INFORME nº 1555 de 2023 de Tribunal de Cuentas, 20-12-2023

Fecha20 Diciembre 2023
EmisorTribunal de Cuentas
N.º 1.555
INFORME DE FISCALIZACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LAS
ENTIDADES LOCALES DE LAS OBLIGACIONES DE RENDICIÓN
DE CUENTAS Y REMISIÓN DE INFORMACIÓN ANUAL AL
TRIBUNAL DE CUENTAS, EJERCICIO 2022
El Pleno del Tribunal de Cuentas, en el ejercicio de su función fiscalizadora establecida en los
artículos 2.a), 9 y 21.3.a) de la Ley Orgánica 2/1982, de 12 de mayo, del Tribunal de Cuentas, y a
tenor de lo previsto en los artículos 12 y 14 de la misma disposición y concordantes de la Ley 7/1988,
de 5 de abril, de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas, ha aprobado, en su sesión de 20 de
diciembre de 2023, el Informe de fiscalización del cumplimiento de las entidades locales de las
obligaciones de rendición de cuentas y remisión de información anual al Tribunal de Cuentas,
ejercicio 2022, y ha acordado su elevación a las Cortes Generales, según lo prevenido en el artículo
28 de la Ley de Funcionamiento.
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 20/12/2023 1
ÍNDICE
I. INTRODUCCIÓN ................................................................................................................... 9
I.1. INICIATIVA DEL PROCEDIMIENTO FISCALIZADOR .................................................. 9
I.2. OBJETO DE LA FISCALIZACIÓN ................................................................................ 9
I.3. ÁMBITOS SUBJETIVO, OBJETIVO Y TEMPORAL ................................................... 10
I.4. TIPO DE FISCALIZACIÓN, OBJETIVOS, ALCANCE Y PROCEDIMIENTO .............. 10
II. CUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN DE RENDICIÓN DE LAS CUENTAS
GENERALES DE LAS ENTIDADES LOCALES, ENTIDADES DEPENDIENTES Y
ADSCRITAS ........................................................................................................................ 11
III. CUMPLIMIENTO DE LA REMISIÓN DE LA INFORMACIÓN DE CONTRATACIÓN
PÚBLICA ............................................................................................................................. 20
IV. CUMPLIMIENTO DE LA REMISIÓN DE LA INFORMACIÓN DE CONVENIOS .................. 29
V. CUMPLIMIENTO DE LA REMISIÓN DE LA INFORMACIÓN DE CONTROL INTERNO
CON EL SISTEMA DE CONTROL INTERNO ...................................................................... 36
VI. ANALISIS DEL CUMPLIMIENTO GLOBAL DE LAS OBLIGACIONES DE REMISIÓN
DE INFORMACIÓN AL TRIBUNAL DE CUENTAS ............................................................. 44
VII. SEGUIMIENTO DE LAS RECOMENDACIONES CONTENIDAS EN ANTERIORES
INFORMES DE FISCALIZACIÓN DEL SECTOR PÚBLICO LOCAL Y EN LA MOCIÓN
RELATIVA A LAS MEDIDAS PARA PROMOVER LA RENDICIÓN DE LAS
CUENTAS GENERALES Y LA REDUCCIÓN DE LOS PLAZOS DE RENDICIÓN DE
CUENTAS N EL SECTOR PÚBLICO LOCAL ..................................................................... 51
VIII. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES ........................................................................ 56
ANEXOS ...................................................................................................................................... 63
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 20/12/2023 3
RELACIÓN DE ABREVIATURAS, SIGLAS Y ACRÓNIMOS
Art.
Artículo
CCAA
Comunidades Autónomas
EATIM
Entidad local de ámbito territorial inferior al municipio
EPE
Entidad pública empresarial
HAC
Ministerio de Hacienda
ISFL
Institución sin fines de lucro
LRSAL
Ley de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local
Número
OA
Organismo autónomo
OCEX
Órganos de Control Externo de las comunidades autónomas
SM
Sociedad mercantil
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 20/12/2023 5
RELACIÓN DE CUADROS
CUADRO 1. SITUACIÓN DE LA RENDICIÓN DE LA CUENTA GENERAL DEL
EJERCICIO 2022, POR TIPO DE ENTIDAD .......................................................... 12
CUADRO 2. RENDICIÓN DE LA CUENTA GENERAL DEL EJERCICIO 2022, POR
COMUNIDAD AUTÓNOMA ................................................................................... 14
CUADRO 3. ENTIDADES QUE NO HAN RENDIDO LA CUENTA GENERAL DE LOS
EJERCICIOS 2020, 2021 Y 2022 ........................................................................... 17
CUADRO 4. NIVEL DE RENDICIÓN DE LAS CUENTAS CONSOLIDADAS,
EJERCICIO 2022. .................................................................................................. 19
CUADRO 5. ENTIDADES QUE HAN REMITIDO LA INFORMACIÓN SOBRE
CONTRATACIÓN PÚBLICA RELATIVA AL EJERCICIO 2022, POR TIPO
DE ENTIDAD .......................................................................................................... 22
CUADRO 6. ENTIDADES QUE NO HAN REMITIDO LA RELACIÓN ANUAL DE
CONTRATOS DE 2022 .......................................................................................... 24
CUADRO 7. REMISIÓN DE LA RELACIÓN ANUAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA
DEL EJERCICIO 2022, POR COMUNIDAD AUTÓNOMA ..................................... 25
CUADRO 8. ENTIDADES QUE NO HAN REMITIDO LA RELACIÓN ANUAL DE
CONTRATOS DE LOS EJERCICIOS 2020, 2021 Y 2022...................................... 27
CUADRO 9. EXPEDIENTES DE CONTRATACIÓN PÚBLICOS ................................................ 28
CUADRO 10. CONTRATOS FORMALIZADOS EN EL EJERCICIO 2022,
COMUNICADOS EN LAS RELACIONES ANUALES, DE LOS QUE NO
CONSTA EL ENVÍO PRECEPTIVO DEL EXPEDIENTE, POR TIPO DE
ENTIDAD ............................................................................................................... 29
CUADRO 11. ENTIDADES QUE HAN REMITIDO LAS RELACIONES DE CONVENIOS
DEL EJERCICIO 2022, POR TIPO DE ENTIDAD .................................................. 30
CUADRO 12. ENTIDADES QUE NO HAN REMITIDO LA RELACIÓN ANUAL DE
CONVENIOS DE 2022 ........................................................................................... 32
CUADRO 13. REMISIÓN DE LA RELACIÓN ANUAL DE CONVENIOS DEL EJERCICIO
2022, POR COMUNIDAD AUTÓNOMA ................................................................. 33
CUADRO 14. ENTIDADES QUE NO HAN REMITIDO LA RELACIÓN ANUAL DE
CONVENIOS DE LOS EJERCICIOS 2020, 2021 Y 2022 ....................................... 35
CUADRO 15. EXPEDIENTES DE CONVENIOS ........................................................................... 36
CUADRO 16. CUMPLIMIENTO DE LA REMISIÓN DE INFORMACIÓN DE CONTROL
INTERNO, POR TIPO DE ENTIDAD Y TRAMO DE POBLACIÓN ......................... 38
CUADRO 17. ÓRGANOS DE CONTROL QUE NO HAN REMITIDO LA INFORMACIÓN
DE CONTROL INTERNO DE LOS EJERCICIOS 2019, 2020, 2021 Y 2022,
POR TIPO DE ENTIDAD Y TRAMO DE POBLACIÓN .......................................... 43
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 20/12/2023 6
CUADRO 18. SITUACIÓN DEL CUMPLIMIENTO GLOBAL DE OBLIGACIONES EN
PLAZO, DEL EJERCICIO 2022, POR TIPO DE ENTIDAD .................................... 45
CUADRO 19. ENTIDADES QUE NO HAN CUMPLIDO NINGUNA OBLIGACIÓN EN LOS
EJERCICIOS 2020, 2021 Y 2022 ........................................................................... 48
CUADRO 20. NIVEL DE CUMPLIMIENTO DE TODAS LAS OBLIGACIONES DEL
EJERCICIO 2022, POR COMUNIDAD AUTÓNOMA ............................................. 49
CUADRO 21. NIVEL DE CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES DE RENDICIÓN POR
CCAA. .................................................................................................................... 50
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 20/12/2023 7
RELACIÓN DE GRÁFICOS
GRÁFICO 1. EVOLUCIÓN DE LA RENDICIÓN DE CUENTAS EN PLAZO POR CCAA
(15 DE OCTUBRE EJERCICIO SIGUIENTE) ......................................................... 16
GRÁFICO 2. NIVEL DE CUMPLIMIENTO EN PLAZO DE LA REMISIÓN DE LAS
RELACIONES ANUALES DE CONTRATOS, POR CCAA .................................... 26
GRÁFICO 3. EVOLUCIÓN EN EL NIVEL DE CUMPLIMIENTO EN PLAZO DE LA
REMISIÓN DE LAS RELACIONES ANUALES DE CONVENIOS, POR
CCAA ..................................................................................................................... 34
GRÁFICO 4. NIVEL DE CUMPLIMIENTO (%) DE LA REMISÓN DE INFORMACION DE
CONTROL INTERNO, POR CCAA ........................................................................ 41
GRÁFICO 5. EVOLUCIÓN DEL NIVEL DE CUMPLIMIENTO (%) EN PLAZO DE LA
REMISÓN DE INFORMACION DE CONTROL INTERNO, POR CCAA ................. 42
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 20/12/2023 9
I. INTRODUCCIÓN
I.1. INICIATIVA DEL PROCEDIMIENTO FISCALIZADOR
El Pleno del Tribunal de Cuentas, en el ejercicio de las competencias atribuidas en el artículo 3.a)
de su Ley 7/1988, de 5 de abril, de Funcionamiento (LFTCu) aprobó, el 21 de diciembre de 2022, el
Programa de Fiscalizaciones para el año 2023. Este Programa fue modificado por el Pleno de este
Tribunal el 28 de septiembre de 2023, incluyendo en él, a iniciativa del Tribunal de Cuentas, la
Fiscalización sobre el cumplimiento de las entidades locales de las obligaciones de rendición de
cuentas y remisión de información anual al Tribunal de Cuentas, ejercicio 2022. El Acuerdo de inicio
de la fiscalización fue aprobado por el Pleno del Tribunal en esa misma sesión.
El deber de rendir cuentas se extiende a los responsables de todas las entidades del sector público,
dando cuenta de la gestión económico-financiera realizada ante una pluralidad de destinatarios de
la información; entre los Objetivos de Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas, el número 16
(relativo a la paz, justicia e instituciones sólidas), incluye como una de sus metas la de “crear a
todos los niveles instituciones eficaces y transparentes que rindan cuentas”. A su vez, el artículo
5.1 de la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción establece, entre los principios
que deben regir las políticas públicas contra la corrupción, los referidos a “la integridad, la
transparencia y la obligación de rendir cuentas”.
Entre los destinatarios de la información de las cuentas del sector público que deben ser rendidas
se encuentran diversos agentes o instituciones, incluidos los órganos de control económico-
financiero de la gestión pública y, en última instancia, los propios ciudadanos, de manera que la
rendición de cuentas también promueve el cumplimiento de los principios de transparencia y buena
gestión, a los que se encuentran sujetas todas las entidades públicas, incluidas las que integran la
Administración local.
El Informe de Fiscalización del Sector Público Local, ejercicio 2021, muestra que las entidades
locales, en términos generales, registran niveles bajos o muy bajos en la atención de las
obligaciones de remisión de la información anual al Tribunal de Cuentas. Este incumplimiento
resulta especialmente bajo si se atiende al cumplimiento en el plazo legalmente establecido.
Esta fiscalización tiene como finalidad informar del nivel de cumplimiento en el ejercicio 2022 de la
obligación de rendición de la cuenta general, del envío de la información contractual y de convenios
y de la relativa al ejercicio de control interno. De esta manera se ofrecen resultados lo más
próximos posibles al vencimiento de los plazos señalados.
Dicha actuación fiscalizadora se enmarca, en especial, en la medida 2 (“Fiscalizar las áreas con
mayores incumplimientos o entidades que no rinden cuentas”), del objetivo específico 1.2, referido
al fomento de buenas prácticas de organización, gestión y control de las entidades públicas, la
medida 2 (proponer medidas legislativas tendentes a la reducción de plazos de rendición de
cuentas en los diferentes subsectores del sector público), del Objetivo específico 1.5 “Agilizar la
tramitación de los procedimientos fiscalizadores” del Plan Estratégico del Tribunal de Cuentas
2018-2021, aprobado por el Pleno de la Institución el 25 de abril de 2018.
I.2. OBJETO DE LA FISCALIZACIÓN
En la presente fiscalización se recogen los resultados de las comprobaciones realizadas sobre la
rendición de la cuenta general y del cumplimiento de las obligaciones legales que, sobre la
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 20/12/2023 10
documentación contractual y en materia de convenios, corresponde remitir a las entidades locales.
Asimismo, se examinará el cumplimiento por parte de los órganos de la Intervención local de las
obligaciones de remisión de la información relativa al control interno. Todo ello referido al
cumplimento en el plazo legal establecido para el ejercicio 2022.
I.3. ÁMBITOS SUBJETIVO, OBJETIVO Y TEMPORAL
El ámbito subjetivo de la fiscalización está constituido por todas las entidades del Sector Público
Local sometidas a la obligación de rendir cuentas y de remitir la información obligatoria sobre
contratos, convenios y en materia de control interno, de acuerdo con lo previsto en la normativa
aplicable y que deban llevar a cabo el cumplimiento de estas obligaciones a través de la Plataforma
de Rendición de Cuentas de las Entidades Locales
1
.
El ámbito objetivo está integrado por las cuentas generales rendidas por las entidades locales
correspondientes al ejercicio fiscalizado; las relaciones anuales de contratos y extractos de
expedientes de contratación formalizados; las relaciones anuales de convenios y expedientes de
convenios celebrados; y la información sobre el ejercicio del control interno.
Respecto al ámbito temporal, el mismo se refiere al ejercicio 2022, sin perjuicio de los exámenes y
verificaciones relativos a ejercicios anteriores o posteriores que se han considerado relevantes para
el cumplimiento de los objetivos de la fiscalización.
I.4. TIPO DE FISCALIZACIÓN, OBJETIVOS, ALCANCE Y PROCEDIMIENTO
Se trata de una fiscalización horizontal y de cumplimiento de las obligaciones de rendición de
cuentas y de remisión de otra información preceptiva al Tribunal de Cuentas.
Los objetivos previstos en las Directrices Técnicas, aprobadas por el 28 de septiembre de 2023,
para evaluar el cumplimiento de las obligaciones de las entidades locales de rendición de cuentas
y remisión de información anual al Tribunal de Cuentas, correspondientes al ejercicio 2022, son los
siguientes:
1) Verificar el nivel de cumplimiento global de las obligaciones de remisión de la información anual
correspondiente al ejercicio 2022 al Tribunal de Cuentas.
2) Examinar el cumplimiento de los plazos previstos en la rendición de la cuenta general del
ejercicio 2022, así como la integridad de la misma.
3) Examinar el cumplimiento, por parte de las entidades locales, de la obligación de remitir en plazo
al Tribunal de Cuentas las relaciones anuales de los contratos que se hubieran celebrado en
2022, en cumplimiento del artículo 40.2 de la LFTCu, y de los extractos de expedientes de
1
Todas las entidades salvo las del País Vasco y Navarra, que disponen de normativa propia y no están sometidas a las Instrucciones de
Contabilidad para la Administración Local.
A las entidades locales del País Vasco les son de aplicación, en función de su territorio, el Decreto Foral 56/2015, del Consejo de
Diputados de 3 de noviembre, que aprueba el marco regulatorio contable de las entidades locales del Territorio Histórico de Álava,
Decreto Foral de la Diputación Foral de Bizkaia 139/2015, de 28 de julio, por el que se aprueba el marco regulatorio contable de las
entidades locales de Bizkaia y el Decreto Foral 86/2015, de 15 de diciembre, por el que se aprueba el marco regulatorio contable de las
entidades locales de Gipuzkoa.
Las entidades locales de Navarra les es de aplicación el Decreto Foral 272/1998, de 21 de septiembre, por el que se aprueba la Instrucción
general de contabilidad para la Administración Local de Navarra.
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 20/12/2023 11
contratación formalizados en dicho ejercicio, en virtud del artículo 335 de la Ley 9/2017, de
Contratos del Sector Público (LCSP).
4) Verificar el cumplimiento, por parte de las entidades locales, de la obligación de remitir al
Tribunal de Cuentas la información relativa a los expedientes de convenios y las relaciones
anuales de los mismos en plazo, celebrados en el ejercicio 2022, conforme a lo previsto en el
5) Verificar el cumplimiento, por parte de los órganos de la Intervención de las entidades locales,
de la obligación de remitir al Tribunal de Cuentas, en plazo, la información relativa a la estructura
del órgano de Intervención, configuración y ejercicio del control interno de la entidad local, así
como los acuerdos y resoluciones contrarios a reparos formulados por la Intervención local, los
expedientes tramitados con omisión de la fiscalización previa y las anomalías detectadas en
materia de ingresos.
Dada la naturaleza de la fiscalización, no se han verificado cuestiones relacionadas con la
sostenibilidad ambiental ni la igualdad efectiva de mujeres y hombres. En el caso de la transparencia
si bien, la rendición de cuentas es un acto de transparencia en sí mismo, no se ha verificado el
cumplimiento de la normativa de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la
información pública y buen gobierno.
Adicionalmente, respecto de los ámbitos que se analicen en la presente fiscalización, se realiza una
verificación sobre el grado en que se han aplicado las recomendaciones que ha realizado el Tribunal
en informes precedentes del sector público local, así como las correspondientes resoluciones de la
Comisión Mixta para las relaciones con el Tribunal de Cuentas que de ellos se deriven.
II. CUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN DE RENDICIÓN DE LAS CUENTAS GENERALES DE
LAS ENTIDADES LOCALES, ENTIDADES DEPENDIENTES Y ADSCRITAS
La sujeción de las entidades locales al régimen de contabilidad pública supone la obligación de
rendir cuentas de sus operaciones, cualquiera que sea su naturaleza, al Tribunal de Cuentas, según
dispone el artículo 201 del TRLRHL, debiendo remitir la cuenta general correspondiente al ejercicio
económico anterior, antes del 15 de octubre de cada año, de acuerdo con el artículo 223.2 TRLRHL.
La Cuenta General de una entidad local está integrada por la cuenta de la propia entidad, las
cuentas anuales de cada uno de los organismos autónomos dependientes de ella, las cuentas
anuales de cada una de sus entidades públicas empresariales dependientes, así como las cuentas
anuales de las sociedades mercantiles en las que la Entidad local tenga una participación del 100
por ciento. A dicha Cuenta General se acompañarán determinados documentos, entre los que se
encuentran, en su caso, las cuentas anuales consolidadas.
Las entidades locales deben remitir su cuenta general al Tribunal de Cuentas con el contenido y
formato recogido en las Instrucciones de contabilidad correspondientes a los modelos normal,
básico y simplificado, establecidos por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas y de
acuerdo con la Instrucción del Tribunal de Cuentas de 26 de noviembre de 2015, por la que se
regula la rendición telemática de la cuenta general de las entidades locales y el formato de dicha
cuenta, a partir de la correspondiente al ejercicio 2015.
En la rendición de la cuenta general del ejercicio 2022, la principal novedad producida es la
incorporación de las entidades locales a la obligación de elaborar cuentas anuales consolidadas,
de acuerdo con las normas para la elaboración de cuentas anuales consolidadas en el ámbito del
sector público local aprobadas mediante la Orden HAC/836/2021, de 9 de julio, y la Resolución de
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22 de diciembre de 2022, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se
modifica el formato de las cuentas anuales consolidadas previsto en la Resolución de 13 de
noviembre de 2015, por la que se recomienda un nuevo formato normalizado de la Cuenta General
de las Entidades locales en soporte informático para su rendición. Con el fin de facilitar su aplicación
a las entidades de menor dimensión, la aplicación de esta obligación se realiza de forma
escalonada, comenzando con los municipios con población superior a 50.000 habitantes y entidades
de carácter supramunicipal que deben formar cuentas consolidadas a partir del 1 de enero de 2022.
El resto de las entidades locales deberá formar cuentas consolidadas a partir del 1 de enero de
2024.
El análisis realizado en este Informe se refiere al cumplimiento de la obligación de rendición de la
cuenta general en el plazo legal establecido en el TRLRHL, que están sometidas a normas por las
entidades locales de todo el territorio nacional, salvo el País Vasco y Navarra que están sometidas
a normativa propia y no rinden cuentas a través de la Plataforma de rendición de cuentas de
entidades locales.
El siguiente cuadro muestra la situación de la rendición de la cuenta general del ejercicio 2022,
distinguiendo por tipo de entidad:
CUADRO 1. SITUACIÓN DE LA RENDICIÓN DE LA CUENTA GENERAL DEL EJERCICIO
2022, POR TIPO DE ENTIDAD
Tipo de Entidad Local
Total
Entidades
Cuentas Generales rendidas del ejercicio 2022
Total a 31/10/2023
No Rendidas
N.º
%
N.º
%
N.º
%
Ayuntamiento
7.606
3.565
47
4.559
60
3.047
40
Más de 1.000.000 h.
