DECRETO 182/2004, de 30 de noviembre, por el que se establece un régimen de ayudas para la mejora de infraestructura en fincas rústicas de propiedad municipal o comunal y dehesas boyales.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Desarrollo Rural
Rango de LeyDecreto

DECRETO 182/2004, de 30 de noviembre, por el que se establece un régimen de ayudas para la mejora de infraestructura en fincas rústicas de propiedad municipal o comunal y dehesas boyales.

La Comunidad Autónoma de Extremadura ostenta competencias exclusivas en el desarrollo económico de la Comunidad tal y como establece el artículo 7.1.10 de nuestro Estatuto de Autonomía, consagrado además, como un objetivo básico de sus instituciones, como se desprende de los artículos 6.2.d) y e) del citadoEstatuto.

Las sucesivas reformas de la Política Agraria Comunitaria y la globalización de los mercados agrarios han reformado el proceso de transformaciones estructurales y de adaptación de los sistemas de producción agraria de Extremadura.

El programa operativo integrado de Extremadura para el periodo 2000-2006 contempla, entre otras, la medida 7.2 'Agricultura y desarrollo rural. Desarrollo y mejora de las infraestructuras de apoyo' que comprende una serie de acciones cuyo objetivo esencial son las mejoras de las Infraestructuras Agrarias Rurales, y que aluden a un adecuado desarrollo rural de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y entre ellas se encuentra, la mejora de fincas municipales y comunales.

Esta mejora está orientada a conseguir una serie de explotaciones municipales y comunales que sirvan de punto de referencia, para el establecimiento de un modelo de gestión sostenible, con un mejor aprovechamiento racional de recursos agrarios, ganaderos y forestales, habiéndosearticulado anteriormente su ejecución a través de los Decretos 175/2001, de 20 de noviembre y Decreto 14/2003, de 11 de febrero, por el que se modifica el anterior.

Habiendo asumido la Consejería de Desarrollo Rural creada por Decreto del Presidente 15/2003, de 27 de junio, competencias en materia de apoyo a las dehesas boyales y fincas de propiedad municipal en función del Decreto de Presidente 26/2003, de 30 de junio, y Decreto 82/2003, de 15 de julio, se hace necesario la elaboración de unnuevo Decreto en el que se regule el procedimiento a seguir en la concesión de estas ayudas a las corporaciones locales adaptándolo al ámbito competencial propio de esta Consejería, se modifican las actividades objeto de las ayudas incluyendo a los Planes integrales de mejoras de infraestructuras fomentando de esta forma, el mayor número de inversiones auxiliables, y se fijan los criterios necesarios para fomentar una distribución más eficaz entre los beneficiarios y conseguir ampliar el númerode éstos.

En consecuencia, de acuerdo con lo expuesto anteriormente en concordancia con las orientaciones de la Política Agraria Común y a propuesta del Excmo. Sr. Consejero de Desarrollo Rural y previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura en su sesión del día 30 de noviembre de 2004.

D I S P O N G O

Artículo 1 Finalidades

Se establece una línea de ayudas en la Comunidad Autónoma de Extremadura, orientada a la mejora de infraestructuras en fincas rústicas depropiedad municipal o comunal y Dehesas Boyales.

La concesión de estas ayudas será incompatible para la percepción de otras subvenciones o ayudas para la misma finalidad.

Artículo 2 Beneficiarios

Serán beneficiarios de la ayudas las Corporaciones Locales (Ayuntamientos o Entidades Locales Menores) propietarias o gestoras de dichas fincas.

Artículo 3 Inversiones auxiliables

Serán objeto de ayuda las inversiones, que de acuerdo con la baremación establecida en el artículo 14 del presente Decreto y con la disponibilidad presupuestaria existente, vayan destinadas a las siguientes actividades:

· Planes integrales de mejoras de infraestructuras que comprendan actividades relacionadas a continuación en este artículo.

· Pozos de...

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