental del mismo.

En su virtud, en uso de las atribuciones que me están conferidas,

DISPONGO:

Primero. Iniciar el procedimiento de aprobación del Plan Regional de Ámbito Sectorial de Residuos Industriales de Castilla y León 2005-2010.

Segundo. Disponer la apertura de un período...

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