Los impuestos indirectos sobre el tráfico jurídico, de José Menéndez Hernández.

AutorFrancisco Corral Dueñas
Páginas1174-1176

    MENÉNDEZ HERNÁNDEZ, JOSÉ: Los impuestos indirectos sobre el tráfico jurídico, Editorial Bosch, Barcelona, 1990. Un tomo de 667 págs.

Creo que fue Oscar Wilde el que dijo que en esta vida hay dos cosas que ningún hombre puede eludir: la muerte y los impuestos. La primera cosa es obvia, aunque con los antibióticos, dicen que se ha conseguido retrasarla un tanto, en términos generales.

En cuanto a pagar los impuestos, no se han encontrado aún ni moratorias ni prórrogas que valgan. Cuando la Administración tributaria lo ordena, y dentro del plazo precisamente, el contribuyente no tiene más remedio que dar la "lana", por muchos balidos que entone. A vuelta con las citas célebres, creo que fue Napoleón el que dijo que si los ciudadanos reclaman contra los impuestos es señal de que los pagan, que es, en definitiva, lo único que importa al Erario.

Page 1175Esta retahila de ironías, tan doloridas como inútiles, viene como cabecera de presentación de otro libro, documentado como todos los suyos, que ha escrito el Registrador de la Propiedad José Menéndez Hernández. El autor es bien conocido de nuestros lectores por los numerosos trabajos que lleva publicados en esta Revista y fuera de ella sobre diversas materias jurídicas, pero especialmente sobre la tributaria. Como Registrador es Liquidador en activo de los impuestos que han derivado del clásico de derechos reales, siendo un acreditado especialista y un profundo estudioso de las cuestiones que se derivan de esta rama. Al final de este libro se relacionan las diversas publicaciones jurídicas de José Menéndez en una impresionante lista de nada menos que ¡ciento cincuenta y ocho títulos!, que ya es decir. Y aún han aparecido algunos otros, con lo que dicha lista continúa abierta.

La materia tributaria es árida y un tanto antipática por sí. No se presta demasiado al comentario porque la Ley es la Ley y las normas fiscales son casuísticas y más bien terminantes, dejando poco espacio para elucubraciones y comentarios. Pero José Menéndez sabe sacar punta a sus preceptos, y como bien nos dice, aun ciñéndose a la Ley, debe existir total libertad a la hora de comentarla. "In lege, unitas; in opinionibus, plena libertas". Así lo ha escrito en la cabecera del libro y lo ha puesto también en algún otro trabajo para, a continuación, demostrar con hechos que se puede y se debe opinar de adverso sobre las leyes fiscales, haciéndolo además con indudable acierto y apreciables razones. El mismo lo explica...

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