Indemnización por Daños Morales ante la Lesión del Derecho Fundamental a la Libertad Sindical en Caso de una Huelga Convocada por un Comité de Empresa. Comentario a la STSJ Galicia de 12 de enero 2022, núm. rcud. 3752/2021

AutorConsuelo Ferreiro Regueiro
CargoProfa. Titular de Derecho del Trabajo Universidad de Santiago de Compostela
Páginas137-142
Revista Crítica de Relaciones de Trabajo. Laborum nº 6 (1ᵉʳ Trimestre 2023)
Estudios de Doctrina Judicial ISSN: 2386-7191 – ISSNe: 2387-0370
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Indemnización por Daños Morales ante la Lesión del Derecho
Fundamental a la Libertad Sindical en Caso de una Huelga
Convocada por un Comité de Empresa. (Comentario a la STSJ
Galicia de 12 de enero 2022, núm. rcud. 3752/2021)
Compensation for Non-Pecuniary Damages in the Event of an
Injury to the Fundamental Right to Freedom of Association in the
Case of a Strike Called by a Works Council (Commentary to the
STSJ Galicia of January 12, 2022, núm. rcud. 3752/2021).
Consuelo Ferreiro Regueiro Profa. Titular de Derecho del Trabajo
Universidad de Santiago de Compostela
Cita Sugerida: FERREIRO REGUEIRO, C. «Indemnización por Daños Morales ante la Lesión del Derecho
Fundamental a la Libertad Sindical en Caso de una Huelga Convocada por un Comité de Empresa.
(Comentario a la STSJ Galicia de 12 de enero 2022, núm. rcud. 3752/2021)». Revista Crítica de
Relaciones de Trabajo, Laborum. nº 6 (2023): 137-142.
Resumen Abstract
El art. 183.2 de la LRJS conmina al juzgador a determinar
prudencialmente la cuantía de la indemnización por el daño
causado ante la lesión de un derecho fundamental. Esta
regla le atribuye una amplia discrecionalidad que se agudiza
cuando los lesionados son las organizaciones sindicales y el
comité de huelga en la diferente forma de ejercer el derecho
fundamental de huelga. Además, el recurso de suplicación
permite la revisión del importe de la indemnización
recogido en la sentencia de instancia si es irracional o
desproporcionado, lo que obliga al órgano jurisdiccional
superior a la búsqueda y aplicación de un criterio lógico
siquiera para fundamentar en derecho tal revisión.
social (Labour Courts Act) urges the judge to determine
prudentially the amount of compensation for the damage
caused by the infringement of a fundamental right. This
rule gives it a wide discretion that is exacerbated when
the injured are the trade union organizations and the strike
committee in the different way of exercising the right to
strike. In addition, the application allows the amount of
compensation set out in the judgment of the court to be
reviewed if it is unreasonable or disproportionate, which
obliges the higher court to seek and apply a logical
criterion even to justify such a review.
Palabras clave Keywords
Lesión del derecho fundamental de huelga, lesión del
derecho fundamental a la libertad sindical, determinación
de la indemnización.
Infringement of the right to strike, infringement of de
freedom of association, determination of de appropriate
compensation.
Lo peculiar del caso conocido por la sentencia es la razón de cálculo de la indemnización
por daños morales derivada de la lesión en la vertiente colectiva del derecho fundamental de libertad
sindical de los sindicatos, en tanto que la huelga fue convocada en una empresa, con duración
indenida y para toda su plantilla, por el comité de empresa, integrado a la sazón por 6 aliados de
CC.OO., 4 de UGT, 2 de CIG y 1 de APC. Ocurrió que iniciada aquélla la dirección de la empresa
dio instrucciones a los vigilantes de seguridad para que impidiesen el acceso a sus instalaciones del
comité de huelga, prohibición que se mantuvo hasta que se suspendió la medida de conicto y pese a
que la Inspección de Trabajo había girado visita en dos ocasiones, conminando a la empresa a deponer
Fecha Recepción: 01/12/2022- Fecha Revisión: 12/12/2022 - Fecha Aceptación: 12/12/2022
Págs. 137-142

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