STSJ Cataluña , 26 de Mayo de 2004

PonenteJUAN ANTONIO TOSCANO ORTEGA
ECLIES:TSJCAT:2004:6610
Número de Recurso233/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución26 de Mayo de 2004
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN SEGUNDA Recurso número 233 del año 1998 Partes:

Actora: Pablo Demandada: Departament de Política Territorial i Obres Públiques, Comissió d'Urbanisme de Girona Codemandados: Miguel y Ayuntamiento de Vidreres (Girona)

S E N T E N C I A N º 455 En la ciudad de Barcelona, a veintiseis de mayo de dos mil cuatro.

Juan Antonio Toscano Ortega, Magistrado de la Sala de lo Contencioso- Administrativo (Sección Segunda) del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, pronuncia en nombre de Su Majestad El Rey la presente sentencia en el recurso contencioso- administrativo número 233 del año 1998, interpuesto por Don. Pablo , representado por el Procurador de los Tribunales Sr. Ángel Joaniquet Ibarz y defendido por el Letrado Sr. Carlos Pi-Suñer Díaz, contra el Departament de Política Territorial i Obres Públiques, representado y dirigido por el Letrado de la Generalitat; comparecen como codemandados Don. Miguel , representado por el Procurador de los Tribunales Sr. Manuel Sugrañes Perotes y defendido por el Letrado Sr. José Geli Vilallonga, y el Ayuntamiento de Vidreres (Girona), representado por el Procurador de los Tribunales Sr. Jordi Bassedas Ballús y asistido por el Letrado de los Servicios Jurídicos de la Diputació de Girona Sr. Vicente i Elena . El recurso versa sobre urbanismo, en concreto acerca de planeamiento urbanístico; se discute tanto la inadmisibilidad del recurso como la legalidad de la descalificación operada en zona verde que no ha seguido el procedimiento previsto en el artículo 50 de la Ley del Suelo de 1976 .

ANTECEDENTES DE HECHO

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PRIMERO

En fecha 30 de enero de 1998, la representación procesal Don. Pablo interpone recurso contencioso-administrativo contra: 1. los acuerdos de 16 de julio de 1985 de la Comisión de Urbanismo de Girona, por los que se aprueban el primero de ellos el "Proyecto de Modificación puntual del Plan General de Ordenación del Sector del Plan Parcial Aiguaviva Park de Vidreres", y el segundo el "Proyecto de Adaptación del Plan Parcial Aiguaviva Park al Plan General de Ordenación"; 2. la desestimación tácita del recurso ordinario contra dichos Acuerdos.

SEGUNDO

Tras la admisión a trámite del recurso, la publicación de su interposición y la recepción del expediente administrativo, por escrito presentado en fecha 19 de abril de 1999 se deduce la correspondiente demanda. En ésta, la representación y defensa del Sr. Pablo relaciona los hechos y los fundamentos de Derecho que estima aplicables y concluye con el suplico que se "dicte sentencia por la que se anulen, dada su no conformidad a derecho, los dos acuerdos de la Comisión de Urbanismo de Girona de fecha ambos de 16 de julio de 1985, por el primero de los cuales se aprueba el y el segundo por el que se aprueba el concretamente en relación al ámbito de zona verde desafectada en dichos acuerdos (en el que se asienta la gasolinera construida por D. Miguel a través de licencia concedida por el Ayuntamiento de Vidreres declarada nula por sentencia del Tribunal Supremo de 23 de junio de 1998) declarándose expresamente que dicho ámbito sigue manteniendo la calificación urbanística de zona verde pública de cesión gratuita".

TERCERO

El Letrado de la Generalitat, en el escrito de contestación a la demanda presentado el 21 de octubre de 1999, expone los hechos y los fundamentos de Derecho que considera de aplicación y solicita a la Sala que "desestimi les pretensions deduïdes en el present Recurs pel Sr. Pablo ".

La representación y defensa Don. Miguel , en el escrito de contestación a la demanda presentado el 30 de marzo de 2000, relaciona los hechos y los fundamentos de Derecho que estima de aplicación y solicita a la Sala que dicte "sentencia con desestimación de las pretensiones de la actora y de su suplico".

La representación y defensa del Ayuntamiento de Vidreres, en su escrito presentado el 9 de mayo de 2000, expone los hechos y los fundamentos jurídicos que considera aplicables y solicita "que es dicti Sentència per la qual es declari la inadmissibilitat o, en el seu defecte, les pretensions que en quan al fons i en relació a les pretensions de nul¿litat, formula el recurrent, en relació als acords de la Comissió d'Urbanisme, ambdós de data 16 de juny de 1985, relatius a la modificació puntual del Pla General municipal i adaptació del Pla Parcial d'Aiguaviva Park al Pla General".

