La impugnación de sanciones disciplinarias en la empresa

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como el carácter extrajudicial y judicial de los cauces de ejercicio de la garantía
de estos derechos, en cuya descripción cobra especial relevancia la protección
contra el despido y contra las consecuencias desfavorables frente a la exigencia
de información, sobre la base de la garantía de indemnidad, para terminar con
una descripción de las infracciones y sanciones administrativas.
La monografía cumple así plenamente su función, la de señalar la dificultad que
tiene la trasposición de una norma europea con una cierta complejidad, a lo que
el autor añade su peculiar visión de cómo debería realizarse esta, señalando los
preceptos que se deberían modificar o/y añadir y el texto que deberían adoptar.
A mitad de camino por tanto entre un informe técnico y el análisis desmenuzado
de la norma europea, la enunciación de la nueva ordenación , aunque “compete
al legislador inspirarse en ella o no tenerla en cuenta”, constituye , en palabras
del prologuista, “un instrumento óptimo para juzgar los contenidos de la tras-
posición que finalmente se realice”, y esta actitud se mantiene a lo largo de toda
la obra y se proyecta asimismo sobre la bibliografía utilizada, en la que apenas
hay citas de autores extranjeros, pero si referencias directas de las leyes de los
diferentes países en los que se ha procedido a la trasposición, que se aprovechan
como guía de las opciones formuladas. En cuanto a la doctrina española, el autor
fundamentalmente se ciñe a solo una parte –ciertamente significativa– de la
producción nacional, marcando aquí también su impronta personal al seleccio-
nar dentro de una doctrina que es ciertamente exuberante en la materia escogi-
da, las referencias que le parecen más relevantes, ignorando otras que sin duda
conoce, pero que decide dejar de lado por no aportarle nada a su trabajo.
LA IMPUGNACIÓN DE SANCIONES DISCIPLINARIAS EN LA EMPRESA
David Montoya Medina. Ed. Aranzadi S.A.U., Cizur Menor, 2023, 188 págs. ISBN 978-84-1163-
939-2.
La facultad sancionatoria del empleador a las personas que trabajan para él,
constituye uno de los elementos más vistosos de la conformación de la relación
de trabajo como un dispositivo de dominación sobre la persona en donde se
afianza un poder privado que asegura el orden en la producción. Es la herencia
de la potestad empresarial de multar y sancionar económicamente a los obreros
en las fábricas, reconstruido dogmáticamente no como un poder derivado de
la ley que sanciona la dependencia y la subordinación plena de las personas en
el trabajo sometido a la disciplina de quien les emplea, sino como un derecho
potestativo cuya función es la modificación unilateral por el empresario de
la posición jurídica del trabajador con fines disciplinarios y en consecuencia
derivado implícitamente del consentimiento de ambas partes plasmado en el
contrato individual de trabajo, dado que éste obliga a “todas las consecuencias
que, según su naturaleza, sean conformes a la buena fe, al uso y a la ley” (art.

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