2
1
50
1
50
1
50
Entre 500.001 y 1.000.000 h.
4
2
50
3
75
1
25
Entre 100.001 y 500.000 h.
53
23
43
33
60
20
38
Entre 50.001 y 100.000 h.
83
31
37
45
53
38
46
Entre 20.001 y 50.000 h.
250
138
55
152
60
98
39
Entre 5.001 y 20.000 h.
825
404
49
475
56
350
42
Entre 1.001 y 5.000 h.
1.689
816
48
970
56
719
43
Entre 1 y 1.000 h.
4.700
2.150
46
2.880
61
1.820
39
Diputación provincial
38
20
53
26
66
12
32
Cabildo/Consejo Insular
10
4
40
5
50
5
50
Comarca
76
53
70
57
75
19
25
Mancomunidad
832
209
25
304
36
528
64
Área Metropolitana
3
2
67
3
100
0
0
Agrupación de Municipios
18
1
6
6
33
12
67
TOTAL (sin EATIM)
8.583
3.854
45
4.960
58
3.623
42
EATIM
3.000
951
32
1.292
43
1.708
57
TOTAL
11.583
4.805
41
6.252
54
5.331
46
Fuente: Elaboración propia a partir de las cuentas rendidas
No están incluidos País Vasco y Navarra
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 20/12/2023 13
Como puede observarse, de manera mayoritaria, las entidades locales incumplen la obligación de
rendir la cuenta general de 2022 antes del 15 de octubre de 2023. Así, menos de la mitad de las
entidades locales, el 45 %, rindieron la cuenta general en el plazo establecido en el TRLRHL.
Estas cifras están en cierto grado condicionadas por la existencia de entidades de ámbito inferior al
municipio (EATIM), que constituyen una forma de organización desconcentrada del mismo para la
administración de núcleos de población separados, bajo su denominación tradicional de caseríos,
parroquias, aldeas, barrios, anteiglesias, concejos, pedanías, lugares anejos y otros análogos. En
el ámbito de esta fiscalización, existen 3.000 EATIM. La distribución geográfica se concentra en
torno a los sistemas montañosos del norte de la península. Las provincias con mayor número de
ellas son: León con 1.227, Burgos con 644, Cantabria con 519 y Palencia con 225. Respecto al
resto, veinte provincias tienen menos de cinco EATIM, no existiendo ninguna en comunidades
autónomas como Canarias o Región de Murcia. En los análisis que se realizan por CCAA se han
excluido, con carácter general las EATIM dado que su concentración en unas pocas Comunidades
distorsiona el resultado.
El número de entidades locales que no había cumplido esta obligación a 15 de octubre ascendió a
un total de 4.729, a las que habría que sumar 2.049 EATIM que tampoco lo hicieron. Posteriormente
y antes del 31 de octubre, un número importante de ellas remitieron sus cuentas generales, 1.106
entidades locales y 341 EATIM.
El nivel de rendición de cuentas en plazo registrado en 2022 es muy reducido en términos generales.
Entre los ayuntamientos, la media fue del 47 % y en el caso de los ayuntamientos con población
superior a 50.000 habitantes, es del 40 %, siendo 85 los ayuntamientos que no rindieron sus cuentas
antes del 15 de octubre.
En el Anexo II, se relacionan los ayuntamientos de población superior a 50.000 habitantes que no
rindieron cuentas en el plazo previsto en el TRLRHL, indicándose la fecha de rendición en aquellos
que hayan remitido su cuenta antes del 31 de octubre.
Resulta especialmente relevante el elevado número de ayuntamientos con población mayor a
100.000 habitantes, 33, que no rindieron cuentas en plazo. Entre ellos, los Ayuntamientos de
Barcelona, Málaga y Sevilla. De ellos, el Ayuntamiento de Málaga, remitió su cuenta general antes
del 31 de octubre de 2023, mientras que los Ayuntamientos de Barcelona y Sevilla, a dicha fecha,
no habían rendido la cuenta general del 2022.
En el caso de los ayuntamientos de población más reducida, inferior a 1.000 habitantes, el
porcentaje medio de rendición en plazo fue del 46 %, pero este nivel de rendición no es homogéneo
en todas las provincias. Así, los ayuntamientos de las provincias de Andalucía y de Castilla-La
Mancha, son los que presentan los peores datos de rendición. En concreto, a 31 de octubre de
2023, no habían rendido la cuenta general más del 70 % de los ayuntamientos de las provincias de
Almería (84 %), Córdoba (82 %), Granada (82 %), Huelva (100 %), Málaga (76 %), Cuenca (82 %),
Ciudad Real (72 %), Guadalajara (70 %) y Toledo (70 %). En todos los casos indicados, la función
de asistencia encomendada a las diputaciones resulta especialmente necesaria y ha de reforzarse,
puesto que existe un elevado número de ayuntamientos de reducida población que incumplen con
la obligación de rendir cuentas.
Los resultados de rendición de cuentas de las diputaciones, cabildos y consejos insulares presentan
un porcentaje de rendición en plazo similar al de los ayuntamientos, el 50 %, siendo el de los
cabildos y consejos insulares inferior en diez puntos (40 %). Esto supone que 18 de las 38
diputaciones y 6 de los 10 cabildos y consejos insulares no han rendido la cuenta general de 2022
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 20/12/2023 14
en plazo. De ellas, 6 diputaciones remitieron la cuenta de 2022 antes del 31 de octubre, siendo
todas ellas de Andalucía y Castilla y León, así como el Consejo Insular de Menorca.
Las diputaciones de Almería, Cádiz, Córdoba, Málaga, Teruel, Zaragoza, Ávila, León, Valladolid,
Zamora, Cuenca y Lleida, así como los Cabildos insulares de Fuerteventura, Gran Canaria,
Lanzarote, El Hierro y Tenerife no habían rendido la cuenta general de 2022
2
a 31 de octubre de
2023.
Situación especialmente grave es la de las mancomunidades, que presentan un nivel de rendición
muy por debajo de la media global. En concreto, de las 832 mancomunidades censadas,
únicamente rindieron en plazo el 25 %, es decir, 209 mancomunidades, y a 31 de octubre, el 36 %.
El resultado del análisis territorial de la rendición de la cuenta general del ejercicio 2022 que ofrece
la información por comunidades autónomas, se detalla en el siguiente cuadro:
CUADRO 2. RENDICIÓN DE LA CUENTA GENERAL DEL EJERCICIO 2022, POR
COMUNIDAD AUTÓNOMA
Comunidad Autónoma
Total
Entidades
Rendición Cuenta General, ejercicio 2022
No rendidas
En Plazo
Total a 31/10/2023
N.º
%
N.º
%
N.º
%
Andalucía
859
112
13
175
20
684
80
Aragón
807
600
74
665
82
142
18
Canarias
104
60
58
62
60
42
40
Cantabria
125
49
39
55
44
70
56
Castilla y León
2.528
943
37
1.624
64
904
36
Castilla-La Mancha
1.043
240
23
304
29
739
71
Cataluña
1.051
651
62
711
68
340
32
Comunitat Valenciana
613
448
73
490
80
123
20
Extremadura
450
210
47
234
52
216
48
Galicia
351
242
69
258
74
93
26
Illes Balears
75
41
55
42
56
33
44
La Rioja
209
113
54
127
61
82
39
Comunidad de Madrid
223
70
31
131
59
92
41
Principado de Asturias
93
61
66
65
70
28
30
Región Murcia
52
14
27
17
33
35
67
TOTAL
8.583
3.854
45
4.898
58
3.685
42
Fuente: Elaboración propia a partir de las cuentas rendidas (Excluidas las EATIM)
Las comunidades autónomas que presentan niveles de rendición en plazo más elevado son: Aragón
(74 %), Comunitat Valenciana (73 %), Galicia (69 %) y Cataluña (62 %). En estas comunidades,
junto con la Comunidad de Madrid, su normativa prevé la prohibición de acceder a subvenciones o
ayudas públicas a aquellas entidades que no se hallen al corriente en la rendición de cuentas. La
efectividad de este tipo de medidas se revela en el impacto positivo inmediato que tienen en la
2
A 1 de diciembre de 2023 habían rendido la cuenta general de 2022, la Diputación Provincial de Córdoba y la de Valladolid.
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 20/12/2023 15
mejora de los índices de rendición cuando se aplican las mismas. Por el contrario, las comunidades
autónomas con peores resultados son Andalucía (13 %), Castilla- La Mancha (23 %) y Región de
Murcia (27 %), y Castilla y León (37 %).
Las comunidades autónomas de Andalucía, Madrid y Castilla y León regulan también la obligación
de rendir la cuenta general de las entidades locales de su territorio al OCEx respectivo,
estableciendo plazos diferentes para la rendición de cuentas de las entidades locales de su territorio.
En estas tres comunidades se establece que la cuenta general se rendirá al OCEx dentro del mes
siguiente al de la fecha límite de aprobación de la cuenta general, es decir, hasta el 31 de octubre
del ejercicio posterior al que aquellas se refieran. Así, se da la circunstancia, para las entidades
locales de estas tres comunidades autónomas, que pueden estar rindiendo a su OCEx dentro del
plazo legal y sin embargo, están incumpliendo la obligación establecida en el art 223.2 TRLRHL.
Las consecuencias de esta doble regulación se observan en el resultado de la rendición de cuentas
de estas comunidades autónomas. En el caso de Madrid, 61 entidades locales rindieron antes del
31 de octubre, pero incumplieron el plazo del TRLRHL, lo que supuso pasar de un porcentaje de
rendición del 31 % al 59 %. En Castilla y León, el número de entidades locales en esta misma
situación fue de 681, incrementando el porcentaje de rendición, respecto al 15 de octubre, 27
puntos. En cuanto a las entidades locales de Andalucía, el efecto es inferior porque el nivel de
rendición es muy bajo; no obstante, fueron 63 entidades las que rindieron la cuenta general de 2022
entre el 15 y el 31 de octubre, lo que suponía una diferencia de siete puntos entre la rendición de
una y otra fecha.
El hecho de que la normativa de estas tres comunidades autónomas establezca para sus entidades
locales un plazo de rendición más amplio y diferente al del TRLRHL, genera una duplicidad
normativa que fomenta el incumplimiento del plazo fijado por el mencionado texto refundido y que
constituye norma básica, pues aunque la norma autonómica regula el plazo de rendición de la
cuenta general para el correspondiente OCEx, no deja sin efecto la previsión del TRLRHL, que es
de aplicación a todas las entidades locales.
El procedimiento de rendición de cuentas ante el Tribunal de Cuentas y el OCEx respectivo es el
mismo y, en virtud de los convenios de colaboración firmados, se da cumplimiento a las obligaciones
ante ambas instituciones mediante un acto único, a través de la Plataforma de rendición de cuentas.
Por todo lo indicado, y para evitar situaciones en las que ante un mismo acto se produzca una
situación de incumplimiento ante el Tribunal de Cuentas y cumplimiento ante el OCEx, el Tribunal
de Cuentas en sus diversos pronunciamientos al respecto, viene recomendado de forma reiterada,
la homogeneización de los plazos de rendición de cuentas de las entidades locales.
La evolución de la rendición de cuentas en plazo por comunidades autónomas, excluido el efecto
producido por las EATIM, se indica en el siguiente gráfico:
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 20/12/2023 16
GRÁFICO 1. EVOLUCIÓN DE LA RENDICIÓN DE CUENTAS EN PLAZO POR CCAA (15 DE
OCTUBRE EJERCICIO SIGUIENTE)
Fuente: Plataforma de rendición de cuentas (Excluidas EATIM)
El dato más destacable de esta evolución ha sido la disminución en todas las comunidades
autónomas, excepto Canarias y La Rioja, de la rendición de cuentas en plazo en 2022 y por lo que
se refiere a la tendencia en los tres últimos años, la única comunidad autónoma que tiene mejora
en sus porcentajes durante todos los ejercicios ha sido Canarias. Por el contrario, la Comunitat
Valenciana, Galicia e Illes Balears, presentan un ligero descenso, si bien son tres de las cuatro
comunidades autónomas con mejores niveles de rendición en plazo.
Los mayores índices de incumplimiento corresponden a las entidades locales situadas en las
comunidades autónomas de Andalucía, que en los tres últimos no rindieron en el plazo más del 20
% de las entidades locales y en Castilla-La Mancha, cuya rendición en plazo no ha superado el 31
%. En el caso de la Comunidad de Madrid, la rendición a 15 de octubre ha sido en los tres últimos
ejercicios muy baja, entre el 31 % y el 32 % del total de entidades locales, si bien un elevado número
010 20 30 40 50 60 70 80 90
Región de Murcia
Principado de Asturias
Madrid
La Rioja
Illes Balears
Galicia
Extremadura
Comunitat Valenciana
Cataluña
Castilla-La Mancha
Castilla y León
Cantabria
Canarias
Aragón
Andalucía
2020 2021 2022
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 20/12/2023 17
de entidades de esta Comunidad Autónoma rinden cuentas entre el 15 y el 31 de octubre, como se
ha indicado anteriormente.
Por otra parte, un número elevado de entidades locales no sólo no han rendido la cuenta del ejercicio
2022, sino que tampoco han rendido la cuenta general en los tres últimos ejercicios. El siguiente
cuadro muestra el número de entidades que han incumplido la obligación de rendir la cuenta general
de los tres últimos ejercicios, por tipo de entidad.
CUADRO 3. ENTIDADES QUE NO HAN RENDIDO LA CUENTA GENERAL DE LOS
EJERCICIOS 2020, 2021 Y 2022
Tipo de Entidad Local
Total Entidades
No
Remitidas
%
Ayuntamiento
7.606
728
10
Más de 1.000.000 h
2
-
-
De 500.001 a 1.000.000 h
4
-
-
De 100.001 a 500.000 h
53
-
-
De 50.001 a 100.000 h
83
6
7
De 20.001 a 50.000 h
250
20
8
De 5.001 a 20.000 h
825
49
6
De 1.001 a 5.000 h
1.689
159
9
De 1 a 1.000 h
4.700
494
11
Diputación provincial
38
-
-
Cabildo Insular/Consejo insular
10
-
-
Comarca
76
2
3
Mancomunidad
832
249
30
Área Metropolitana
3
-
-
Agrupación de Municipios
18
12
67
TOTAL (Sin EATIM)
8.583
988
12
EATIM
3.000
489
16
TOTAL
11.583
1.477
13
Fuente: Elaboración propia a partir de las cuentas rendidas
Tal y como se observa en el cuadro, 1.477 entidades locales -988 si excluimos las EATIM- tienen
pendiente de rendir la cuenta general de los tres últimos ejercicios, destacando que un 10 % de los
ayuntamientos se encontraban en esta situación, siendo el nivel de incumplimiento mayor a medida
que el tamaño de los ayuntamientos disminuye.
Seis ayuntamientos con población mayor de 50.000 habitantes y 20 ayuntamientos mayor de 20.000
habitantes no han cumplido con la obligación de rendir la cuenta general de los ejercicios 2020,
2021 y 2022: son los ayuntamientos de Mijas, Rincón de la Victoria, Torremolinos y Vélez-Málaga
(Málaga), Puerto de Santa María, Arcos de la Frontera, Barbate, Puerto Real y Rota (Cádiz); Cabra
y Puente Genil (Córdoba); Almuñécar, Loja y Maracena (Granada); Cartaya (Huelva); Utrera,
Bormujos, Lebrija, Mairena del Alcor y San Juan de Aznalfarache (Sevilla); Illescas y Seseña
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 20/12/2023 18
(Toledo); Franqueses del Vallés (Barcelona); Castro-Urdiales (Cantabria); Almendralejo (Badajoz),
y La Unión (Murcia)
3
.
Estos ayuntamientos se encuentran, fundamentalmente, en Andalucía (20 ayuntamientos),
perteneciendo el resto a .Castilla-La Mancha (2), Cataluña (1), Cantabria (1), Extremadura (1) y la
Región de Murcia (1).
Todas estas entidades, excepto la situada en Cataluña, se encuentran en comunidades autónomas
que no tienen condicionado la percepción de ingresos públicos a haber cumplido con sus
obligaciones de rendir sus cuentas, lo que subraya la efectividad de este tipo de medidas para
promover el cumplimiento de una obligación esencial para la transparencia de la gestión de los
fondos públicos, como es la rendición de cuentas.
Es especialmente destacable la situación de las mancomunidades, pues 249 mancomunidades, el
30 % del total, no han rendido sus cuentas generales correspondientes a los tres últimos ejercicios.
Si se realiza un análisis territorial, nuevamente se puede observar que, a excepción de Illes Balears,
la mayor parte del incumplimiento se encuentra en comunidades autónomas que no tienen
condicionada la concesión de subvenciones a la rendición de cuentas. Los peores niveles de
rendición en los últimos tres ejercicios se encuentran en Región de Murcia (57 %), Principado de
Asturias (60 %), Castilla- La Mancha (55 %) y Andalucía (56 %) frente a las comunidades autónomas
como Madrid (11 %), Comunitat Valenciana y Cataluña (12 %), seguidos de Aragón, donde que
se aplica este tipo de política condicionada a estar al corriente de las obligaciones de rendición de
cuentas.
Las EATIM, por su parte, tienen un nivel de rendición en plazo bastante inferior a la media, que fue
del 32 % y registran una tendencia decreciente en los últimos ejercicios.
De acuerdo con la serie histórica de datos, únicamente en el ejercicio 2013 se registró un elevado
nivel de rendición de cuentas que alcanzó el 89 %. Este incremento fue consecuencia de la previsión
de la Disposición Transitoria Cuarta de la LRSAL, que estableció que las EATIM existentes
mantenían su personalidad jurídica y la condición de entidad local si presentaban sus cuentas, a los
correspondientes organismos del Estado y de la comunidad autónoma respectiva, antes del 31 de
diciembre de 2014. Al configurarse como una medida aplicable exclusivamente a una fecha
concreta, sin previsión legal de su aplicación a las cuentas de ejercicios posteriores, su efecto se
ha ido diluyendo en los ejercicios posteriores.
Este hecho pone de manifiesto que, en gran medida, la falta de rendición de cuentas de las EATIM
se debe a la falta de interés en cumplir con sus obligaciones y muestra la eficacia de este tipo de
disposiciones, motivo por el cual la Moción relativa a las medidas para promover la rendición de las
cuentas generales y la reducción de los plazos de rendición de cuentas en el sector público local,
propone actualizar la Disposición Transitoria Cuarta de la LRSAL y no restringirla a una fecha
concreta.
Por último, se ha analizado la integridad de las cuentas generales correspondientes a 2022 rendidas
por las entidades locales. Como se ha indicado, la cuenta general de una entidad local está formada
por la cuenta de la propia entidad local, las de organismos autónomos, las de las sociedades
mercantiles de capital íntegramente propiedad de la entidad local y las de las EPE; a las que se
acompañarán, como documentación complementaria, las cuentas anuales de las sociedades
mercantiles en cuyo capital social tenga participación mayoritaria la entidad local y las de las
3
A 1 de diciembre de 2023, el Ayuntamiento de Puerto Real (Cádiz) había rendido la cuenta general de 2020 y el Ayuntamiento de
Franqueses del Vallés (Barcelona) la cuenta general de 2021.
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 20/12/2023 19
sociedades mercantiles e ISFL en las que la entidad local ejerza un control efectivo, así como las
de los consorcios adscritos. Como consecuencia de la falta de rendición de la entidad local, tampoco
se han rendido las cuentas de 1.558 entidades dependientes o adscritas.
Como se ha indicado al inicio del epígrafe, la principal novedad en la rendición de la cuenta general
de 2022 ha sido la inclusión de la cuenta anual consolidada. La Orden HAC/836/2021, de 9 de julio,
que, en aplicación de lo señalado por el artículo 219.4 del TRLRHL, que aprueba las normas para
la elaboración de cuentas anuales consolidadas en el ámbito del sector público local, entró en vigor
el 1 de enero de 2022 y ha establecido una aplicación progresiva de la misma. Los ayuntamientos
de municipios con población superior a 50.000 habitantes y las entidades supramunicipales deben
formar cuentas consolidadas a partir del 1 de enero de 2022, por lo que son estas entidades las que
han tenido que incluir en la cuenta general de 2022 su cuenta anual consolidada. A partir del 1 de
enero 2024 lo tendrán que hacer el resto de las entidades locales que estén obligadas a formarlas
de acuerdo con las normas de consolidación.
El siguiente cuadro muestra el número de ayuntamientos de municipios con población superior a
50.000 habitantes y entidades supramunicipales que tenían entidades dependientes y, de los que
han rendido la cuenta general de 2022 a 31 de octubre, se indica el número que han presentado
cuenta consolidada:
CUADRO 4. NIVEL DE RENDICIÓN DE LAS CUENTAS CONSOLIDADAS, EJERCICIO 2022.