CUARTO

Tras el recibimiento del pleito a prueba, acordado por auto de 11 de mayo de 2000 , se procede a la práctica de las pruebas propuestas y admitidas (documentales y testifical). Las representaciones y defensas de las partes actora, demandada y codemandadas presentan sus escritos de conclusiones en fechas 4 de septiembre y 19 de octubre de 2000, 1 de marzo y 4 de abril de 2001, respectivamente. Por providencia de 1 de abril de 2004 se declaran conclusas las actuaciones y se señala día y hora para el fallo, que tiene lugar el día 10 de mayo del año en curso, a las 11 horas.

QUINTO

La presente sentencia se dicta por un único Magistrado, al amparo de lo establecido en el apartado 2 de la Disposición Transitoria única de la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio , y en el Acuerdo del Pleno de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, de 30 de abril de 1999.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

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PRIMERO

Se discute en este proceso la legalidad de: 1. los acuerdos de 16 de julio de 1985 de la Comisión de Urbanismo de Girona, por los que se aprueban el primero de ellos el "Proyecto de Modificación puntual del Plan General de Ordenación del Sector del Plan Parcial Aiguaviva Park de Vidreres", y el segundo el "Proyecto de Adaptación del Plan Parcial Aiguaviva Park al Plan General de Ordenación"; 2. la desestimación tácita del recurso ordinario contra dichos Acuerdos.

SEGUNDO

De las presentes actuaciones, por su importancia para la resolución del pleito, merece destacarse lo siguiente.

  1. La Comisión de Urbanismo de Girona aprueba en fecha 25 de enero de 1974 el Plan Parcial de Ordenación Aiguaviva Park del término municipal de Vidreres, del cual es promotor Don. Miguel . En este planeamiento, en el sector situado en el punto kilométrico 5.420 de la margen derecha de la carretera GE-680 se califica una superficie del orden de 4 hectáreas como zona verde de cesión gratuita y obligatoria.

  2. En fecha 18 de febrero de 1982, la Comisión de Urbanismo de Girona procede a la aprobación definitiva de la Revisión del Plan General de Ordenación de Vidreres. En concreto, la descrita zona verde pasa a suelo no urbanizable. El resto de urbanización se califica como suelo urbanizable programado y se reduce la edificabilidad.

  3. Frente a la referida revisión del Plan General de Ordenación de 18 de febrero de 1982, el promotor Don. Miguel interpone recurso contencioso- administrativo, fundamentado en la consideración de que el planeamiento había llegado a una fase de ejecución tal que merecía la calificación de suelo urbano. La Audiencia Territorial de Barcelona, en sentencia de 23 de mayo de 1984 , estima el recurso y declara la vigencia del aludido Plan Parcial en lo que a las terminaciones correspondientes a la urbanización Aiguaviva Park se refiere.

    La referida sentencia de 23 de mayo de 1984 , tras el correspondiente recurso formulado por la Administración, es confirmada por el Tribunal Supremo, en sentencia de 28 de noviembre de 1986 .

  4. Tras aquella sentencia de la Audiencia Territorial de Barcelona y antes de la precitada sentencia del Tribunal Supremo, en fecha 28 de septiembre de 1984, el Subdirector General de Urbanismo, el Ayuntamiento de Vidreres y el promotor de la urbanización Don. Miguel , firman un convenio, en donde, entre otras cuestiones, convienen modificar el Plan Parcial y el Plan General, respetando la realidad física actual en lo que se refiere a los polígonos 1 a 5.

  5. Se inicia la vía de revisión de ambos instrumentos. Tras sucesivos recursos, de los cuales consta su publicación, se acuerda finalmente la aprobación de la modificación puntual correspondiente al Plan General de Ordenación y al Plan parcial. Lo que se acomete por Acuerdos de 16 de julio de 1985.

  6. El aquí actor Don. Pablo interpone recurso contencioso- administrativo contra el acuerdo de 24 de noviembre de 1988 del Ayuntamiento de Vidreres, por el que se concede Don. Miguel licencia para la construcción de una estación de servicio en el km. 5.420 de la carretera GE-680.

    Tal recurso, seguido con el número 1429 del año 1989, es desestimado por sentencia de la Sala de Contencioso-Administrativo (Sección Segunda) del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña de 24 de febrero de 1992 .

    Frente a esta sentencia Don. Pablo interpone recurso de apelación, que es estimado por sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo de 23 de junio de 1998 . Se lee en los Fundamentos de Derecho de esta Sentencia:

    "QUINTO. Alega también la parte apelante que, puesto que las citadas sentencias declararon la subsistencia del Plan Parcial Aiguaviva Park, tal como fue aprobado el 25 de enero de 1974 por la Comisión Provincial de Urbanismo de Gerona, ello implica el mantenimiento de la calificación como zona verde de la franja de terreno al margen de la carretera GE-680, y que para su alteración habría sido preciso seguir, lo que no se ha hecho, el procedimiento prescrito en el artículo 50 del Texto refundido de la Ley del Suelo de 9 de abril de 1976 . Frente a ello las partes apeladas sostienen que la modificación del Plan Parcial opera sobre el Plan General de Ordenación Urbana de 1982, que ya había suprimido la calificación de zona verde para el terreno en cuestión, por lo que no sería de aplicación lo dispuesto en el indicado...

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