SAP Madrid 64/2006, 16 de Marzo de 2006

PonenteMARIA CARMEN COMPAIRED PLO
ECLIES:APM:2006:3165
Número de Recurso469/2005
Número de Resolución64/2006
Fecha de Resolución16 de Marzo de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 2ª

MARIA CARMEN COMPAIRED PLO

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCIÓN SEGUNDA

ROLLO DE APELACIÓN: 469 /2005

Órgano Procedencia: JDO. 1A.INST.E INSTRUCCION N. 2 de POZUELO DE ALARCON

Proc. Origen: JUICIO DE FALTAS nº 165 /2005

SENTENCIA Nº 64/2006

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ILMA. SRA. MAGISTRADA:

CARMEN COMPAIRED PLO

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En MADRID , a dieciséis de marzo de dos mil seis.

Vista en grado de apelación por la Ilma. CARMEN COMPAIRED PLO Magistrada de esta Audiencia Provincial, Sección Segunda, al que se acordó la formación del rollo número 469 /2005 actuando como Tribunal unipersonal en turno de reparto, conforme a lo dispuesto en el artículo 82.2º, párrafo segundo de la L. O. del P.J ., ha visto en esta segunda instancia, la presente apelación contra sentencia dictada por el JDO. 1A.INST.E INSTRUCCION N. 2 de POZUELO DE ALARCON en el JUICIO DE FALTAS nº 165 /2005 , conforme al procedimiento establecido en el artículo 976 y siguiente a la Ley de Enjuiciamiento Criminal según la nueva redacción dada por la ley 10/92 del 30 de abril . Habiendo sido partes: En concepto de apelante/s Montserrat y en concepto de apelado/s Vicente, MINISTERIO FISCAL .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Habiéndose procedido a la incoación de Juicio de Faltas, por FALTA DESOBEDIENCIA RELATIVA MENOR, por el Ilmo. Magistrado Juez del JDO. 1A.INST.E INSTRUCCION N. 2 de POZUELO DE ALARCON se dictó sentencia con fecha 15 de julio de 2005 estableciendo en el fallo o parte dispositiva el tenor literal siguiente: "FALLO: Que condenar y condeno a Montserrat como autora de una f alta contra las personas prevista y penada en el artículo 618 del Código Penal , a la pena de cuarenta días de multa con una cuota diaria de seis euros, con el apercibimiento expreso de que, en caso de impago, quedara sujeta a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, así como al pago de las costas causadas en la tramitación del presente procedimiento, si las hubiere."

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de apelación por Montserrat y admitido tal recurso en ambos efectos, fueron elevados los autos a esta Audiencia, Recibidos, se formó el Rollo y se siguió este recurso por sus trámites.

Se aceptan y se dan por reproducidos los de la sentencia apelada.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se interpone recurso de apelación por la representación de Montserrat contra la sentencia dictada por el JDO. 1A.INST.E INSTRUCCION N. 2 de POZUELO DE ALARCON en JUICIO DE FALTAS nº 165 /2005 , y se invocan como motivos: Que los hechos no configuran el tipo de la falta del art 618 Código Penal y subsidiariamente concurrían las eximentes de legítima defensa y Estado de Necesidad.

Se señala en el escrito de recurso, que no se ha respetado el derecho de defensa, ya que los hechos se deben de encuadrar dentro de la existencia de unos comportamientos, que pudieran constituir abuso sexual y del que vendría en ser responsable, el denunciante.

Que lo apropiado hubiera sido la suspensión del régimen de visitas. Que por la audiencia se ha estimado el recurso interpuesto contra el archivo de los presuntos abusos sexuales y acordada la realización de pruebas.

Que en este marco resulta difícilmente encajable el cumplimiento del régimen de visitas, régimen que tiene concedido el padre, pero que en concreto ese fin de semana del 25, 26, 27 de febrero de 2005, la obligación...

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