Tipo de Entidad Local
Total
Entidades
Rendidas
%
Consolidadas
%
No
consolidadas
%
Ayuntamiento
136
77
57
36
47
41
53
Más de 1.000.000 h
2
1
50
1
100
0
0
De 500.001 a 1.000.000 h
4
3
75
2
67
1
33
De 100.001 a 500.000 h
52
32
62
15
47
17
53
De 50.001 a 100.000 h
78
41
53
18
44
23
56
Diputación provincial
37
25
68
13
52
12
48
Cabildo Insular/Consejo insular
10
5
50
0
0
5
100
Comarca
37
24
65
6
25
18
75
Mancomunidad
25
10
40
2
20
8
80
Área Metropolitana
2
2
100
0
0
2
100
TOTAL
247
143
58
57
40
86
60
Fuente: Elaboración propia a partir de las cuentas rendidas
Como se puede observar, el nivel de presentación de cuentas consolidadas ha sido, igualmente,
muy reducido. De las 247 entidades que estaban obligadas a elaborar las cuentas consolidadas
para el ejercicio 2022, el 58 % de ellas habían rendido la cuenta general. De estas, sólo el 40 %
cumplió con la obligación de elaboración de la cuenta anual consolidada. En el caso de los cabildos
y consejos insulares y las áreas metropolitanas ninguno había rendido la cuenta general con la
cuenta consolidada.
En el proceso de rendición de cuentas, entre las entidades locales que han rendido la cuenta general
de 2022 sin incluir las cuentas anuales consolidadas, el 67 % no han indicado ningún motivo de su
falta de remisión, el 8 % han argumentado que no han elaborado cuentas consolidadas al considerar
que sus entidades dependientes tienen poco interés significativo, tanto individualmente o en su
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 20/12/2023 20
conjunto, lo cual constituye una causa recogida en la Orden HAC/836/2021 de dispensa de la
obligación de formar cuentas anuales consolidadas, y el 25 % de ellas han informado que la falta
de programas contables e informáticos les ha impedido elaborar cuentas consolidadas.
Este resultado muestra que el proceso de formación de cuentas anuales consolidadas se ha iniciado
en este ejercicio con grandes carencias y que las entidades locales, de forma mayoritaria, no
estaban adecuadamente preparadas para su elaboración y remisión al Tribunal de Cuentas y OCEx.
III. CUMPLIMIENTO DE LA REMISIÓN DE LA INFORMACIÓN DE CONTRATACIÓN PÚBLICA
La contratación pública constituye uno de los ámbitos más relevantes, tanto desde la perspectiva
de las actividades desempeñadas por las entidades locales, con el propósito de satisfacer el interés
público, como por su vinculación con la gestión de un considerado volumen de recursos públicos.
En el marco de su función de fiscalización, el Tribunal de Cuentas otorga especial énfasis a la
contratación en el ámbito del sector público, realizando actuaciones recurrentes de fiscalización de
la actividad contractual en el ámbito local.
En virtud del artículo 40.2 de la LFTCu, las entidades locales deben enviar al Tribunal de Cuentas,
antes del fin del mes de febrero, una relación anual de todos los contratos celebrados en el ejercicio
precedente.
A su vez, el artículo 335 de la LCSP regula la obligación de remitir al Tribunal de Cuentas o, en su
caso, al OCEX correspondiente, dentro de los tres meses siguientes a la formalización del contrato,
y para el ejercicio de su función fiscalizadora, una copia certificada del documento de formalización
del contrato, acompañada de un extracto del expediente del que se derivase, siempre que la cuantía
exceda de determinados importes, que varían según el tipo de contrato.
Además, recogiendo la previsión del artículo 40.2 de la LFTCu, la LCSP prevé que se remitirá una
relación del resto de contratos celebrados incluyendo los contratos menores, excepto aquellos que
siendo su importe inferior a cinco mil euros se satisfagan a través del sistema de anticipo de caja
fija u otro sistema similar para realizar pagos menores.
Para dar cumplimiento a estas obligaciones, el Pleno del Tribunal de Cuentas aprobó el 28 de junio
de 2018, la Instrucción relativa a la remisión telemática al Tribunal de Cuentas de los extractos de
los expedientes de contratación y de las relaciones anuales de los contratos celebrados por las
entidades y entes del Sector Público Local al amparo de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de
Contratos del Sector Público, que concreta la información y documentación contractual que han de
remitir las entidades y entes del Sector Público Local en cumplimiento de la LCSP y del artículo 40
de la LFTCu, así como el procedimiento y el medio para llevarlo a cabo a través de la Plataforma
de Entidades Locales.
De acuerdo con estas disposiciones, anualmente, y dentro de los dos primeros meses de cada
ejercicio, las entidades locales deberán remitir las relaciones certificadas comprensivas de los
contratos celebrados en el ejercicio precedente y dentro de los tres meses siguientes a la
formalización de cada contrato o acuerdo marco, habrá de enviar copia del documento de
formalización acompañada del extracto del expediente del contrato siempre que el precio de
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 20/12/2023 21
adjudicación del contrato o, en el caso de los acuerdos marco, su valor estimado, excedan de
determinadas cuantías
4
.
Con el fin de facilitar a las entidades locales el cumplimiento de esta obligación, en 2022 la
Plataforma de Rendición de Cuentas de Entidades Locales se ha conectado a la Plataforma de
Contratación del Sector Público (PCSP) y pone a disposición de las entidades locales los datos de
los contratos adjudicados obrantes en la PCSP. De esta manera, se automatiza el proceso de
cumplimentación de datos en la Plataforma y, además, se mejora la calidad de la información que
envían las entidades locales y reduce discrepancias entre los datos existentes en ambos sistemas.
En este Informe se ofrece el resultado del grado de cumplimiento en plazo, por las entidades del
sector público local, de sus obligaciones legalmente establecidas de presentar tanto las relaciones
anuales de contratos, como los extractos de los expedientes de contratación correspondientes a los
contratos formalizados durante el ejercicio 2022.
El cumplimiento de las entidades locales en la remisión en el plazo legal de las relaciones de
contratos correspondientes a 2022 es muy reducido, únicamente lo hicieron el 40 % de ellas, tal y
como se indica en el siguiente cuadro:
4
600.000 euros para los contratos de obras, de concesión de obras y de concesión de servicios.
450.000 euros para los contratos de suministro.
150.000 euros para los contratos de servicio y administrativos especiales.
600.000 euros para los acuerdos marco.
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 20/12/2023 22
CUADRO 5. ENTIDADES QUE HAN REMITIDO LA INFORMACIÓN SOBRE CONTRATACIÓN
PÚBLICA RELATIVA AL EJERCICIO 2022, POR TIPO DE ENTIDAD
Tipo de Entidad Local
Total
Entidades
Relaciones de contratos remitidos del ejercicio 2022
En Plazo (28/02/2023)
Total a 11/09/2023
N.º
%
N.º
%
Ayuntamiento
7.606
3.706
49
4.494
59
Más de 1.000.000 h.
2
1
50
2
100
Entre 500.001 y 1.000.000 h.
4
3
75
4
100
Entre 100.001 y 500.000 h.
53
29
55
45
85
Entre 50.001 y 100.000 h.
83
54
65
73
88
Entre 20.001 y 50.000 h.
250
15
63
211
84
Entre 5.001 y 20.000 h.
825
428
52
571
69
Entre 1.001 y 5.000 h.
1.689
823
49
1.055
62
Entre 1 y 1.000 h.
4.700
2.210
47
2.533
54
Diputación provincial
38
21
55
32
84
Cabildo/Consejo Insular
10
7
70
10
100
Comarca
76
57
75
63
83
Mancomunidad
832
282
34
342
41
Área Metropolitana
3
2
67
3
100
Agrupación de Municipios
18
5
28
5
28
TOTAL (Sin EATIM)
8.583
4.080
48
4.949
58
EATIM
3.000
506
17
987
33
TOTAL
11.583
4.586
40
5.936
51
Fuente: Plataforma de rendición de cuentas
Las entidades locales que remitieron las relaciones anuales de contratos de 2022 fueron 4.586 y
comunicaron un total de 814.117 contratos, de los cuales 60.722 eran contratos mayores y 753.395
correspondían a contratos menores.
De acuerdo con el resultado reflejado en cuadro, se observan niveles de cumplimiento muy
heterogéneos según el tipo de entidad y, en el caso de los ayuntamientos, del tramo de población.
Así, el 70 % de los cabildos y consejos insulares remitieron en plazo sus relaciones de contratos de
2022 y a fecha de cierre de los trabajos de fiscalización, todos ellos habían cumplido con el envío
de dicha relación anual. Sin embargo, el nivel de cumplimento en plazo de las diputaciones
provinciales fue significativamente más reducido, situándose en el 55 %, y el de otras entidades
supramunicipales, como las mancomunidades, descendía al 34 %.
Entre los ayuntamientos los resultados muestran que, el porcentaje medio de cumplimiento en plazo
fue del 49 %; en el caso los ayuntamientos de municipios entre 500.001 y 1.000.000 habitantes, el
75 % lo hicieron en el plazo legal.
El cumplimiento de esta obligación a fecha de elaboración del informe, tampoco registra un aumento
destacable, siete meses después del vencimiento del plazo, únicamente el 51 % de las entidades
locales remitieron sus relaciones anuales de contratos, resultado que refleja una falta de
cumplimiento mayoritaria de esta obligación, con las excepciones de las áreas metropolitanas, los
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 20/12/2023 23
cabildos y consejos insulares y los ayuntamientos de población comprendida superior a 500.000,
que todos ellos, a esta fecha, habían dado cumplimiento a esta obligación.
En el caso de las EATIM, de la misma forma que ocurre con el resto de sus obligaciones, el nivel
de cumplimiento fue muy reducido; el 17 % enviaron las relaciones en el plazo legal y el 33 % al
cierre de los trabajos de fiscalización.
Resulta de especial relevancia que 140 ayuntamientos, todos ellos con población inferior a 5.000
habitantes, y 655 EATIM certificaron que no habían formalizado ningún contrato ni tramitado ningún
contrato menor en 2022. Igualmente, 96 mancomunidades informaron que no realizaron ningún tipo
de contratación en 2022.
No obstante, se aprecia una mejora respecto a la información remitida el ejercicio anterior, pues en
el ejercicio 2021, 791 ayuntamientos comunicaron no haber celebrado ningún tipo de contrato, una
cifra muy superior a la registrada en 2022. Esta disminución podría deberse a la conexión de la
Plataforma con la PCSP, que automatiza la carga de los datos publicados en el perfil de contratante,
facilita el cumplimiento de la obligación, a la vez que impide que una entidad en la que constan
contratos publicados pueda remitir una certificación manifestando que no ha celebrado contratos.
En el ejercicio 2022 un total de 3.634 entidades y 2.013 EATIM no han remitido la relación anual de
contratos, tal y como se indica en el siguiente cuadro:
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 20/12/2023 24
CUADRO 6. ENTIDADES QUE NO HAN REMITIDO LA RELACIÓN ANUAL DE CONTRATOS
DE 2022
Tipo de Entidad Local
Total
Entidades
No
Remitidas
(11/09/2023)
%
Ayuntamiento
7.606
3.112
41
Más de 1.000.000 h
2
-
-
De 500.001 a 1.000.000 h
4
-
-
De 100.001 a 500.000 h
53
8
15
De 50.001 a 100.000 h
83
10
12
De 20.001 a 50.000 h
250
39
16
De 5.001 a 20.000 h
825
254
31
De 1.001 a 5.000 h
1.689
634
38
De 1 a 1.000 h
4.700
2.167
46
Diputación provincial
38
6
16
Cabildo/Consejo Insular
10
-
-
Comarca
76
13
17
Mancomunidad
832
490
59
Área Metropolitana
3
-
-
Agrupación de Municipios
18
13
72
TOTAL (Sin EATIM)
8.583
3.634
42
EATIM
3.000
2.013
67
TOTAL
11.583
5.647
49
Fuente: Plataforma de rendición de cuentas
Tal y como se detalla en el cuadro, un total de 57 ayuntamientos mayores de 20.000 habitantes, 6
diputaciones provinciales, 13 comarcas y otras 13 agrupaciones de municipios no remitieron la
información de los contratos correspondientes al ejercicio 2022.
Los ayuntamientos de Cádiz, Burgos, Alcorcón, Huelva, Valladolid, Jaén, Móstoles y Salamanca
con población mayor de 100.000 habitantes; los de Palencia, El Ejido, Estepona, Mijas, Ferrol,
Sanlúcar de Barrameda, Rincón de la Victoria, Chiclana de la Frontera, Motril y Santiago de
Compostela, con población mayor a 50.000, así como las Diputaciones de Cuenca, Huelva, Ávila,
Burgos, Málaga y León, son las entidades locales incumplidoras de mayor tamaño
5
.
Se ha analizado la integridad de la información remitida por las entidades locales y del total de
entidades principales con entidades dependientes y que han remitido la relación de contratos, 14
entidades no incluyeron la relación de contratos de 20 entidades dependientes. Por tanto, con
carácter general, las entidades locales que remiten información, también lo hacen de sus entidades
dependientes.
El análisis del cumplimiento de la obligación de remitir las relaciones de contratos de 2022 por
comunidades autónomas refleja también resultados muy dispares:
5
A 1 de diciembre de 2023 habían remitido la relación de contratos, los Ayuntamientos de Alcorcón y Móstoles (Madrid), así como la
Diputación de León.
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 20/12/2023 25
CUADRO 7. REMISIÓN DE LA RELACIÓN ANUAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA DEL
EJERCICIO 2022, POR COMUNIDAD AUTÓNOMA
Comunidad
Autónoma
Total
Entidades
Relaciones de Contratos remitidos del
ejercicio 2022
No Remitidas
En Plazo
Total a 11/09/2023
N.º
%
N.º
%
N.º
%
Andalucía
859
248
29
349
41
510
59
Aragón
807
526
65
612
76
195
24
Canarias
104
60
58
99
95
5
5
Cantabria
125
56
45
70
56
55
44
Castilla y León
2.528
1.269
50
1.388
55
1.140
45
Castilla-La Mancha
1.043
310
30
392
38
651
62
Cataluña
1.051
596
57
596
57
455
43
Comunitat Valenciana
613
391
64
597
97
16
3
Extremadura
450
182
40
229
51
221
49
Galicia
351
135
38
238
68
113
32
Illes Balears
75
43
57
54
72
21
28
La Rioja
209
87
42
96
46
113
54
Comunidad de Madrid
223
100
45
137
61
86
39
Principado de Asturias
93
54
58
61
66
32
34
Región Murcia
52
23
44
31
60
21
40
TOTAL
8.583
4.080
48
4.949
58
3.634
42
Fuente: Plataforma de rendición de cuentas (Excluidas EATIM)
En relación con el nivel de cumplimiento en plazo por comunidad autónoma, destacan Aragón con
un 65 %, seguido de la Comunitat Valenciana con un 64 %, el Principado de Asturias y Canarias
con un 58 % e Illes Balears y Cataluña con un 57 %. El resto de las comunidades autónomas han
rendido por debajo del 50 %, siendo especialmente bajos los niveles de Andalucía (29 %) y Castilla-
La Mancha con un 30 %.
A fecha de elaboración del informe, los niveles de cumplimiento mejoran sustancialmente en el caso
la Comunitat Valenciana y Canarias, llegando al 97 % y 95 % respectivamente, mientras que las
entidades de Castilla-La Mancha (38 %), Andalucía (41 %) y La Rioja (46 %) siguen con niveles que
no superan el 50 %.
Si se observa la evolución en el porcentaje de las entidades locales que remitieron las relaciones
anuales de contratos en el plazo legal, se deduce que el bajo cumplimiento es constante durante
los tres últimos ejercicios:
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 20/12/2023 26
GRÁFICO 2. NIVEL DE CUMPLIMIENTO EN PLAZO DE LA REMISIÓN DE LAS RELACIONES
ANUALES DE CONTRATOS, POR CCAA
Fuente: Plataforma de rendición de cuentas
En los últimos tres ejercicios la media de cumplimiento en plazo fue del 41 % en el 2020, el 43 %
en el 2021 y el 48 % en el ejercicio 2022. El porcentaje de entidades locales que en 2022 remitieron
las relaciones anuales de contratos en plazo se ha incrementado respecto al ejercicio anterior y es
siete puntos superiores al registrado en 2020. Como se ha indicado, en el año se ha implementado
la conexión entre la Plataforma y la PCSP, que supone una mayor facilidad en la cumplimentación
de la información a remitir y ayuda a mejorar el cumplimiento de esta obligación.
Si se analiza el resultado individualizado por comunidad autónoma, se observa que han mejorado
o se ha mantenido el nivel de cumplimiento en plazo de la información relativa al ejercicio 2022
respecto de la del ejercicio 2021 de todas las comunidades, a excepción de Illes Balears y Región
de Murcia. Por su parte, las comunidades autónomas que han mostrado una tendencia creciente,
en todos los ejercicios, desde 2020, han sido Canarias pasando de un 36 % al 58 %, Comunitat
Valenciana, del 31 % al 64 %, Galicia, del 18 % al 38 % y Madrid, del 26 % al 45 %. Caso contrario,
010 20 30 40 50 60 70 80
Región de Murcia
Principado de Asturias
Madrid
La Rioja
Illes Balears
Galicia
Extremadura
Comunitat Valenciana
Cataluña
Castilla-La Mancha
Castilla y León
Cantabria
Canarias
Aragón
Andalucía
2020 2021 2022
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 20/12/2023 27
han sido Illes Balears, del 60 % al 57 % y Región de Murcia, pasando del 46 % al 44 %, donde la
tendencia ha sido decreciente en los tres últimos años.
Además de la situación reflejada en el ejercicio 2022, existe un número elevado de entidades locales
que incumplen de manera reiterada la obligación de remitir las relaciones anuales de contratos. Un
total de 3.634 entidades, el 73 % de las entidades locales que incumplieron con la obligación de
remitir la relación de contratos de 2022, tampoco han remitido la relación de contratos de los
ejercicios 2020 y 2021. En el siguiente cuadro se detalla esta situación clasificada por tipo de entidad
y tramo de población:
CUADRO 8. ENTIDADES QUE NO HAN REMITIDO LA RELACIÓN ANUAL DE CONTRATOS
DE LOS EJERCICIOS 2020, 2021 Y 2022
Tipo de Entidad Local
Total
Entidades
No
Remitidas
%
Ayuntamiento
7.606
1.866
25
Más de 1.000.000 h
2
-
-
De 500.001 a 1.000.000 h
4
-
-
De 100.001 a 500.000 h
53
2
4
De 50.001 a 100.000 h
83
4
5
De 20.001 a 50.000 h
250
16
6
De 5.001 a 20.000 h
825
125
15
De 1.001 a 5.000 h
1.689
387
23
De 1 a 1.000 h
4.700
1.332
28
Diputación provincial
38
1
3
Cabildo/Consejo Insular
10
-
-
Comarca
76
11
14
Mancomunidad
832
346
42
Área Metropolitana
3
-
-
Agrupación de Municipios
18
12
67
TOTAL (Sin EATIM)
8.583
2.236
26
EATIM
3.000
1.107
37
TOTAL
11.583
3.343
29
Fuente: Plataforma de rendición de cuentas
Los ayuntamientos de Burgos, Salamanca, Mijas, El Ejido, Ferrol, Motril y la Diputación Provincial
de Málaga, a fecha de elaboración de este informe, no habían remitido la información relativa a la
contratación administrativa en ninguno de los tres últimos ejercicios.
Cabe destacar, igualmente, que el 42 % de las mancomunidades incumplen sistemáticamente su
obligación de remisión de la información, porcentaje superior a la de las entidades de ámbito inferior
al municipio, con unos recursos y medios muy inferiores, que se sitúan en un 37 %.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 335 de la LCSP, las entidades locales están obligadas
a remitir al Tribunal de Cuentas o, en su caso, al OCEX correspondiente, dentro de los tres meses
siguientes a la formalización, los extractos de los expedientes de aquellos contratos
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 20/12/2023 28
formalizados en el ejercicio 2022 sujetos a la LCSP cuyo precio de adjudicación del contrato o,
en el caso de acuerdos marco, el valor estimado, excediera de 600.000 euros, tratándose de obras,
concesiones de obras, concesiones de servicios y acuerdos marco; de 450.000 euros, tratándose
de suministro, y de 150.000 euros, tratándose de contratos de servicios y administrativos especiales.
El cumplimiento de esta obligación, de acuerdo con lo señalado en la Instrucción del Tribunal de
Cuentas de 28 de junio de 2018, debe realizarse a través de la Plataforma de Rendición de Cuentas.
La conexión entre la Plataforma y la PCSP también ha afectado positivamente al cumplimiento de
la obligación de envío de los extractos del expediente de contratación, habiendo simplificado el
contenido de la información y documentación a remitir y automatizado el procedimiento mediante la
incorporación en la Plataforma de la información correspondiente a los expedientes publicados en
el perfil del contratante.
En el ejercicio 2022 se recibieron un total de 3.619 extractos de expedientes, de ellos, el 36 %,
correspondientes a 1.313 extractos han sido remitidos en plazo. En el siguiente cuadro se detalla
esta información:
CUADRO 9. EXPEDIENTES DE CONTRATACIÓN PÚBLICOS
Tipo de Entidad Local
Principales
OA
EPE
Consorcio
Fundación
SM
En Plazo
Fuera
Plazo*
N.º
%
N.º
%
Ayuntamiento
2.346
116
0
8
9
475
1.046
35
1.908
65
Diputación provincial
330
18
0
27
3
18
163
41
233
59
Cabildo
103
31
2
9
3
36
75
41
109
59
Consejo Insular
30
11
0
5
7
0
17
32
36
68
Comarca
8
-
-
-
-
-
3
38
5
63
Mancomunidad
10
0
0
0
0
14
9
38
15
63
TOTAL
2.827
176
2
49
22
543
1.313
36
2.306
64
* Fecha de cierre de los trabajos de fiscalización 11/09/2023
Fuente: Plataforma de rendición de cuentas
La mayoría de las entidades locales, el 64 %, remitieron los extractos de los expedientes una vez
transcurridos tres meses de la formalización del contrato, con un retraso medio de 143 días. De los
extractos de expedientes fuera de plazo el 83 % corresponde a ayuntamientos, mientras que a
diputaciones el 10 %, cabildos y consejos insulares un 6 %.
Con el fin de verificar que las entidades locales cumplen con la obligación legal prevista en el artículo
335 de la LCSP, se ha procedido a realizar el cruce de la información remitida a través de las
relaciones anuales de contratos con la de los expedientes efectivamente enviados. El resultado se
refleja en el cuadro siguiente:
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 20/12/2023 29
CUADRO 10. CONTRATOS FORMALIZADOS EN EL EJERCICIO 2022, COMUNICADOS EN
LAS RELACIONES ANUALES, DE LOS QUE NO CONSTA EL ENVÍO PRECEPTIVO DEL
EXPEDIENTE, POR TIPO DE ENTIDAD
Tipo de Entidad
Local
Entidad
Principal
Consorcio
Entidad
Pública
Empresarial
Fundación
Organismo
Autónomo
Sociedad
mercantil
TOTAL
Ayuntamiento
602
2
3
4
56
154
821
Cabildo Insular
125
14
9
3
36
54
241
Consejo Insular
37
5
-
7
11
1
61
Diputación provincial
433
55
-
12
31
26
557
TOTAL
1.197
76
12
26
134
235
1.680
Fuente: Plataforma de rendición de cuentas
Como resultado de las comprobaciones efectuadas, se han detectado un total de 1.680 contratos
que se incorporaron en la relación anual de contratos, y de los que no se habían remitido el
correspondiente extracto al Tribunal de Cuentas o, en su caso, al OCEX, debiendo haber sido
enviados por su cuantía. Este número de contratos representa el 32 % de los que debían haberse
remitido.
IV. CUMPLIMIENTO DE LA REMISIÓN DE LA INFORMACIÓN DE CONVENIOS
Los convenios, regulados en los art. 47 a 53 de la LRJSP, son acuerdos con efectos jurídicos
adoptados por las Administraciones Públicas, los organismos públicos y otras entidades de derecho
público, vinculadas o dependientes, o las Universidades públicas, entre sí o con sujetos de derecho
privado, para la consecución de un fin común. A efectos de su control, el art. 53 LRJSP establece
que dentro de los tres meses siguientes a la suscripción de cualquier convenio cuyos compromisos
económicos asumidos superen los 600.000 euros, estos deberán remitirse electrónicamente al
Tribunal de Cuentas u órgano externo de fiscalización de la Comunidad Autónoma, según
corresponda. Para hacer efectiva esta obligación, el Tribunal de Cuentas aprobó el 24 de noviembre
de 2016, la Instrucción relativa a la remisión telemática al Tribunal de Cuentas de convenios y de
relaciones anuales de los celebrados por las entidades del sector público local.
Atendiendo a este marco normativo, las entidades del sector público local deben enviar, dentro de
los tres meses siguientes a su suscripción, la información y documentación de aquellos convenios
cuyos compromisos económicos asumidos superen los 600.000 euros, incluyendo el documento de
formalización, acompañado de la correspondiente memoria justificativa.
Además, deben comunicar las modificaciones, prórrogas o variaciones de plazos, la alteración de
los importes de los compromisos económicos asumidos, y la extinción de los convenios
anteriormente referidos.
Una vez concluido el ejercicio correspondiente, antes de que concluya el mes de febrero del ejercicio
siguiente al que se refiera, las entidades locales también deberán remitir una relación certificada
comprensiva de los convenios formalizados por ellas y sus entidades dependientes en el ejercicio
anterior, cualquiera que fuera su importe y el régimen jurídico al que estén sometidas. En caso de
no haber celebrado convenios, deberán remitir la correspondiente certificación negativa.
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 20/12/2023 30
En el examen de este apartado no se ha integrado la información correspondiente a los convenios
de las entidades locales de Cataluña, pues dicha información se recibe de la Sindicatura de Cuentas
de Cataluña con una estructura que no permite su agregación con el resto de los datos que se
remiten a través de la Plataforma de Rendición de Cuentas.
Las entidades locales de manera generalizada no cumplen con la obligación de remitir las relaciones
de convenios en plazo, para las relaciones de 2022, únicamente lo hizo el 29 %, tal y como se
expone en el cuadro siguiente:
CUADRO 11. ENTIDADES QUE HAN REMITIDO LAS RELACIONES DE CONVENIOS DEL
EJERCICIO 2022, POR TIPO DE ENTIDAD
Tipo de Entidad Local
Total
Entidades
Convenios remitidos del ejercicio 2022
En Plazo (28/02/2023)
Total a 11/09/2023
N.º
%
N.º
%
Ayuntamiento
6.659
2.339
35
2.809
42
Más de 1.000.000 h.
1
1
100
1
100
Entre 500.001 y 1.000.000 h.
4
3
75
3
75
Entre 100.001 y 500.000 h.
43
12
28
17
40
Entre 50.001 y 100.000 h.
71
22
31
28
39
Entre 20.001 y 50.000 h.
206
74
36
102
50
Entre 5.001 y 20.000 h.
679
198
29
267
39
Entre 1.001 y 5.000 h.
1.439
516
36
625
43
Entre 1 y 1.000 h.
4.216
1.513
36
1.766
42
Diputación provincial
34
16
47
23
68
Cabildo/Consejo Insular
10
8
80
10
100
Comarca
34
17
50
21
62
Mancomunidad
775
220
28
258
33
Área Metropolitana
2
1
50
2
100
Agrupación de Municipios
18
4
22
5
28
TOTAL (Sin EATIM)
7.532
2.605
35
3.128
42
EATIM
2.935
435
15
627
21
TOTAL
10.467
3.040
29
3.755
36
Fuente: Plataforma de rendición de cuentas
Las entidades locales que remitieron las relaciones anuales de convenios de 2022 en plazo fueron
3.040 y al cierre de los trabajos de fiscalización apenas se produjeron modificaciones, puesto que
lo hicieron 3.755, el 36 % del total de entidades locales. Estas entidades comunicaron un total de
20.204 convenios.
En el caso de los ayuntamientos, de los cinco mayores de 500.000 habitantes, enviaron en plazo la
relación de convenios cuatro de ellos, mientras que el Ayuntamiento de Sevilla, a fecha de cierre de
los trabajos de fiscalización continuaba sin remitir la información; en los tramos de población entre
100.001 y 500.000 habitantes y 5.001 y 20.000 habitantes, no superan el 30 % los que lo hicieron
en el plazo legal establecido. En el mes de septiembre este porcentaje tampoco es muy significativo,
ya que no supera el 40 %. Entre los ayuntamientos más pequeños, son también un número reducido
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 20/12/2023 31
los que envían sus relaciones de convenios. Por tanto, hay un nivel generalizado de incumplimiento
de esta obligación muy elevado, y muy alto entre ayuntamientos de mayor población.
En el caso de las diputaciones, el 47 % remitió la relación de convenios en plazo y el 68 % lo hicieron
hasta septiembre de 2023. El cumplimiento entre los cabildos y consejos insulares fue mayor, el 80
% lo hizo en plazo y al cierre de los trabajos de fiscalización todos ellos habían cumplido con la
obligación prevista en la LRJSP.
Como ocurre con el resto de las obligaciones objeto de análisis en este Informe, el nivel de
cumplimiento en el caso de las mancomunidades es también muy bajo, el 28 % remitió la
información en plazo y seis meses después de haber vencido el plazo, el 33 %.
Por lo que se refiere a las EATIM, el nivel de cumplimiento es especialmente reducido, al igual que
ocurre con las relaciones de contratos, registrándose un 15 % de envíos en plazo y un 21 % al cierre
de los trabajos de fiscalización.
Por otra parte, se ha analizado la integridad de la información remitida por las entidades locales y
del total de entidades principales con entidades dependientes y que han remitido la relación de
convenios. Las 3.129 entidades locales que remitieron la relación de convenios de 2022 tenían 927
entidades dependientes, de las que no remitieron la relación de convenios de 22 de ellas, un 2 %
del total. Se trata de un porcentaje muy pequeño, por lo que las entidades locales que remiten las
relaciones de convenios lo hacen con carácter general de manera completa, remitiendo la
información correspondiente a todas sus entidades dependientes.
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 20/12/2023 32
La situación general sobre el nivel de incumplimiento en el envío de las relaciones de convenios es
el que se refleja en el siguiente cuadro:
CUADRO 12. ENTIDADES QUE NO HAN REMITIDO LA RELACIÓN ANUAL DE CONVENIOS
DE 2022
Tipo de Entidad Local
Total
Entidades
No
Remitidas
%
Ayuntamiento
6.659
3.850
58
Más de 1.000.000 h
1
-
-
De 500.001 a 1.000.000 h
4
1
25
De 100.001 a 500.000 h
43
26
60
De 50.001 a 100.000 h
71
43
61
De 20.001 a 50.000 h
206
104
50
De 5.001 a 20.000 h
679
412
61
De 1.001 a 5.000 h
1.439
814
57
De 1 a 1.000 h
4.216
2.450
58
Diputación provincial
34
11
32
Cabildo/Consejo Insular
10
-
-
Comarca
34
13
38
Mancomunidad
775
517
67
Área Metropolitana
2
-
-
Agrupación de Municipios
18
13
72
TOTAL (Sin EATIM)
7.532
4.404
58
EATIM
2.935
2.308
79
TOTAL
10.467
6.712
64
Fuente: Plataforma de rendición de cuentas
El resultado del cuadro anterior refleja que 70 ayuntamientos mayores de 50.000 habitantes no
cumplen con la obligación de remitir la relación anual de convenios del ejercicio 2022, entre los que
se encuentran 27 ayuntamientos mayores de 100.000 habitantes, Anexo III.
También destaca el alto número de diputaciones, 15, que no han cumplido con la obligación de
remitir las relaciones de convenios, que son las diputaciones de Ávila, Burgos, Salamanca y Soria
6
,
en Castilla y León; Badajoz, en Extremadura; Cádiz, Huelva, Jaén, Málaga y Sevilla, en Andalucía;
y Castellón, en la Comunidad Valenciana.
El análisis del cumplimiento de la obligación de remitir las relaciones de convenios de 2022 por
comunidades autónomas, para el conjunto de entidades locales sin considerar las EATIM, registra
el siguiente resultado:
6
A 1 de diciembre de 2023, la Diputación de Soria había remitido la relación de convenios del ejercicio 2022.
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 20/12/2023 33
CUADRO 13. REMISIÓN DE LA RELACIÓN ANUAL DE CONVENIOS DEL EJERCICIO 2022,
POR COMUNIDAD AUTÓNOMA
Comunidad
Autónoma
Total
Entidades
Relaciones de convenios remitidos de 2022
No remitidos
En Plazo
Total a 11/09/2023
N.º
%
N.º
%
N.º
%
Andalucía
859
151
18
180
21
679
79
Aragón
807
441
55
554
69
253
31
Canarias
104
57
55
103
99
1
1
Cantabria
125
52
42
57
46
68
54
Castilla y León
2.528
891
35
964
38
1.564
62
Castilla-La Mancha
1.043
272
26
343
33
700
67
Comunitat Valenciana
613
268
44
343
56
270
44
Extremadura
450
139
31
178
40
272
60
Galicia
351
89
25
126
36
225
64
Illes Balears
75
40
53
49
65
26
35
La Rioja
209
89
43
96
46
113
54
Comunidad de Madrid
223
55
25
66
30
157
70
Principado de Asturias
93
41
44
45
48
48
52
Región Murcia
52
20
38
24
46
28
54
TOTAL
7.532
2.605
35
3.128
42
4.404
58
Fuente: Plataforma de rendición de cuentas
En relación con el nivel de cumplimiento en plazo por comunidad autónoma, tan sólo Illes Balears,
Canarias y Aragón que tienen un nivel de cumplimiento en plazo ligeramente superior al 50 %. Son
especialmente bajos los niveles de cumplimiento en plazo de Andalucía, Galicia, Madrid y Castilla-
La Mancha, que no superan el 26 %.
A fecha de elaboración del informe, los niveles de cumplimiento mejoran sustancialmente en el caso
de Canarias, donde el 99 % de las entidades locales han remitido la relación anual de contratos
correspondiente a 2022.
La evolución en el porcentaje de cumplimiento de las entidades locales durante los tres últimos
ejercicios refleja un comportamiento diferente entre unas comunidades y otras:
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 20/12/2023 34
GRÁFICO 3. EVOLUCIÓN EN EL NIVEL DE CUMPLIMIENTO EN PLAZO DE LA REMISIÓN DE
LAS RELACIONES ANUALES DE CONVENIOS, POR CCAA
Fuente: Plataforma de rendición de cuentas (Excluidas EATIM).
En el ejercicio 2020 el 24 % de las entidades locales remitieron relaciones anuales de convenios en
el plazo establecido por la normativa, en 2021 este porcentaje se elevó al 31 % y en 2022 ha
continuado ascendiendo, alcanzando el 35 % del total. Si bien son datos muy bajos, la tendencia
muestra un incremento de 11 puntos porcentuales con respecto a 2020 y 4 con respecto a 2021.
Por comunidades autónomas cabe destacar que casi todas ellas han incrementado su nivel de
remisión de las relaciones anuales de convenios a lo largo de los ejercicios (Canarias, Valencia,
Galicia, Asturias, La Rioja, Madrid y Aragón), otras comunidades autónomas (Cantabria, Castilla y
León Castilla la Mancha y Andalucía) tienen un incremento más moderado, salvo Murcia e Illes
Balears en el que su nivel de remisión se ha reducido.
Además de la situación reflejada en el ejercicio 2022, existe también, un número elevado de
entidades locales que incumplen de manera reiterada la obligación de remitir las relaciones anuales
de convenios. En el siguiente cuadro se detalla esta situación clasificada por tipo de entidad y tramo
de población:
010 20 30 40 50 60 70
Región de Murcia
Principado de Asturias
Madrid
La Rioja
Illes Balears
Galicia
Extremadura
Comunitat Valenciana
Castilla-La Mancha
Castilla y León
Cantabria
Canarias
Aragón
Andalucía
2020 2021 2022
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 20/12/2023 35
CUADRO 14. ENTIDADES QUE NO HAN REMITIDO LA RELACIÓN ANUAL DE CONVENIOS
DE LOS EJERCICIOS 2020, 2021 Y 2022
Tipo de Entidad Local
Total
Entidades
No
Remitidas
%
Ayuntamiento
6.659
2.711
41
Más de 1.000.000 h
1
0
0
De 500.001 a 1.000.000 h
4
1
25
De 100.001 a 500.000 h
43
26
60
De 50.001 a 100.000 h
71
35
49
De 20.001 a 50.000 h
206
83
40
De 5.001 a 20.000 h
679
304
45
De 1.001 a 5.000 h
1.439
571
40
De 1 a 1.000 h
4.216
1.691
40
Diputación provincial
34
5
15
Cabildo/Consejo Insular
10
0
0
Comarca
34
8
24
Mancomunidad
775
372
48
Área Metropolitana
2
0
0
Agrupación de Municipios
18
13
72
TOTAL (Sin EATIM)
7.532
3.109
41
EATIM
2.935
1.878
64
TOTAL
10.467
4.987
48
Fuente: Plataforma de rendición de cuentas
Un total de 4.987 entidades locales, el 48 % de las entidades locales que incumplieron con la
obligación de remitir la relación de convenios de 2022, tampoco han remitido la relación de
convenios de los ejercicios 2020 y 2021. Entre ellos, los 27 ayuntamientos de población superior a
100.001 habitantes que no habían remitido la relación de 2022.
Esa misma situación se observa en las diputaciones de Salamanca en Castilla y León; Cádiz,
Huelva y Málaga, en Andalucía; y Castellón, en la Comunidad Valenciana, que no han enviado la
relación de convenios de los tres últimos ejercicios, incumpliendo de manera sistemática la
obligación establecida en la LRJSP.
En el caso de las entidades locales de tamaño más reducido, el porcentaje de las que no envían en
ningún ejercicio la relación de convenios se sitúa en el 40 %, 64 % en el caso de las EATIM. En
estas entidades, al gestionar un volumen menor de recursos, podría darse con mayor frecuencia la
inexistencia de convenios suscritos con compromisos económicos. No obstante, en estos casos, las
entidades locales deben informar de que no han celebrado convenios, de acuerdo con la Instrucción
relativa a la remisión telemática al Tribunal de Cuentas de convenios y de relaciones anuales de los
celebrados por las entidades del sector público local.
Las mancomunidades son el colectivo de entidades locales más incumplidoras con las obligaciones
ante el Tribunal de Cuentas. En el caso de las relaciones de convenios, el 48 % de ellas no las han
remitido en los tres últimos ejercicios.
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 20/12/2023 36
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 53 de la LRJSP y atendiendo al procedimiento
establecido en la Instrucción del Tribunal de Cuentas sobre remisión de los extractos de los
expedientes de convenios y de las relaciones anuales de los celebrados por las entidades del
Sector Público Local, se remitieron por las entidades locales un total de 580 expedientes de
convenios celebrados en el ejercicio 2022, cuya información se detalla en el siguiente cuadro.
CUADRO 15. EXPEDIENTES DE CONVENIOS
Tipo de Entidad
Local
Principales
OA
EPE
Consorcio
Fundación
SM
En Plazo
Fuera
Plazo*
N.º
%
N.º
%
Ayuntamiento
233
8
0
0
2
11
104
42
150
60
Diputación
162
37
0
24
0
7
91
36
139
56
Cabildo Insular
29
11
1
5
0
9
35
14
20
8
Consejo Insular
22
-
-
-
-
-
14
6
8
3
Comarca
3
-
-
-
-
-
0
0
3
1
Mancomunidad
16
-
-
-
-
-
6
2
10
4
TOTAL
465
56
1
29
2
27
250
330
* Fecha de cierre de los trabajos de fiscalización 11/09/2023
La mayoría de las entidades locales, el 57 %, remitieron los extractos de los convenios una vez
transcurridos tres meses de la formalización del contrato, con un retraso medio de 142 días.
Con el fin de verificar que las entidades locales cumplen con la obligación legal prevista en el artículo
53 de la LRJSP, se ha procedido a realizar el cruce de la información remitida a través de las
relaciones anuales de convenios con la de los expedientes efectivamente enviados. Como resultado
de las comprobaciones efectuadas, se han detectado un total de 503 de convenios que de acuerdo
con la relación anual de convenios se habían celebrado en el ejercicio, y de los que, sin embargo,
no se habían remitido el correspondiente extracto al Tribunal de Cuentas o, en su caso, al OCEX
correspondiente, debiendo haber sido enviados por su cuantía.
V. CUMPLIMIENTO DE LA REMISIÓN DE LA INFORMACIÓN DE CONTROL INTERNO CON EL
SISTEMA DE CONTROL INTERNO
El control interno, ejercido en las entidades locales por los órganos de intervención, se regula en el
Real Decreto 424/2017, de 28 de abril, dictado con la finalidad de lograr un control económico-
presupuestario más riguroso y reforzar el papel de la función interventora en las entidades locales,
para asegurar la gestión regular de los fondos públicos, el empleo eficiente de los mismos y la
sostenibilidad financiera.
Existe una relación entre el control interno ejercido por los órganos de intervención de las entidades
locales y el control externo ejercido por el Tribunal de Cuentas y los OCEx, que resulta fundamental
para el desempeño de las funciones que cada uno tiene asignadas. Esta relación se articula a través
de la comunicación al control externo de los resultados del ejercicio del control interno; de esta
manera los órganos de intervención de las entidades locales informan a instituciones externas a la
entidad local del resultado de su actuación, lo que supone un refuerzo de su función y permite al
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 20/12/2023 37
control externo identificar áreas de riesgo. Es por ello que tanto el TRLRHL (art. 218.3), como el
Real Decreto 424/2017 (art. 15.7), establecen un canal de comunicación entre ambas instituciones,
al imponer que los órganos de Intervención de las entidades locales remitan anualmente al Tribunal
de Cuentas y, en su caso, al órgano de control externo autonómico correspondiente, todas las
resoluciones y acuerdos adoptados por el presidente de la entidad local y por el Pleno de la
Corporación, contrarios a los reparos formulados y los expedientes tramitados con omisión de la
fiscalización previa.
En desarrollo de esta obligación, el Pleno del Tribunal aprobó la Instrucción sobre remisión de
información relativa al ejercicio del control interno, de 19 de diciembre de 2019. De acuerdo con
esta Instrucción, los órganos de Intervención local deben remitir a través de la Plataforma de
Rendición de Cuentas, con anterioridad al 30 de abril del ejercicio siguiente a aquel a que se refiera,
la información y documentación relativa al ejercicio del control interno de la entidad local.
Desde su entrada en vigor -2019 fue el primer ejercicio de aplicación de la Instrucción-, los órganos
de intervención han presentado unos bajos niveles de cumplimiento de esta obligación dentro del
plazo legal, incumplimiento que se va acentuando ejercicio a ejercicio.
El siguiente cuadro muestra los datos de remisión de la información de control interno del ejercicio
2022 de las entidades locales.
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 20/12/2023 38
CUADRO 16. CUMPLIMIENTO DE LA REMISIÓN DE INFORMACIÓN DE CONTROL INTERNO,
POR TIPO DE ENTIDAD Y TRAMO DE POBLACIÓN
Tipo de Entidad Local
Total
Entidades
En Plazo
Fuera de
Plazo*
Total
%
No
Remitidas
N.º
%
N.º
%
N.º
%
Ayuntamiento
7.606
2.707
36
722
9
3.429
45
4.177
55
Más de 1.000.000 h
2
2
100
-
-
2
100
-
-
De 500.001 a 1.000.000 h
4
3
75
1
25
4
100
-
-
De 100.001 a 500.000 h
53
39
74
6
11
45
85
8
15
De 50.001 a 100.000 h
83
58
70
8
10
66
80
17
20
De 20.001 a 50.000 h
250
160
64
34
14
194
78
56
22
De 5.001 a 20.000 h
825
420
51
128
16
548
66
277
34
De 1.001 a 5.000 h
1.689
669
40
193
11
862
51
827
49
De 1 a 1.000 h
4.700
1.356
29
352
7
1.708
36
2.992
64
Diputación provincial
38
29
76
5
13
34
89
4
11
Cabildo/Consejo Insular
10
8
80
1
10
9
90
1
10
Comarca
76
42
55
12
16
54
71
22
29
Mancomunidad
832
160
19
47
6
207
25
625
75
Área Metropolitana
3
2
67
-
-
2
67
1
33
Agrupación de Municipios
18
-
-
-
-
-
-
18
100
TOTAL (Sin EATIM)
8.583
2.948
34
787
10
3.735
44
4.848
56
EATIM
3.000
276
9
33
1
309
10
2.691
90
TOTAL
11.583
3.224
28
820
7
4.044
35
7.539
65
* Fecha de cierre de los trabajos de fiscalización 11/09/2023
Fuente: Plataforma de rendición de cuentas
En términos generales, el nivel de cumplimiento de los responsables de los órganos de intervención
ha sido muy bajo, únicamente el 34 % del total, (excluidas EATIM) remitieron la información de
control interno relativa al ejercicio 2022, dentro del referido plazo legal.
A fecha de corte para la elaboración del Proyecto de Informe
7
el grado de cumplimiento de la
obligación de remisión de la información correspondiente al ejercicio 2022 se situó, para el conjunto
de las entidades locales (excluidas las EATIM), en un 44 %, porcentaje también muy reducido. En
total, el número de órganos de intervención que no han remitido la información sobre el ejercicio del
control interno de 2022, a fecha de elaboración del informe, asciende a 7.539 entidades.
Por tipos de entidad, los resultados no son homogéneos y se observa que la remisión de los órganos
de intervención de los entes locales de mayor tamaño está muy por encima de la media. El 72 %
de los ayuntamientos mayores de 50.000 habitantes han rendido en plazo, así como el 80 % de los
Cabildos y Consejos Insulares y el 76 % de las Diputaciones.
Son los órganos de intervención de los municipios más pequeños los que presentan un mayor grado
de incumplimiento de la obligación de remisión de la información sobre el control interno, pues
7
11 de septiembre de 2023
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 20/12/2023 39
únicamente el 29 % de los menores de 1.000 habitantes habían remitido la información en plazo y
el 40 % de aquellos cuya población se encuentran entre 1.001 y 5.000 habitantes.
Las mancomunidades, de forma mayoritaria, no envían la información sobre ejercicio del control
interno. El porcentaje de cumplimiento en plazo fue solo del 19 % y a la fecha de cierre de los
trabajos de fiscalización quedaban pendiente de remitir el 75 % de ellas.
Destaca también la situación de las agrupaciones de municipios, en las que ninguno de sus órganos
de intervención remite la información sobre el ejercicio de control interno.
Por su parte, la remisión de la información de control interno de las EATIM presenta porcentajes
especialmente bajos de cumplimiento. Tan sólo el 9 % de ellas han remitido dicha información en
plazo, siendo dicho porcentaje de remisión del 10 %, a fecha de elaboración de informe. Dada la
existencia de un gran número de entidades de este tipo, la falta de cumplimiento afecta el resultado
medio por parte del total de entidades locales, haciéndolo descender al 28 %, en plazo y al 35 % a
fecha de elaboración del Proyecto.
De lo expuesto, se aprecia que el mayor número de incumplimientos se produce entre las EATIM y
ayuntamientos con población inferior a 5.000 habitantes y pone de manifiesto el déficit de control
existente en las mismas. Si bien son entidades que gestionan un menor volumen de recursos, tienen
la obligación de remitir al Tribunal de Cuentas la información sobre el ejercicio de su control interno,
que está formada por datos generales sobre el ejercicio del control interno de la entidad y por los
acuerdos contrarios a reparos o expedientes con omisión de fiscalización. En el caso de que no se
hayan tramitado estos acuerdos y expedientes, se debe informar expresamente de ello.
A esta situación de incumplimiento generalizado, se une la de las mancomunidades que, como se
ha señalado, incumplen, con independencia de su tamaño y actividad, esta obligación.
Por lo que se refiere a las entidades de mayor tamaño que remitieron la información del ejercicio de
control interno de 2022 fuera de plazo, estas fueron las diputaciones de Ávila, Castellón, Córdoba,
Málaga y Valladolid, el Consejo Insular de Ibiza y 15 ayuntamientos de más de 50.000 habitantes
8
.
De estos ayuntamientos los de San Sebastián de los Reyes (Madrid), Benalmádena (Málaga), Telde
(Las Palmas) y las Diputaciones de Castellón y Valladolid durante los tres últimos ejercicios han
incumplido el plazo para la remisión de esta información.
Las diputaciones y ayuntamientos de mayor dimensión que no han remitido la información relativa
al ejercicio del control interno de 2022 son: diputaciones provinciales de Albacete, Cuenca, Huelva
y Segovia, el Cabildo Insular de Fuerteventura y el Área Metropolitana de Tratamiento de Residuos
de Valencia y de los ayuntamientos de Badalona (Barcelona), Cartagena (Murcia), Jerez de la
Frontera (Cádiz), Santa Cruz de Tenerife, Santander, Alcorcón (Madrid), Marbella (Málaga) y
Algeciras (Cádiz), todos ellos con población superior a 100.000 habitantes.
En el Anexo IV se relacionan los 25 ayuntamientos mayores de 50.000 habitantes, cuatro
diputaciones provinciales, un cabildo insular y un área metropolitana que no han cumplido con esta
obligación.
El análisis realizado ha tratado de manera separada la situación de las EATIM, cuyo nivel de
cumplimiento de la obligación de remitir la información sobre el control interno es especialmente
8
Ayuntamiento de Valencia, Terrassa (Barcelona), Getafe (Madrid), Logroño (La Rioja), Dos Hermanas (Sevilla), Reus (Tarragona),
Telde (Las Palmas), Lorca (Murcia), Las Rozas (Madrid), San Sebastián de los Reyes (Madrid), Fuengirola (Málaga), Orihuela (Alicante),
Benalmádena (Málaga), Ferrol (A Coruña), Granadilla de Abona (Santa Cruz de Tenerife)
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 20/12/2023 40
reducido. De las 3.000 EATIM existentes, únicamente el 10 % ha cumplido con esta obligación y el
9 % lo hizo en plazo.
Han sido un total de 2.691 EATIM las que no han remitido la información sobre el ejercicio de control
interno, las cuales se encuentran en el término municipal de 624 ayuntamientos. De ellos, un
porcentaje muy elevado de sus órganos de intervención, el 71 %, tampoco cumplieron con esta
obligación, observándose, así, una relación directa entre el incumplimiento de los órganos de
intervención de los ayuntamientos con el de las EATIM situadas en sus términos municipales. Ante
esta situación, es importante recordar el papel que la LBRL otorga a las Diputaciones a quienes
encomienda (art. 36.1.b), en todo caso garantizar en los municipios de menos de 1.000 habitantes
la prestación de los servicios de secretaría e intervención.
En relación con la integridad de la información remitida, los órganos de intervención tienen la
obligación de remitir la información sobre el ejercicio de control interno de todas aquellas entidades
que llevan a cabo la fiscalización previa y, por tanto, la correspondiente a los organismos autónomos
y consorcios adscritos. En la información remitida por los órganos de control de entidades que
contaban con entidades dependientes, con carácter general se ha remitido igualmente la
información correspondiente.
El siguiente gráfico muestra el grado de cumplimiento en la rendición del control interno por
comunidad autónoma del ejercicio 2022. El análisis territorial se ha realizado sin recoger los datos
de las EATIM, al tratarse de un número muy elevado de entidades concentradas en dos
comunidades autónomas, Cantabria y Castilla y León, y cuyo nivel de incumplimiento afecta a la
interpretación de los datos comparables entre las comunidades autónomas:
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 20/12/2023 41
GRÁFICO 4. NIVEL DE CUMPLIMIENTO (%) DE LA REMISÓN DE INFORMACION DE
CONTROL INTERNO, POR CCAA
Fuente: Plataforma de rendición de cuentas (excluidas EATIM)
Fecha de la información: 11/09/2023
Por comunidades autónomas, los órganos de intervención con mayor nivel de cumplimiento en
plazo, excluidas los de EATIM, son los que se encuentran en Canarias, Comunidad Valenciana e
Illes Balears con un 59 % y Cataluña con un 58 %. Por su parte, las comunidades autónomas con
niveles más bajos de remisión en plazo son Castilla-La Mancha (15 %) y Región de Murcia (19 %).
A fecha de elaboración de este informe, los niveles de remisión se incrementaron una media del
nueve puntos porcentuales, aumento que se produce especialmente en Canarias, llegando al 91 %,
Comunitat Valenciana, al 81 %, así como en Cataluña al 76 % y Galicia al 74 %, en ambos casos.
Por su parte, las comunidades autónomas con un nivel de remisión de esta información más bajo
son Castilla-La Mancha con un 18 % y Castilla y León con 22 %.
El siguiente gráfico muestra la evolución de la remisión en plazo, en los últimos cuatro ejercicios,
por comunidad autónoma.
19
33
49
23
59
46
26
59
58
15
19
26
59
56
30
17
3
7
3
5
28
2
22
18
3
3
4
32
16
5
63
64
44
74
36
26
72
19
24
82
78
70
9
28
65
Región de Murcia
Principado de Asturias
Madrid
La Rioja
Illes Balears
Galicia
Extremadura
Comunitat Valenciana
Cataluña
Castilla-La Mancha
Castilla y León
Cantabria
Canarias
Aragón
Andalucía
PLAZO FUERA DE PLAZO NO REMITIDAS
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 20/12/2023 42
GRÁFICO 5. EVOLUCIÓN DEL NIVEL DE CUMPLIMIENTO (%) EN PLAZO DE LA REMISÓN
DE INFORMACION DE CONTROL INTERNO, POR CCAA
Fuente: Plataforma de rendición de cuentas (excluidas EATIM)
El gráfico muestra la evolución del cumplimiento en plazo de esta obligación en las comunidades
autónomas y muestra que en el ejercicio 2019 el cumplimiento no fue muy elevado, siendo los
órganos de intervención de las entidades locales de Illes Balears, Cataluña, la Comunitat Valenciana
y Aragón con un 45 %, 37 %, 36 % y 34 %, respectivamente, los que mejores niveles alcanzaron.
En el ejercicio 2020 mejoró el nivel de cumplimiento en plazo en todas las comunidades hasta
alcanzar el 50 % de media, estando por encima del 70 % Illes Balears y Cataluña; sin embargo, a
partir de 2020 la evolución de la rendición cambió de signo, mostrando una disminución en el
cumplimiento de la remisión en plazo tanto en 2021 como en 2022. A pesar de que en conjunto el
cumplimiento de la obligación en materia de control interno es mayor si la comparamos con los
datos de 2019, año de partida en el análisis de la evolución, la remisión en plazo se ha desplomado
en términos globales dieciséis puntos porcentuales a partir 2020 (50 % en 2020 al 45 % en 2021 y
al 34 % en 2022). Las comunidades que presentan una peor tendencia desde 2020 son la Región
de Murcia, Castilla y León, Castilla-La Mancha y La Rioja. En todas ellas, los niveles de remisión
han disminuido más de un 50 % desde 2020.
De acuerdo con lo expuesto, los órganos de intervención de las entidades locales cumplen con la
obligación de remitir la información sobre el ejercicio del control interno en un porcentaje muy
reducido y, desde 2020, se observa que la tendencia es que cada ejercicio cumple un número cada
vez menor de órganos de intervención.
010 20 30 40 50 60 70 80
Región de Murcia
Principado de Asturias
Madrid
La Rioja
Illes Balears
Galicia
Extremadura
Comunitat Valenciana
Cataluña
Castilla-La Mancha
Castilla y León
Cantabria
Canarias
Aragón
Andalucía
2019 2020 2021 2022
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 20/12/2023 43
Una de las finalidades de la obligación establecida en el artículo 218 del TRLRHL es potenciar el
control de las entidades locales regulando una remisión de información desde los órganos que
llevan a cabo el control interno a los de control externo. Por tanto, el incumplimiento de esta
obligación supone limitar el ejercicio de este control y es especialmente relevante el hecho de que
existan responsables de órganos de intervención que causen esta situación, puesto que son los que
deben garantizar el cumplimiento de la legalidad en los procedimientos de las entidades locales.
Finalmente hay que destacar la existencia de órganos de control interno que sistemáticamente
incumplen la obligación de remisión de la información de control interno al Tribunal de Cuentas. Los
órganos de intervención de las siguientes entidades (dispuestas por tipo de entidad) no han rendido
ninguno de los cuatro ejercicios desde que entró en vigor en 2019 la Instrucción de 19 de diciembre
de 2019.
CUADRO 17. ÓRGANOS DE CONTROL QUE NO HAN REMITIDO LA INFORMACIÓN DE
CONTROL INTERNO DE LOS EJERCICIOS 2019, 2020, 2021 Y 2022, POR TIPO DE ENTIDAD
Y TRAMO DE POBLACIÓN
Tipo de Entidad Local
Total
Entidades
No
Remitidas
%
Ayuntamiento
7.606
1.736
23
Más de 1.000.000 h
2
-
-
De 500.001 a 1.000.000 h
4
-
-
De 100.001 a 500.000 h
53
-
-
De 50.001 a 100.000 h
83
3
4
De 20.001 a 50.000 h
250
10
4
De 5.001 a 20.000 h
825
45
5
De 1.001 a 5.000 h
1.689
241
14
De 1 a 1.000 h
4.700
1.437
31
Diputación provincial
38
-
-
Cabildo/Consejo Insular
10
-
-
Comarca
76
9
12
Mancomunidad
832
401
48
Área Metropolitana
3
-
-
Agrupación de Municipios
18
13
72
TOTAL (Sin EATIM)
8.583
2.159
25
EATIM
3.000
2.479
83
TOTAL
11.583
4.638
40
Fuente: Plataforma de rendición de cuentas
En total, son 4.638 las entidades (2.159 si no tenemos en cuenta a las EATIM), cuyo responsable
del órgano de intervención no ha remitido la información correspondiente al control interno de los
cuatro años analizados. Esta situación afecta especialmente a los municipios más pequeños, los
menores de 1.000 habitantes, las mancomunidades y las EATIM que en conjunto suman 4.317
entidades que representan en conjunto el 93 % de todos los que incumplieron los cuatro ejercicios.
Sin embargo, frente a las entidades con menos medios, destaca el incumplimiento de 13 órganos
de intervención de ayuntamientos de municipios de población mayor de 20.000 habitantes: los tres
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 20/12/2023 44
mayores de 50.000 habitantes, situados en Andalucía, son los ayuntamientos de El Ejido, Linares y
el Rincón de la Victoria y entre los ayuntamientos mayores de 20.000, incumplieron los responsables
del control interno de los Ayuntamientos de Barbate, Almuñécar, Maracena, Almonte, Isla Cristina,
Écija, Lebrija y Los Palacios y Villafranca, todos ellos de Andalucía, Navalcarnero en Madrid y
Castro-Urdiales en Cantabria.
VI. ANALISIS DEL CUMPLIMIENTO GLOBAL DE LAS OBLIGACIONES DE REMISIÓN DE
INFORMACIÓN AL TRIBUNAL DE CUENTAS
Este apartado recoge el resultado conjunto sobre el examen del cumplimiento de las obligaciones
de rendición de la cuenta general, de la remisión las relaciones anuales de contratos y convenios y
la información sobre el ejercicio del control interno, en los plazos legalmente establecidos, todas
ellas referidas al ejercicio 2022.
El siguiente cuadro muestra, distinguiendo por tipo de entidad, el resultado del cumplimiento de
todas obligaciones dentro del plazo legal, a la fecha de cierre de los trabajos de fiscalización
9
y el
porcentaje de entidades locales que las ha incumplido todas.
9
11/09/2023 para la remisión de la información contractual, de convenios y del ejercicio de control interno y 31/10/2023
para la rendición de la cuenta general del ejercicio 2022.
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 20/12/2023 45
CUADRO 18. SITUACIÓN DEL CUMPLIMIENTO GLOBAL DE OBLIGACIONES EN PLAZO,
DEL EJERCICIO 2022, POR TIPO DE ENTIDAD
Tipo de Entidad Local
Total
Entidades
En Plazo
Remitidas
posteriormente
No remitida
ninguna
%
%
%
Ayuntamiento
7.606
16
24
22
Más de 1.000.000 h.
2
0
50
0
Entre 500.001 y 1.000.000 h.
4
0
75
0
Entre 100.001 y 500.000 h.
53
23
30
0
Entre 50.001 y 100.000 h.
83
23
29
5
Entre 20.001 y 50.000 h.
250
24
38
6
Entre 5.001 y 20.000 h.
825
18
27
11
Entre 1.001 y 5.000 h.
1.689
18
27
22
Entre 1 y 1.000 h.
4.700
14
21
25
Diputación provincial
38
26
39
0
Cabildo/Consejo Insular
10
20
50
0
Comarca
76
36
47
5
Mancomunidad
832
7
11
43
Área Metropolitana
3
33
67
0
Agrupación de Municipios
18
0
0
61
TOTAL (sin EATIM)
8.583
15
23
24
EATIM
3.000
4
6
43
TOTAL
11.583
12
19
29
Fuente: Elaboración propia a partir de la Plataforma de Rendición de cuentas
La gran mayoría de las entidades locales en 2022 no cumplieron todas sus obligaciones en el plazo
legal. Únicamente lo hicieron el 12 % y en el caso de no tener en cuenta el resultado de las EATIM,
el porcentaje se incrementa ligeramente, hasta el 15 %. Además, sólo el 19 % de las entidades,
23 % sin tener en cuenta a las EATIM, han cumplido con las citadas obligaciones a la fecha de cierre
de los trabajos de fiscalización. El porcentaje de las que incumplen todas sus obligaciones es muy
elevado, y casi alcanza el 30 %.
Entre los ayuntamientos destaca el hecho de que ninguno de los seis ayuntamientos de municipios
con población superior a 500.000 habitantes cumplió con todas las obligaciones en el plazo
legalmente establecido para cada una de ellas; a la fecha de cierre de los trabajos de fiscalización,
el 67 % de las entidades sí que había remitido toda la información, quedando como única obligación
pendiente, la rendición de la cuenta general de 2022 de los Ayuntamientos de Sevilla y Barcelona.
Del resto de ayuntamientos, el 5 % de los de municipios con población entre 50.000 y 100.000
habitantes y el 6 % de los de municipios entre 20.000 y 50.000 habitantes, por tanto, ayuntamientos
que gestionan un importante volumen de recursos públicos, incumplieron todas sus obligaciones y
no habían rendido la cuenta general de 2022, ni habían remitido las relaciones anuales de contratos,
convenios ni sus órganos de intervención habían remitido la información correspondiente al ejercicio
del control interno. Estos ayuntamientos son los siguientes: El Ejido, Níjar y Huercal-Overa en
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 20/12/2023 46
Almería; Barbate, Conil de la Frontera, Chiclana de la Frontera, Sanlúcar de Barrameda en Cádiz;
Loja (Granada); Lepe (Huelva); Coín, Rincón de la Victoria y Ronda en Málaga; Écija, Los Palacios
y Villafranca, Bormujos y Lebrija, en Sevilla; Seseña (Toledo), Vilassar de Mar (Barcelona),
Almendralejo (Badajoz) y Yecla (Murcia)
10
.
Por su parte, las diputaciones provinciales y los cabildos y consejos insulares si bien presentan
porcentajes de cumplimiento global en plazo algo superiores a la media, alcanzan unos niveles muy
reducidos, el 26 % y el 20 %, respectivamente. A la fecha de cierre de los trabajos de fiscalización,
el 50 % de los cabildos y consejos insulares y el 39 % de las diputaciones habían rendido la cuenta
general y remitido toda la información correspondiente al ejercicio 2022 y no había ninguna de estas
entidades que hubiera incumplido todas las obligaciones. Esto supone que el 50 % de los cabildos
y consejos insulares y el 61 % de las diputaciones, tenían alguna obligación de 2022 pendiente de
cumplir. Las diputaciones provinciales con más obligaciones pendientes son las Diputaciones de
Huelva (sólo remitieron la cuenta general), Málaga y Ávila (sólo remitieron la información de control
interno) y la de Cuenca (únicamente remitió la información de convenios).
En el caso de las mancomunidades, como se ha ido poniendo de manifiesto a lo largo de todo el
Informe, el nivel de incumplimiento es muy elevado; el 43 % de ellas no ha rendido la cuenta general,
ni remitido la relación anual de contratos, ni de convenios, ni sus órganos de intervención han
remitido la información sobre el control interno, correspondientes al ejercicio 2022.
Las EATIM, también registran un amplio incumplimiento de todas las obligaciones, el mismo
porcentaje que en el caso de mancomunidades, 43 % de ellas. En estas entidades, los bajos niveles
de cumplimiento de sus obligaciones son, en gran medida, debido a la ausencia de responsables
que ejerzan el control interno en estas entidades.
Las carencias de las EATIM se ha tratado de solucionar en distintas ocasiones y así, la Disposición
Adicional 5ª del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de
los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, que regula las
funciones de Secretaría e intervención en las EATIM estableció que el desempeño de las funciones
de secretaría e intervención, tesorería y recaudación, en las entidades de ámbito territorial inferior
al municipio se efectuará por un funcionario con habilitación de carácter nacional que desempeñe
las funciones de secretaría o intervención, tesorería o recaudación en el municipio al que pertenezca
la Entidad y en el caso de las EATIM con población inferior a 5.000 habitantes, podrá asignarse
estas funciones a un funcionario de carrera de la propia Corporación, que preferentemente
pertenezca al grupo A1 o cuente con titulación universitaria. Por tanto, con esta regulación, se
asignaban las funciones de secretaría, intervención y tesorería de las EATIM a un funcionario del
municipio al que perteneciera la entidad.
Posteriormente, el Real Decreto-ley 10/2019 por el que se prorroga para 2019 el destino del
superávit de comunidades autónomas y de las entidades locales para inversiones financieras
sostenibles y se adoptan otras medidas en relación con las funciones del personal de las entidades
locales con habilitación de carácter nacional, modificó la obligación anterior debido a, según se
indica en su exposición de motivos, la imposibilidad, en la gran mayoría de los casos, de que el
funcionario con habilitación nacional del ayuntamiento correspondiente pudiera ejercer las funciones
reservadas en todas las entidades de ámbito territorial inferior al municipio dependientes del mismo.
Así, el artículo 3 del citado Real Decreto-ley, complementa la regulación del ejercicio de las
funciones reservadas en las EATIM y remite a la forma que se establezca en la normativa
10
A fecha 1 de diciembre de 2023, el Ayuntamiento de Loja (Granada) había remitido la relación de contratos de 2022. El Ayuntamiento
de Yecla (Murcia), había remitido la cuenta general de 2022 y la información de convenios de 2022. El ayuntamiento de Coín (Sevilla)
había remitido la información de control interno 2022.
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 20/12/2023 47
autonómica que les sea de aplicación. Mantiene la previsión anterior al establecer que, en defecto
de este desarrollo autonómico, se podrá ejercer por el funcionario de la administración local con
habilitación de carácter nacional de la corporación a la que pertenezca la entidad de ámbito territorial
inferior al municipio, por funcionario de la corporación, por los servicios de Asistencia de la
Diputación Provincial o en defecto de los anteriores, por cualquier otra persona con capacitación
suficiente.
Los resultados puestos de manifiesto durante este Informe reflejan que, en las EATIM, con carácter
general, existe una importante deficiencia de control y de cumplimiento de las obligaciones ante el
Tribunal de Cuentas. Las diferentes modificaciones normativas que se han llevado a cabo para dotar
de personal especializado y capacitado para el ejercicio de las funciones correspondientes a
habilitados nacionales en las EATIM no están dando solución adecuada que sirva para implantar un
control adecuado en estas entidades.
No obstante, no hay que olvidar que la rendición de las cuentas de 2013 de las EATIM alcanzó el
89 % ante la amenaza de pérdida de su personalidad jurídica y la condición de entidad local si no
presentaban sus cuentas, a los correspondientes organismos del Estado y de la comunidad
autónoma respectiva, antes del 31 de diciembre de 2014, lo que pone de manifiesto que las
carencias de medios pueden superarse si existe interés en cumplir con sus obligaciones.
El siguiente cuadro presenta el número de entidades que no han cumplido con ninguna obligación
de rendición de cuentas y remisión de la información de contratación pública y convenios y control
interno en los últimos tres ejercicios por tipo de entidad.
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 20/12/2023 48
CUADRO 19. ENTIDADES QUE NO HAN CUMPLIDO NINGUNA OBLIGACIÓN EN LOS
EJERCICIOS 2020, 2021 Y 2022
Tipo de Entidad Local
Total Entidades
No Remitidas
%
Ayuntamiento
7.606
394
5
Más de 1.000.000 h
2
-
-
De 500.001 a 1.000.000 h
4
-
-
De 100.001 a 500.000 h
53
-
-
De 50.001 a 100.000 h
83
-
-
De 20.001 a 50.000 h
250
2
1
De 5.001 a 20.000 h
825
5
1
De 1.001 a 5.000 h
1.689
66
4
De 1 a 1.000 h
4.700
321
7
Diputación provincial
38
-
-
Cabildo Insular/Consejo insular
10
-
-
Comarca
76
2
3
Mancomunidad
832
176
21
Área Metropolitana
3
-
-
Agrupación de Municipios
18
10
56
TOTAL (Sin EATIM)
8.583
582
7
EATIM
3.000
434
14
TOTAL
11.583
1.016
9
Fuente: Elaboración propia a partir de la Plataforma de Rendición de cuentas (Sin EATIM)
Del total de entidades del Sector público local (excluidas EATIM), el 7 % había incumplido, a fecha
de elaboración de este informe, la totalidad de las obligaciones durante los ejercicios 2020, 2021 y
2022. El porcentaje se incrementa en dos puntos porcentuales si tenemos en cuenta las EATIM.
Entre los ayuntamientos, el 5 % incumplen todas las obligaciones de manera reiterada, al menos,
durante los tres últimos ejercicios. Los ayuntamientos más incumplidores son los situados en
municipios con población inferior a 5.000 habitantes (387 entidades). No obstante, existen dos
ayuntamientos con población superior a 20.000 habitantes y cinco con población superior a 5.000
habitantes, que no cumplen con ninguna de las obligaciones previstas en la normativa desde, al
menos, desde el año 2020. Estos ayuntamientos son los de Barbate (Cádiz) y Lebrija (Sevilla) y los
de Nerva (Huelva), El Viso del Alcor, La Campana y Santiponce en Sevilla y Casarrubios del Monte
(Toledo).
También destaca la situación de las agrupaciones de municipios, que tienen un alto nivel de
incumplimiento de la totalidad de obligaciones durante los últimos tres ejercicios. Diez de las 18
agrupaciones de municipios no habían cumplido con ninguna de las obligaciones de rendición de
cuentas y remisión de la información contractual, de convenios y de control interno correspondientes
a los ejercicios 2020, 2021 y 2022.
En el caso de las mancomunidades, este porcentaje también es significativo, siendo el 21 % de
ellas las que incumplen con sus obligaciones de manera reiterada.
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 20/12/2023 49
Se he realizado, también, un análisis territorial del nivel de cumplimiento global, cuyos resultados
se detallan en el siguiente cuadro:
CUADRO 20. NIVEL DE CUMPLIMIENTO DE TODAS LAS OBLIGACIONES DEL EJERCICIO
2022, POR COMUNIDAD AUTÓNOMA
Comunidad Autónoma
Total
Entidades
En plazo
Remitidas
No remitida
ninguna
%
%
%
Andalucía
859
3
6
41
Aragón
807
38
55
9
Canarias
104
22
57
1
Cantabria
125
10
14
29
Castilla y León
2.528
9
15
25
Castilla-La Mancha
1.043
5
8
51
Cataluña
1.051
28
37
9
Comunitat Valenciana
613
25
42
1
Extremadura
450
9
14
31
Galicia
351
17
30
10
Illes Balears
75
32
44
17
La Rioja
209
15
19
25
Comunidad de Madrid
223
8
17
14
Principado de Asturias
93
20
23
16
Región Murcia
52
8
15
27
TOTAL
8.583
15
23
24
Fuente: Elaboración propia a partir de la Plataforma de Rendición de cuentas (Sin EATIM)
De acuerdo con estos datos, se puede concluir que las entidades locales de Aragón, Canarias, Illes
Balears, Cataluña, y Comunitat Valenciana, son las que mejor cumplen con las obligaciones de
rendición de la cuenta general, de la remisión de las relaciones anuales de contratos, de convenios
y de la información sobre el control interno correspondientes al ejercicio 2022. Los resultados
registrados, a pesar de ser mejores que los del resto de comunidades autónomas, no señalan un
alto nivel de cumplimiento, que oscila entre el 22 % de las entidades locales de Canarias y el 38 %
de las de Aragón y, si se atiende a la situación al cierre del ejercicio, estos porcentajes se sitúan en
estas mismas comunidades autónomas entre el 37 % de las entidades locales de Cataluña y el
57 % de las de Canarias. También se observa que en estas comunidades autónomas existe un
reducido número de entidades locales incumplidoras de todas sus obligaciones.
La situación contraria se encuentra en las entidades locales de Andalucía y de Castilla-La Mancha,
dónde, únicamente, el 3 % de las entidades locales de la primera de ellas y el 5 % de las entidades
de la segunda cumplieron en plazo todas sus obligaciones y tampoco el nivel registrado a la fecha
de cierre ascendió significativamente, puesto que se situaban en el 6 % y 8 %, respectivamente. En
estas dos comunidades autónomas se registra un número relevante de entidades locales que no
han cumplido con ninguna de las mencionadas obligaciones; en concreto, el 51 % en Castilla-La
Mancha y el 41 % en Andalucía.
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 20/12/2023 50
Por otra parte, las entidades locales de otras comunidades autónomas, si bien no llegan a los
porcentajes de incumplimiento registrados en Andalucía y Castilla-La Mancha, presentan resultados
muy negativos. En Extremadura, Cantabria, Región de Murcia, Castilla y León, La Rioja más del 20
% de sus entidades locales no han cumplido con ninguna de las obligaciones de 2022 al Tribunal
de Cuentas y, en su caso, al OCEx correspondiente.
En el siguiente cuadro se muestra el desglose del incumplimiento global al que se ha hecho
anteriormente referencia, distinguiendo entre la obligación de rendir la cuenta general de 2022, la
relación anual de contratos, la relación anual de convenios y la remisión de la información sobre el
control interno:
CUADRO 21. NIVEL DE CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES DE RENDICIÓN POR CCAA.
COMUNIDAD
AUTONOMA
CUENTAS (%)
CONTRATOS (%)
CONVENIOS (%)
CONTROL INTERNO (%)
En plazo
31/10
Sin
remitir
En plazo
11/09
Sin
remitir
En
plazo
11/09
Sin
remitir
En plazo
11/09
Sin
remitir
Andalucía
13
20
80
29
41
59
18
21
79
30
36
64
Aragón
74
82
18
65
76
24
55
69
31
56
72
28
Canarias
58
60
40
58
95
5
55
99
1
60
91
9
Cantabria
39
44
56
45
56
44
42
46
54
26
30
70
Castilla y León
37
64
36
50
55
45
35
38
62
20
22
78
Castilla-La Mancha
23
29
71
30
38
62
26
33
67
15
18
82
Cataluña
62
68
32
57
57
43
0
0
0
58
76
24
Comunitat Valenciana
73
80
20
64
97
3
44
56
44
60
81
19
Extremadura
47
52
48
40
51
49
31
40
60
26
28
72
Galicia
69
74
26
38
68
32
25
36
64
46
74
26
Illes Balears
55
56
44
57
72
28
53
65
35
59
64
36
La Rioja
54
61
39
42
46
54
43
46
54
23
26
74
Madrid
31
59
41
45
61
39
25
30
70
48
56
44
Principado de Asturias
66
70
30
58
66
34
44
48
52
33
37
63
Región de Murcia
27
33
67
44
60
40
38
46
54
19
37
63
TOTAL (sin EATIM)
45
58
42
48
58
42
30
36
64
34
44
56
Fuente: Elaboración propia a partir de la Plataforma de Rendición de cuentas
El mayor índice de incumplimiento se produce en la remisión de la información relativa a convenios
celebrados en el ejercicio; en concreto, el 64 % de las entidades locales (excluidas EATIM), a fecha
de elaboración del Informe, no la habían remitido y únicamente el 30 % de ellas cumplieron con el
plazo establecido en la normativa para el envío de las relaciones anuales de convenios. Junto a
esta situación, también destaca que los niveles de cumplimiento de las obligaciones por parte de
los responsables de los órganos de intervención se sitúan en unos porcentajes muy deficientes, el
56 % de ellos no habían remitido esta información al cierre de los trabajos de fiscalización y el
porcentaje de cumplimiento en plazo fue del 34 %.
Las entidades locales de las diferentes comunidades autónomas presentan diferencias de
comportamiento. Las entidades locales con mayores índices de cumplimiento de todas las
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 20/12/2023 51
obligaciones son las entidades locales de Aragón, Comunitat Valenciana y Galicia, que alcanzan los
mejores porcentajes de rendición de cuentas, tanto en plazo como a 31 de octubre de 2023 y
cumplen también de manera mayoritaria el resto de las obligaciones previstas en la normativa.
En otras comunidades autónomas, las entidades locales no cumplen por igual con todas las
obligaciones. Las entidades de Canarias remiten, prácticamente en su totalidad (más del 91 %), las
relaciones anuales de contratos, de convenios y de control interno correspondientes al ejercicio
2022, mientras que la rendición de cuentas no es tan elevada, el 60 % de ellas había rendido, a 31
de octubre. En el Principado de Asturias o Castilla y León, el porcentaje de entidades locales que
han rendido la cuenta general del ejercicio 2022, a 31 de octubre, es de los más elevados, el 70 %
y 64 %, respectivamente. Sin embargo, esas mismas entidades locales no cumplen del mismo modo
con el resto de las obligaciones y en especial los responsables de los órganos de intervención, de
los cuales solo el 37 % del Principado de Asturias y 22 % en Castilla y León, remitieron la información
sobre el ejercicio del control interno de 2022. En Madrid se observa que las entidades locales no
están remitiendo de forma mayoritaria las relaciones de convenios, el 70 % de ellas no las ha
remitido y en la Rioja, el 74 % de los órganos de intervención no han remitido la información sobre
el control interno.
Por último, las entidades locales de dos comunidades autónomas, Andalucía y Castilla-La Mancha,
incumple de forma mayoritaria todas las obligaciones de remisión de información al Tribunal de
Cuentas y, en su caso, al OCEx.
En Andalucía, el 80 % de las entidades locales tienen pendiente de rendir la cuenta general de 2022,
el 59 % la relación anual de contratos, el 79 % la relación de convenios y el 64 % de los órganos de
intervención no han remitido la información sobre el ejercicio del control interno de 2022.
En Castilla-La Mancha, no han rendido la cuenta general de 2022 el 71 % de ellas, el 62 % no ha
enviado la relación anual de contratos, el 67 % la de convenios y el 82 % de los responsables de
los órganos de intervención no han remitido la información de control interno.
Este resultado refleja en estas dos comunidades autónomas, una falta de cultura de rendición de
cuentas y de concienciación para cumplir con las obligaciones de remitir las relaciones de contratos,
convenios e información del control interno, muy extendido entre sus entidades locales.
VII. SEGUIMIENTO DE LAS RECOMENDACIONES CONTENIDAS EN ANTERIORES
INFORMES DE FISCALIZACIÓN DEL SECTOR PÚBLICO LOCAL Y EN LA MOCIÓN RELATIVA
A LAS MEDIDAS PARA PROMOVER LA RENDICIÓN DE LAS CUENTAS GENERALES Y LA
REDUCCIÓN DE LOS PLAZOS DE RENDICIÓN DE CUENTAS EN EL SECTOR PÚBLICO
LOCAL
Tanto en los sucesivos Informes de fiscalización del Sector Público Local, aprobados anualmente
por el Pleno del Tribunal de Cuentas, como en numerosas actuaciones fiscalizadoras en las que se
ha puesto de manifiesto el insuficiente nivel de rendición de las cuentas generales de las entidades
locales, el Tribunal de Cuentas ha formulado recomendaciones y propuestas de medidas dirigidas
a la mejora de dicha rendición y a la reducción de los plazos legales para efectuarla
11
.
11
Informe sobre las actuaciones del Tribunal de Cuentas para promover la rendición de cuentas en el ámbito local,
aprobado el 20 de diciembre de 2014; Informe de fiscalización sobre rendición de cuentas de las entidades locales, con
especial atención a entidades con incumplimientos reiterados de dicha obligación, ejercicio 2015 (aprobado el 21 de
diciembre de 2017); Informe de fiscalización sobre rendición de cuentas de las entidades locales, con especial atención a
entidades con incumplimientos reiterados de dicha obligación, ejercicio 2016 (aprobado el 27 de septiembre de 2018).
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 20/12/2023 52
Esta inquietud ha sido compartida por el conjunto de los órganos de control externo y en su momento
motivó la Declaración institucional del Tribunal de Cuentas y de la totalidad de los OCEX sobre las
medidas para estimular la rendición de cuentas de las entidades locales, de 21 de junio de 2017,
en el que igualmente se proponían medidas concretas para mejorar y acercar en el tiempo la
rendición de cuentas en el ámbito local.
Por su parte, la Comisión Mixta para las relaciones con el Tribunal de Cuentas, en las
correspondientes resoluciones emitidas en los últimos años, con carácter general, ha asumido el
contenido de los mencionados Informes, así como sus conclusiones y recomendaciones, instando
al Gobierno, a las comunidades autónomas y a las entidades locales, entre otras, a adoptar las
medidas recomendadas por el Tribunal de Cuentas.
Por último, el Pleno del Tribunal aprobó el 28 de octubre de 2021 la Moción relativa a las medidas
para promover la rendición de las cuentas generales y la reducción de los plazos de rendición de
cuentas en el sector público local, que constituye un compendio de la opinión del Tribunal a lo largo
de los años.
Las medidas para promover la rendición de cuentas propuestas por el Tribunal de Cuentas desde
2003 en el ejercicio de su función fiscalizadora, constituyen un conjunto de recomendaciones
dirigidas, entre otros destinatarios, al Gobierno de la Nación, a las comunidades autónomas o a las
entidades locales, referidas a efectuar modificaciones normativas relativas al procedimiento y plazo
de rendición de cuentas; a reforzar y facilitar el proceso de rendición a los órganos de Intervención
de las entidades locales, especialmente de las de menor dimensión; y, en última instancia, a hacer
efectivas de manera oportuna las medidas legales existentes, tan pronto se tenga conocimiento de
la falta de rendición de las cuentas generales por las entidades locales, de modo que la aplicación
de aquellas impulse, en la práctica, la rendición.
Sin embargo, estos pronunciamientos del Tribunal de Cuentas y de las Cortes Generales se han
ido reiterando en los Informes de fiscalización al no haber sido acogidas, en su mayor porte, por sus
diferentes destinatarios, lo que ha redundado en un insuficiente nivel de rendición de cuentas.
En este epígrafe se realiza un seguimiento de la medida en que se han atendido las
recomendaciones relativas a promover la rendición de las cuentas generales, que han sido
formuladas en los Informes de fiscalización y Moción mencionada, así como en las últimas
Resoluciones de la Comisión Mixta aprobadas sobre los Informes de Fiscalización del Sector
Público Local
12
.
Recomendación 1
Se deberían llevar a cabo los cambios normativos necesarios para homogeneizar los plazos de
rendición de las cuentas generales de las entidades locales al Tribunal de Cuentas y, en su caso,
al respectivo Órgano de Control Externo autonómico, estableciendo como fecha límite común de
rendición de cuentas la del 30 de junio del ejercicio siguiente al que las mismas se refieran.
Tal y como se ha indicado en el Informe, las Comunidades Autónomas de Andalucía, Castilla y León
y la Comunidad de Madrid mantenían en sus respectivas normativas autonómicas plazos de
rendición de la cuenta general de las entidades locales de sus respectivos territorios diferentes a
los previstos en la normativa estatal, en concreto, el plazo de un mes desde la fecha límite de
12
La última de ellas, la Resolución de 28 de febrero de 2022, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de
Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización del Sector Público Local, ejercicio 2019.
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 20/12/2023 53
aprobación de la cuenta general. Las mencionadas Comunidades no han modificado posteriormente
la fecha de rendición, subsistiendo un plazo diferente al del resto de entidades locales.
En consecuencia, se considera que la recomendación y las Resoluciones de la Comisión Mixta no
han sido cumplidas.
Recomendación 2
Debería regularse como condición para que las entidades locales puedan ser beneficiarias de toda
clase de subvenciones o ayudas públicas, procedentes de cualquier nivel o ámbito de las
Administraciones públicas, estar al corriente en la rendición de sus cuentas generales. Debería
establecerse, asimismo, el procedimiento para garantizar la aplicación de dicha medida hasta el
cumplimiento por la entidad local de sus obligaciones de rendición de cuentas.
Esta recomendación también se ha asumido por la Comisión Mixta que insta al Gobierno de la
Nación a promover las reformas legales adecuadas para que la rendición de cuentas, tanto de las
entidades locales principales como de las dependientes, sea considerada en todo el territorio
nacional requisito indispensable para el acceso, por parte de las entidades locales, a los
procedimientos de concesión de ayudas y subvenciones públicas.
No se ha promulgado modificación legislativa nacional alguna dirigida a condicionar la concesión o
percepción de subvenciones y ayudas públicas, a favor de las entidades locales, a la rendición de
sus cuentas y de las de sus entidades dependientes y, en la actualidad, únicamente las legislaciones
autonómicas de Aragón, Cataluña, Galicia, Madrid y Valencia contienen normas que condicionan la
concesión de subvenciones autonómicas al cumplimiento de la obligación de rendir cuentas.
Esta recomendación y Resoluciones, por tanto, tampoco han sido cumplidas.
Recomendación 3
Los órganos competentes deberían practicar la retención de la participación en los tributos del
Estado, prevista de manera potestativa en el artículo 36.1 de la Ley de Economía Sostenible, a
aquellas entidades locales que incumplan la obligación de rendir sus cuentas generales al Tribunal
de Cuentas, manteniendo dicha retención en tanto no cumplan con la referida obligación. A tal
efecto, se recomienda modificar la redacción del citado precepto, de manera que se establezca el
carácter preceptivo de dicha retención a las entidades que no se encuentren al corriente en la
rendición de cuentas, tal y como se regula para los supuestos de falta de remisión de la liquidación
presupuestaria anual al Ministerio de Hacienda y Función Pública.
La Comisión Mixta insta a los órganos competentes de la Administración estatal para que, tan pronto
tengan conocimiento de la falta de rendición de las cuentas generales de una entidad local, puedan
hacer efectivas, de manera oportuna, las medidas que ofrece la normativa, incluida la aplicación de
la retención en la participación en los tributos del Estado; entendiendo que la aplicación de esta
medida impulsará la rendición de las cuentas generales de las entidades locales como mecanismo
de buena gestión financiera.
No se ha practicado retención alguna en la participación en los tributos del Estado sobre aquellas
entidades que no hubieran rendido sus cuentas al Tribunal de Cuentas, pese a lo establecido en el
artículo 36.1 de la LES.
Igualmente, tampoco se ha modificado el artículo 36.1 LES para establecer el carácter preceptivo
de dicha retención a las entidades que no se encuentren al corriente en la rendición de cuentas, tal
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 20/12/2023 54
y como se regula para los supuestos de falta de remisión de la liquidación presupuestaria anual al
Ministerio de Hacienda y Función Pública.
Dichas recomendaciones y Resoluciones, en consecuencia, no han sido objeto de cumplimiento.
Recomendación 4
Modificar los límites de las multas coercitivas previstos en el artículo 30.5 de la Ley de
Funcionamiento del Tribunal de Cuentas, actualizando su cuantía para compeler de manera efectiva
al cumplimiento de las obligaciones de rendición de cuentas.
Esta medida fue incorporada en la Moción relativa a las medidas para promover la rendición de las
cuentas generales y la reducción de los plazos de rendición de cuentas en el sector público local y
en la Moción sobre el perfeccionamiento de la regulación legal del deber de colaboración de las
personas físicas y jurídicas, públicas y privadas, con el Tribunal de Cuentas en el ejercicio de su
función fiscalizadora, con la finalidad de mejorar la eficacia del control de la gestión económico-
financiera del sector público por parte del Tribunal.
La Comisión Mixta en su Resolución de 7 de febrero de 2019, relativa al Informe de fiscalización
sobre la rendición de cuentas de las entidades locales, ejercicio 2016, con especial atención a
entidades con incumplimientos reiterados de dicha obligación, se instaba al Gobierno a adoptar las
modificaciones normativas oportunas a efectos de revisar los importes de las multas coercitivas
contempladas en el artículo 30.5 de la LFTCu, previa realización del correspondiente requerimiento
conminatorio, en el caso de incumplimiento del deber de rendición de cuentas, e incrementar la
cuantía de sus límites, fortaleciendo con ello la efectividad de esta medida.
No se ha aprobado ninguna modificación de artículo 30.5 de la LFTCu, por lo que esta
recomendación no ha sido objeto de cumplimiento.
Recomendación 5
Actualizar la medida prevista en la disposición transitoria cuarta de la Ley de Racionalización y
Sostenibilidad de la Administración Local, consistente en la disolución de las Entidades de ámbito
territorial inferior al Municipio que no rindan sus cuentas al Tribunal de Cuentas y, en su caso, a los
Órganos de Control Externo de las comunidades autónomas, extendiendo su aplicación al
cumplimiento de la referida obligación al término de cada año, y no restringida a una fecha concreta,
así como estableciendo el procedimiento correspondiente para proceder a dicha disolución.
La Moción relativa a las medidas para promover la rendición de las cuentas generales y la reducción
de los plazos de rendición de cuentas en el sector público local incluye esta medida al haberse
observado en la cuenta general de 2013, el incremento de rendición entre las EATIM como
consecuencia de la previsión de la Disposición Transitoria Cuarta de la LRSAL, que estableció que
las EATIM existentes mantenían su personalidad jurídica y la condición de entidad local si
presentaban sus cuentas, a los correspondientes organismos del Estado y de la comunidad
autónoma respectiva, antes del 31 de diciembre de 2014.
No se ha llevado a cabo actualización alguna de esta medida, por lo que esta recomendación no se
considera realizada.
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 20/12/2023 55
Recomendación 6
Establecer como requisito para la toma de posesión de los puestos adjudicados en el concurso
unitario de provisión de puestos reservados a funcionarios con habilitación de carácter nacional,
haber cumplido las obligaciones de formación de la cuenta general y de remisión de otra información
obligatoria en la entidad local del puesto de cese, prescripción aplicable también a otras formas de
provisión de puestos de los órganos de Intervención.
La Moción relativa a las medidas para promover la rendición de las cuentas generales y la reducción
de los plazos de rendición de cuentas en el sector público local indica que una de las formas de
provisión definitiva del puesto de titular del órgano de intervención es el concurso, que en un número
significativo se lleva a cabo a través del concurso unitario anual, cuya resolución suele producirse
justo antes del proceso de formación de la cuenta general, lo que puede repercutir en una demora
en la realización de los trámites conducentes a dicha formación en aquellas entidades en las que
se adjudiquen puestos convocados mediante el citado procedimiento. La medida propuesta tiene
por objeto de evitar esta situación que se extiende al resto de obligaciones cuya responsabilidad
corresponda a los titulares de los órganos de intervención.
Esta modificación no se ha incorporado en la normativo, por lo que esta propuesta no se considera
realizada.
Además, en la citada Moción se incluyen otras propuestas relativas a promover la rendición de
cuentas generales, que también reiteradamente, se incorporan como recomendaciones en informes
de fiscalización del ámbito local. Estas recomendaciones se refieren a la necesidad de reforzar y
dotar de mayores medios a los órganos de intervención de las entidades locales y al ejercicio de la
función de asistencia que corresponde a las diputaciones provinciales y son las siguientes:
Dotar de recursos humanos y materiales suficientes a los órganos de Intervención de las
entidades locales e incrementar significativamente los puestos ocupados reservados a
funcionarios de la Administración Local con habilitación de carácter nacional mediante los
sistemas de provisión definitiva y, en especial, a través del concurso de méritos.
Garantizar que las diputaciones provinciales, cabildos y consejos insulares, entidades
supramunicipales y comunidades autónomas uniprovinciales ejerzan las funciones de
asistencia y cooperación con los municipios de menor dimensión, en particular, por lo que
se refiere a las funciones de secretaría e intervención.
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 20/12/2023 56
VIII. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES
A) CUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN DE RENDICIÓN DE LAS CUENTAS GENERALES DE
LAS ENTIDADES LOCALES
1. Las entidades locales, de manera mayoritaria, incumplieron la obligación de rendir la cuenta
general de 2022 antes del 15 de octubre de 2023, plazo establecido en el artículo 223 del
texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (TRLRHL). Únicamente el
45 % de las entidades locales, sin computar las entidades locales de ámbito territorial inferior
al municipio (EATIM), rindieron la cuenta general en plazo.
El hecho de la que la mayoría de las entidades locales no rinda cuentas en el plazo
establecido, además de constituir un incumplimiento legal, impide que los ciudadanos,
gestores públicos, instituciones públicas y demás interesados en la situación económica,
financiera, patrimonial y presupuestaria de una entidad local dispongan de esta información
de manera oportuna y supone también una restricción importante de la transparencia de la
gestión de las entidades locales.
2. Las entidades locales que rindieron en mayor número la cuenta general de 2022 antes del
15 de octubre de 2023 fueron las de las comunidades autónomas de Aragón (74 %),
Comunitat Valenciana (73 %), Galicia (69 %) y Cataluña (62 %). Por el contrario, los
ayuntamientos de las provincias de Andalucía (13 %), de Castilla-La Mancha (23 %) y Murcia
(27 %), son los que presentan los peores datos de rendición.
Se da la circunstancia que en todas las comunidades, junto a la Comunidad de Madrid, que
registran índices de rendición de cuentas muy superiores a la media, su normativa prevé la
prohibición de acceder a subvenciones o ayudas públicas a aquellas entidades locales que
no se hallen al corriente en la rendición de cuentas. La efectividad de este tipo de medidas
se revela en el impacto positivo inmediato que tienen en la mejora de los índices de rendición
cuando se aplican las mismas.
3. Las mancomunidades de municipios presentan unos niveles de incumplimiento muy altos.
Sólo el 25 % rindió las cuentas en plazo y a 31 de octubre, había un 64 % pendiente de
rendición.
4. Un total de 1.477 entidades locales -988 si excluimos las EATIM- tienen pendiente de rendir
la cuenta general de los tres últimos ejercicios. La mayoría de estas entidades locales
corresponden a municipios de población inferior a 5.000 habitantes o a mancomunidades.
La función de asistencia encomendada a las diputaciones resulta especialmente necesaria
y ha de reforzarse, pues existe un elevado número de ayuntamientos de reducida población
y EATIM que incumplen la obligación de rendir cuentas.
No obstante, es especialmente relevante la existencia de seis ayuntamientos de municipios
con población mayor de 50.000 habitantes y 20 ayuntamientos mayores de 20.000
habitantes que no han rendido las cuentas correspondientes a los tres últimos ejercicios.
5. La regulación autonómica de Andalucía, Madrid y Castilla y León establecen que la cuenta
general se rendirá al OCEx dentro del mes siguiente al de la fecha límite de aprobación de
la cuenta general, es decir, hasta el 31 de octubre del ejercicio posterior al que aquellas se
refieran. Así, se da la circunstancia, que entidades locales de estas tres comunidades
autónomas, pueden estar rindiendo a su OCEx dentro del plazo legal y, sin embargo, están
incumpliendo la obligación establecida en el art 223.2 TRLRHL
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 20/12/2023 57
6. En el ejercicio 2022 los ayuntamientos de municipios con población superior a 50.000
habitantes y entidades supramunicipales deben formar y rendir cuentas anuales
consolidadas. Únicamente el 40 % de las entidades que estaban obligadas a formar cuentas
consolidadas y han rendido cuentas, han remitido, formando parte de su cuenta general, la
cuenta consolidada, lo que pone de manifiesto que el proceso de formación de cuentas
anuales consolidadas se ha iniciado en este ejercicio con grandes carencias y las entidades
locales, de forma mayoritaria, no estaban adecuadamente preparadas para su elaboración.
B) CUMPLIMIENTO DE LA REMISIÓN DE LA INFORMACIÓN DE CONTRATACIÓN PÚBLICA
7. En 2022 la Plataforma de Rendición de Cuentas se interconectó con la Plataforma de
Contratos del Sector Público (PCSP), y se automatizó la carga de los datos publicados en
el perfil de contratante, facilitando a las entidades locales el cumplimiento de esta obligación,
lo que ha producido una mejora en la calidad de la información recibida por las entidades y
en los niveles de cumplimiento.
8. Las entidades locales incumplieron mayoritariamente la obligación de remitir antes del 28 de
febrero de 2023 la relación anual de los contratos celebrados en 2022, prevista en el artículo
40.2 de la LFTCu y el artículo 335 de la LCSP. Sólo el 48 % de ellas, excluidas EATIM,
cumplieron con esta remisión antes de finalizar el mes de febrero de 2023 y siete meses
después del plazo legal, seguían sin remitir la relación anual de 2022 el 42 % de las
entidades locales. Este incumplimiento no es homogéneo entre las entidades locales,
concentrándose, fundamentalmente, entre las entidades locales de tamaño más reducido,
ayuntamientos menores de 1.000 habitantes y EATIM, y en las mancomunidades.
Sin embargo, hay que reseñar la existencia de 57 ayuntamientos mayores de 20.000
habitantes, seis diputaciones provinciales, 13 comarcas y otras 13 agrupaciones de
municipios que no remitieron la información de los contratos correspondientes al ejercicio
2022.
9. Además, existe un elevado índice de incumplimiento reiterado, ya que el 73 % de las
entidades locales que no han enviado la relación de 2022, no han remitido tampoco las
relaciones anuales de contratos de 2020 y 2021.
Dos ayuntamientos de municipios de más de 100.000 habitantes, cuatro de municipios de
más de 50.000 y 16 de población entre 20.000 y 50.000 habitantes, así como una diputación
provincial, no han remitido la información relativa a la contratación administrativa en ninguno
de los tres últimos ejercicios.
10. Por comunidad autónoma, destacan las entidades locales de la Comunitat Valenciana y
Canarias que han cumplido casi en totalidad, con el envío de las relaciones de contratos de
2022, el 97 % y 95 % respectivamente, mientras que son las entidades de Castilla-La
Mancha (38 %), Andalucía (41 %) y La Rioja (46 %) las más incumplidoras.
11. Además de las relaciones de contratos, las entidades locales están obligadas a remitir el
extracto del expediente de los contratos que superen determinadas cuantías según su
naturaleza. En 2022, las entidades que remitieron la relación de contratos, no remitieron los
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 20/12/2023 58
extractos correspondientes a 1.680 contratos, lo que representa el 32 % de los que debían
haberse remitido.
C) CUMPLIMIENTO DE LA REMISIÓN DE LA INFORMACIÓN DE CONVENIOS
12. La obligación de remitir la relación anual de convenios conforme a lo previsto en el artículo
53 de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP), se incumple por la
mayoría de las entidades locales. El nivel de cumplimiento, excluyendo las EATIM, es
especialmente bajo, únicamente el 35 % de ellas ha enviado en plazo la relación de 2022,
el 42 % lo había hecho siete meses después del vencimiento del plazo y el 41 % no había
cumplido con esta obligación en los tres últimos ejercicios.
Este incumplimiento generalizado, aunque afecta en mayor medida a las entidades locales
de menor dimensión, presenta entre las entidades locales de mayor tamaño también un nivel
muy alto. Así, 70 ayuntamientos mayores de 50.000 habitantes, entre los que se encuentran
27 ayuntamientos mayores de 100.000 habitantes, no cumplen con la obligación de remitir
la relación anual de convenios del ejercicio 2022.
No obstante, se aprecia una mejoría en la evolución de los tres últimos ejercicios,
habiéndose incrementado en 11 puntos porcentuales el número de entidades locales que
remiten las relaciones anuales de convenios de 2020 a 2023.
13. Por comunidades autónomas, es especialmente destacable la situación de las entidades
locales de Canarias, donde el 99 % de ellas cumplieron con la obligación de remitir la relación
de convenios del ejercicio 2022, seguidas de las entidades locales de Illes Balears y Aragón.
Por el contrario, son especialmente bajos los niveles de cumplimiento en Andalucía, Madrid
y Castilla-La Mancha, en las que el incumplimiento supera el 67 % de las entidades locales.
D) CUMPLIMIENTO DE LA REMISIÓN DE LA INFORMACIÓN DE CONTROL INTERNO CON EL
SISTEMA DE CONTROL INTERNO
14. La obligación establecida en el artículo 218 del TRLRHL y en el Real Decreto 424/2017 que
regula el régimen jurídico del control interno en las entidades del Sector Público Local, de
remitir la información de control de interno por parte de los responsables de los órganos de
intervención se cumple de forma muy reducida, el 34 % de ellos, excluidas EATIM, remitieron
la información relativa al ejercicio 2022 antes del 30 de abril, cumpliendo el plazo legal.
También ha sido muy bajo el porcentaje de cumplimiento una vez transcurridos cinco meses
del plazo legal, el 44 %. Además, el nivel de incumplimientos reiterado es alto, el 25 % de
ellos no habían remitido la información sobre el control interno desde el año 2019.
En este caso, la falta de envío de la información de control interno se registra en las
entidades locales de menor tamaño, aunque resulta de especial relevancia que 25
responsables de órganos de intervención de ayuntamientos de municipios mayores de
50.000 habitantes, cuatro de diputaciones provinciales y uno de un consejo insular, no
habían remitido la información sobre control interno del ejercicio 2022. Algunos de ellos son
reincidentes en este incumplimiento, puesto que 13 órganos de intervención de
ayuntamientos de municipios de población mayor de 20.000 habitantes, entre los que se
incluyen tres mayores de 50.000 habitantes, no han remitido la información sobre el control
interno en los últimos cuatro años.
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 20/12/2023 59
15. En el análisis territorial, son los órganos de intervención de las comunidades autónomas de
Canarias, Comunitat Valenciana, Cataluña y Galicia los que han cumplido en mayor medida
con la obligación de remitir la información de 2022, y de nuevo, destaca el caso de Canarias,
con el 91 % de cumplimiento. Los órganos de intervención más incumplidores se encuentran
en Castilla-La Mancha y Castilla y León, que tienen un elevado número de entidades de
reducido tamaño.
16. La evolución de los cuatro últimos años refleja una tendencia decreciente en el cumplimiento
de esta obligación; desde el año 2020 ha disminuido el cumplimiento de esta obligación un
16 %.
Uno de los fines de la obligación establecida en el artículo 218 del TRLRHL es potenciar el
control de las entidades locales regulando una remisión de información desde los órganos
que llevan a cabo el control interno a los de control externo. Por tanto, el incumplimiento de
esta obligación supone limitar el ejercicio de este control y es especialmente relevante el
hecho de que existan responsables de órganos de intervención que causen esta situación,
puesto que son los que deben garantizar el cumplimiento de la legalidad en los
procedimientos de las entidades locales.
E) CUMPLIMIENTO GLOBAL DE LAS OBLIGACIONES DE REMISIÓN DE INFORMACIÓN AL
TRIBUNAL DE CUENTAS
17. Las entidades locales, de forma generalizada, no cumplieron con todas las obligaciones de
remisión de información al Tribunal de Cuentas en el plazo legal correspondiente al ejercicio
2022. Únicamente el 12 % de las entidades locales atendieron todas sus obligaciones en el
plazo legal; si no se tiene en cuenta el comportamiento de las EATIM, el porcentaje se
incrementa ligeramente, hasta el 15 %. Además, son muy pocas las entidades locales que
han cumplido todas las obligaciones referidas al ejercicio 2022; sólo el 19 % de las
entidades, 23 % sin tener en cuenta a las EATIM, habían rendido la cuenta general, remitido
las relaciones anuales de contratos y convenios, y los órganos de intervención, remitido la
información sobre el ejercicio de control, a la fecha de cierre de los trabajos de fiscalización.
Resulta de especial importancia que el 5 % de los de municipios con población entre 50.000
y 100.000 habitantes y el 6 % de los de municipios entre 20.000 y 50.000 habitantes, así
como el 50 % de los cabildos y consejos insulares y el 61 % de las diputaciones, tenían
alguna obligación de 2022 pendiente de cumplir. Se trata de entidades locales que gestionan
un importante volumen de recursos públicos y disponen de medios suficientes y, sin
embargo, no atienden todas sus obligaciones.
18. En el caso de las mancomunidades, creadas por los municipios para ejecutar de forma
común obras y servicios de competencia municipal, el nivel de incumplimiento es
especialmente elevado; el 64 % no había rendido la cuenta general del ejercicio 2022, el 59
% no había remitido la relación anual de contratos, el 67 % la de convenios y el 75 % de los
órganos de intervención no habían remitido la información del control interno. Destaca que
el 43 % no cumplió ninguna de estas obligaciones.
19. Existen 3.000 EATIM en las que, con carácter general, se aprecia una importante deficiencia
de control y de cumplimiento de las obligaciones ante el Tribunal de Cuentas. El 57 % no
había rendido la cuenta general del ejercicio 2022, el 67 % no había remitido la relación
anual de contratos de 2022 y el 79 % la de convenios y del 90 % no se ha recibido
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 20/12/2023 60
información sobre el ejercicio de control interno. El porcentaje de las que incumplen todas
las obligaciones es muy elevado, el 43 %.
En estas entidades, los bajos niveles de cumplimiento de sus obligaciones son, en gran
medida, debido a la ausencia de responsables que ejerzan el control interno en estas
entidades. Las diferentes modificaciones normativas que se han llevado a cabo para dotar
de personal especializado y capacitado para el ejercicio de las funciones correspondientes
a habilitados nacionales en las EATIM, no están dando solución adecuada que sirva para
implantar un control adecuado en estas entidades.
No obstante, hay que tener en consideración que en la rendición de la cuenta general de
2013, el 89 % de las cuentas se rindieron ante la posible aplicación de la previsión de la
Disposición Transitoria Cuarta de la LRSAL, que estableció que las EATIM existentes
mantenían su personalidad jurídica y la condición de entidad local si presentaban sus
cuentas a los correspondientes organismos del Estado y de la comunidad autónoma
respectiva, antes del 31 de diciembre de 2014.
Este hecho pone de manifiesto que, en gran medida, la falta de rendición de cuentas de las
EATIM se debe a la falta de voluntad de cumplir con sus obligaciones y muestra la eficacia
de este tipo de disposiciones.
20. El análisis territorial refleja que son las entidades locales de Aragón, Canarias, Illes Balears,
Cataluña, y Comunitat Valenciana, las que mejor han cumplido con todas sus obligaciones
correspondientes al ejercicio 2022.
Por el contrario, en Extremadura, Cantabria, Región de Murcia, Castilla y León, La Rioja los
resultados son insuficientes. Más del 20 % de sus entidades locales no han cumplido con
ninguna de las obligaciones de 2022 al Tribunal de Cuentas y, en su caso, al OCEx
correspondiente.
En las comunidades autónomas de Andalucía y de Castilla-La Mancha, un número relevante
de entidades locales no han cumplido con ninguna de las mencionadas obligaciones, en
concreto, el 51 % en Castilla-La Mancha y el 41 % en Andalucía. Este resultado refleja la
existencia de una falta de cultura de cumplir con sus obligaciones ante las Instituciones de
Control Externo, muy extendida entre sus entidades locales, al apreciar que no se derivan
consecuencias de estos incumplimientos.
F) SEGUIMIENTO DE LAS RECOMENDACIONES CONTENIDAS EN ANTERIORES INFORMES
DE FISCALIZACIÓN DEL SECTOR PÚBLICO LOCAL Y EN LA MOCIÓN RELATIVA A LAS
MEDIDAS PARA PROMOVER LA RENDICIÓN DE LAS CUENTAS GENERALES Y LA
REDUCCIÓN DE LOS PLAZOS DE RENDICIÓN DE CUENTAS EN EL SECTOR PÚBLICO LOCAL
21. Desde 2003 en los Informes de fiscalización del Sector Público Local, en numerosas
actuaciones fiscalizadoras en las que se ha puesto de manifiesto el insuficiente nivel de
rendición de las cuentas generales de las entidades locales, en declaraciones institucionales
del Tribunal de Cuentas y de la totalidad de los OCEX sobre las medidas para estimular la
rendición de cuentas de las entidades locales, y en la Moción relativa a las medidas para
promover la rendición de las cuentas generales y la reducción de los plazos de rendición de
cuentas en el sector público local, el Tribunal de Cuentas ha formulado recomendaciones y
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 20/12/2023 61
propuestas de medidas dirigidas a la mejora de dicha rendición y a la reducción de los plazos
legales para efectuarla.
Estas recomendaciones dirigidas al Gobierno de la Nación, a las comunidades autónomas
o a las entidades locales, están referidas a efectuar modificaciones normativas relativas al
procedimiento y plazo de rendición de cuentas; a reforzar y facilitar el proceso de rendición
a los órganos de Intervención de las entidades locales, especialmente de las de menor
dimensión; y, en última instancia, a hacer efectivas de manera oportuna las medidas legales
existentes, tan pronto se tenga conocimiento de la falta de rendición de las cuentas
generales por las entidades locales, de modo que la aplicación de aquellas impulse, en la
práctica, la rendición.
La Comisión Mixta para las relaciones con el Tribunal de Cuentas, en las correspondientes
resoluciones emitidas en los últimos años, con carácter general, ha asumido el contenido de
los mencionados Informes, así como sus conclusiones y recomendaciones, instando al
Gobierno, a las comunidades autónomas y a las entidades locales, entre otras, a adoptar las
medidas recomendadas por el Tribunal de Cuentas.
En este Informe se ha hecho un seguimiento del grado de la medida en que se han atendido
las recomendaciones formuladas. Pese a los bajos niveles de atención de las obligaciones
con el Tribunal de Cuentas, las medidas propuestas no han sido atendidas por lo que todas
ellas se reiteran una vez más.
Madrid, 20 de diciembre de 2023
LA PRESIDENTA
Enriqueta Chicano Jávega
ANEXOS
ANEXOS AL INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 20/12/2023 65
RELACIÓN DE ANEXOS
ANEXO I MARCO NORMATIVO ...............................................................................
ANEXO II AYUNTAMIENTOS MAYORES DE 50.000 HABITANTES QUE NO HAN
RENDIDO CUENTAS EN PLAZO DEL EJERCICIO 2022 ..........................
ANEXO III AYUNTAMIENTOS MAYORES DE 100.000 HABITANTES QUE NO HAN
REMITIDO LA RELACIÓN DE CONVENIOS DEL EJERCICIO 2022 (A 31
DE OCTUBRE DE 2023) ............................................................................
ANEXO IV AYUNTAMIENTOS DE MUNICIPIOS MAYORES DE 50.000
HABITANTES Y ENTIDADES SUPRAMUNICIPALES QUE NO HAN
REMITIDO EL CONTROL INTERNO EN 2022 (A 31 DE OCTUBRE DE
2023) ..........................................................................................................
67
73
69
75
Anexo I - 1/2
ANEXOS AL INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 20/12/2023 67
MARCO NORMATIVO
La normativa reguladora del sector público local y, en especial, de la rendición de cuentas, así como
de otra información en materia de contratos, convenios y control interno de las entidades locales,
en el ejercicio 2020, está integrada, fundamentalmente, por las siguientes disposiciones:
Resolución 58/4 de la Asamblea General de 31 de octubre de 2023 por la que se aprueba la
Convención de las Naciones Unidas contra la corrupción.
Ley 7/1988, de 5 de abril, de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas.
Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la
Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local.
Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP), por la que se transponen
al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo
2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
Real Decreto 424/2017, de 28 de abril, por el que se regula el régimen jurídico del control interno
en las entidades del Sector Público Local.
Orden HAP/1781/2013 de 20 de septiembre, por la que se aprueba la instrucción del modelo
normal de contabilidad local.
Orden HAP/1782/2013 de 20 de septiembre, por la que se aprueba la instrucción del modelo
simplificado de contabilidad local y se modifica la instrucción del modelo básico de contabilidad
Orden HAC/836/2021 de 9 de julio por la que se aprueban las normas para la formulación de las
cuentas anuales consolidadas en el ámbito del sector público local.
Resolución del 13 de noviembre de 2015 de la Intervención general de la Administración del
Estado, por la que se recomienda un nuevo formato normalizado de la Cuenta General de las
Entidades Locales en soporte informático para su rendición.
Resolución del 22 de diciembre de 2022 de la Intervención general de la Administración del
Estado por la que se modifica el formato de las cuentas anuales consolidadas previsto en la
Resolución de 13 de noviembre de 2015, por la que se recomienda un nuevo formato
normalizado de la Cuenta General de las Entidades Locales en soporte informático para su
rendición.
Resolución de 2 de diciembre de 2015, de la Presidencia del Tribunal de Cuentas, por la que se
publica el Acuerdo del Pleno de 26 de noviembre de 2015, por el que se aprueba la Instrucción
que regula la rendición telemática de la Cuenta General de las Entidades Locales y el formato
de dicha Cuenta, a partir de la correspondiente al ejercicio 2015
13
.
13
Modificada por Acuerdo del Pleno del Tribunal de Cuentas de 19 de diciembre de 2019, que fue objeto de publicación
mediante Resolución de 15 de enero de 2020, de la Presidencia del Tribunal de Cuentas.
Anexo I - 2/2
ANEXOS AL INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 20/12/2023 68
Resolución de 3 de julio de 2018, de la Presidencia del Tribunal de Cuentas, por la que se publica
el Acuerdo del Pleno de 28 de junio de 2018, por el que se aprueba la Instrucción relativa a la
remisión telemática al Tribunal de Cuentas de los extractos de los expedientes de contratación y
de las relaciones anuales de los contratos celebrados por las entidades y entes del Sector Público
Local al amparo de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
14
.
Resolución de 2 de diciembre de 2016, de la Presidencia del Tribunal de Cuentas, por la que se
publica el Acuerdo del Pleno de 24 de noviembre de 2016, por el que se aprueba la Instrucción
relativa a la remisión telemática al Tribunal de Cuentas de convenios y de relaciones anuales de
los celebrados por las entidades del Sector Público Local.
Resolución de 15 de enero de 2020, de la Presidencia del Tribunal de Cuentas, por la que se
publica el Acuerdo del Pleno de 19 de diciembre de 2019, por el que se aprueba la Instrucción
sobre remisión de información relativa al ejercicio del control interno de las Entidades Locales.
Moción n.º 1451/2021 relativa a las medidas para promover la rendición de las Cuentas
Generales y la reducción de los plazos de rendición de cuentas en el sector público local.
14
Sustituye a la anterior Instrucción sobre remisión telemática al Tribunal de Cuentas de los extractos de los expedientes de
contratación y de las relaciones anuales de los contratos celebrados por las Entidades del Sector Público Local, aprobada por el
Pleno del Tribunal de Cuentas el 22 de diciembre de 2015.
Anexo II - 1/3
ANEXOS AL INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 20/12/2023 69
AYUNTAMIENTOS MAYORES DE 50.000 HABITANTES QUE NO HAN RENDIDO CUENTAS
EN PLAZO DEL EJERCICIO 2022
AYUNTAMIENTOS QUE HAN RENDIDO CUENTAS FUERA DE PLAZO (HASTA EL 31 DE OCTUBRE DE 2023)
Comunidad Autónoma
Provincia
Ayuntamiento
Fecha de envío
Andalucía
Cádiz
Ayuntamiento de Algeciras
2023-10-18
Granada
Ayuntamiento de Granada
2023-10-31
Málaga
Ayuntamiento de Málaga
2023-10-30
Castilla y León
Ávila
Ayuntamiento de Ávila
2023-10-31
Burgos
Ayuntamiento de Burgos
2023-10-31
León
Ayuntamiento de León
2023-10-31
Palencia
Ayuntamiento de Palencia
2023-10-26
Salamanca
Ayuntamiento de Salamanca
2023-10-31
Valladolid
Ayuntamiento de Valladolid
2023-10-17
Castilla La Mancha
Toledo
Ayuntamiento de Talavera de la Reina
2023-10-18
Cataluña
Barcelona
Ayuntamiento de Sant Cugat del Vallés
2023-10-24
Comunidad de Madrid
-
Ayuntamiento de Alcorcón
2023-10-27
-
Ayuntamiento de Aranjuez
2023-10-30
-
Ayuntamiento de Arganda del Rey
2023-10-26
-
Ayuntamiento de Boadilla del Monte
2023-10-30
-
Ayuntamiento de Colmenar Viejo
2023-10-31
-
Ayuntamiento de Coslada
2023-10-25
-
Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid
2023-10-31
-
Ayuntamiento de Móstoles
2023-10-30
-
Ayuntamiento de Parla
2023-10-23
-
Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz
2023-10-31
-
Ayuntamiento de Tres Cantos
2023-10-31
Comunitat Valenciana
Alicante/Alacant
Ayuntamiento de Torrevieja
2023-10-24
Valencia
Ayuntamiento de Gandía
2023-10-31
Región de Murcia
-
Ayuntamiento de Lorca
2023-10-27
Fuente: Plataforma de rendición de cuentas
Anexo II - 2/3
ANEXOS AL INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 20/12/2023 70
AYUNTAMIENTOS QUE NO HAN RENDIDO CUENTAS A 31 DE OCTUBRE DE 2023
Comunidad Autónoma
Provincia
Ayuntamiento
Andalucía
Almería
Ayuntamiento de El Ejido
Ayuntamiento de Roquetas de Mar
Cádiz
Ayuntamiento de Cádiz
Ayuntamiento de Chiclana de la Frontera
Ayuntamiento de El Puerto de Santa María
Ayuntamiento de Jerez de la Frontera
Ayuntamiento de La Línea de la Concepción
Ayuntamiento de San Fernando
Ayuntamiento de Sanlúcar de Barrameda
Córdoba
Ayuntamiento de Córdoba
Granada
Ayuntamiento de Motril
Huelva
Ayuntamiento de Huelva
Jaén
Ayuntamiento de Jaén
Ayuntamiento de Linares
Málaga
Ayuntamiento de Benalmádena
Ayuntamiento de Estepona
Ayuntamiento de Fuengirola
Ayuntamiento de Marbella
Ayuntamiento de Mijas
Ayuntamiento de Rincón de la Victoria
Ayuntamiento de Torremolinos
Ayuntamiento de Vélez-Málaga
Sevilla
Ayuntamiento de Sevilla
Ayuntamiento de Utrera
Canarias
Las Palmas
Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria
Ayuntamiento de Santa Lucía de Tirajana
Ayuntamiento de Telde
Santa Cruz de Tenerife
Ayuntamiento de Arona
Ayuntamiento de Granadilla de Abona
Ayuntamiento de San Cristóbal de La Laguna (*)
Cantabria
Cantabria
Ayuntamiento de Torrelavega (*)
Castilla y León
León
Ayuntamiento de Ponferrada
Segovia
Ayuntamiento de Segovia
Zamora
Ayuntamiento de Zamora (*)
Castilla-La Mancha
Cuenca
Ayuntamiento de Cuenca
Guadalajara
Ayuntamiento de Guadalajara
Cataluña
Barcelona
Ayuntamiento de Badalona
Ayuntamiento de Barcelona
Anexo II - 3/3
ANEXOS AL INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 20/12/2023 71
AYUNTAMIENTOS QUE NO HAN RENDIDO CUENTAS A 31 DE OCTUBRE DE 2023
Comunidad Autónoma
Provincia
Ayuntamiento
Ayuntamiento de Cerdanyola del Vallès
Comunidad de Madrid
-
Ayuntamiento de Alcobendas (*)
-
Ayuntamiento de Collado Villalba (*)
-
Ayuntamiento de Getafe
-
Ayuntamiento de Leganés (*)
-
Ayuntamiento de Majadahonda
-
Ayuntamiento de Pinto
-
Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón
-
Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid
-
Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes
-
Ayuntamiento de Valdemoro (*)
Comunitat Valenciana
Alicante/Alacant
Ayuntamiento de Benidorm (*)
Extremadura
Badajoz
Ayuntamiento de Badajoz (*)
Ayuntamiento de Mérida
Cáceres
Ayuntamiento de Cáceres
Galicia
A Coruña
Ayuntamiento de A Coruña
Ayuntamiento de Ferrol
Lugo
Ayuntamiento de Lugo (*)
Ourense
Ayuntamiento de Ourense
Illes Balears
Illes Balears
Ayuntamiento de Palma
Región de Murcia
-
Ayuntamiento de Cartagena (*)
-
Ayuntamiento de Murcia
(*) Ayuntamientos que han rendido la cuenta general de 2022 a 1 de diciembre de 2023.
Fuente: Plataforma de rendición de cuentas
Anexo III
ANEXOS AL INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 20/12/2023 73
AYUNTAMIENTOS MAYORES DE 100.000 HABITANTES QUE NO HAN REMITIDO LA
RELACIÓN DE CONVENIOS DEL EJERCICIO 2022 (A 31 DE OCTUBRE DE 2023) (*)
Comunidad Autónoma
Provincia
Ayuntamiento
Andalucía
Almería
Ayuntamiento de Roquetas de Mar
Cádiz
Ayuntamiento de Algeciras
Ayuntamiento de Cádiz
Ayuntamiento Jerez de la Frontera
Córdoba
Ayuntamiento de Córdoba
Granada
Ayuntamiento de Granada
Huelva
Ayuntamiento de Huelva
Jaén
Ayuntamiento de Jaén
Málaga
Ayuntamiento de Marbella
Sevilla
Ayuntamiento de Dos Hermanas
Ayuntamiento de Sevilla
Castilla y León
Burgos
Ayuntamiento de Burgos
León
Ayuntamiento de León
Salamanca
Ayuntamiento de Salamanca
Valladolid
Ayuntamiento de Valladolid
Comunidad de Madrid
-
Ayuntamiento de Alcobendas
-
Ayuntamiento de Alcorcón
-
Ayuntamiento de Fuenlabrada
-
Ayuntamiento de Getafe
-
Ayuntamiento de Leganés
-
Ayuntamiento de Móstoles
-
Ayuntamiento de Parla
-
Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz
Comunitat Valenciana
Alicante/Alacant
Ayuntamiento de Alicante/Alacant
Castellón/Castelló
Ayuntamiento de Castellón de la Plana/Castelló de la Plana
Galicia
A Coruña
Ayuntamiento de A Coruña
Ourense
Ayuntamiento de Ourense
(*) A 1 de diciembre de 2023, el Ayuntamiento de Huelva había remitido la relación de convenios suscritos en los
ejercicios 2020, 2021 y 2022.
Fuente: Plataforma de rendición de cuentas
Anexo IV
ANEXOS AL INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 20/12/2023 75
AYUNTAMIENTOS DE MUNICIPIOS MAYORES DE 50.000 HABITANTES Y ENTIDADES
SUPRAMUNICIPALES QUE NO HAN REMITIDO EL CONTROL INTERNO EN 2022 (A 31 DE
OCTUBRE DE 2023) (*)
Comunidad Autónoma
Provincia
Entidad
Andalucía
Almería
Ayuntamiento de El Ejido
Cádiz
Ayuntamiento de Algeciras
Ayuntamiento de Chiclana de la Frontera
Ayuntamiento de El Puerto de Santa María
Ayuntamiento de Jerez de la Frontera
Ayuntamiento de San Fernando
Ayuntamiento de Sanlúcar de Barrameda
Huelva
Diputación de Huelva
Jaén
Ayuntamiento de Linares
Málaga
Ayuntamiento de Marbella
Ayuntamiento de Rincón de la Victoria
Ayuntamiento de Torremolinos
Canarias
Las Palmas
Cabildo Insular de Fuerteventura
Santa Cruz de Tenerife
Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife
Cantabria
Cantabria
Ayuntamiento de Santander
Castilla y León
Segovia
Ayuntamiento de Segovia
Diputación de Segovia
Castilla-La Mancha
Albacete
Diputación de Albacete
Cuenca
Diputación de Cuenca
Guadalajara
Ayuntamiento de Guadalajara
Cataluña
Barcelona
Ayuntamiento de Badalona
Ayuntamiento de Cerdanyola del Vallès
Ayuntamiento de Manresa
Ayuntamiento de Rubí
Ayuntamiento de Sant Cugat del Vallès
Comunidad de Madrid
-
Ayuntamiento de Alcorcón
-
Ayuntamiento de Aranjuez
-
Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón
Comunitat Valenciana
Alicante/Alacant
Ayuntamiento de Benidorm
Valencia
Área Metropolitana Tratamiento de Residuos
Región de Murcia
Murcia
Ayuntamiento de Cartagena
(*) A 1 de diciembre de 2023, habían remitido la información de control interno, el Ayuntamiento de
Algeciras y San Fernando ambos en Cádiz; El Ayuntamiento de Alcorcón en Madrid y Santa Cruz de
Tenerife.
Fuente: Plataforma de rendición de cuentas

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