STSJ Comunidad de Madrid , 6 de Mayo de 2005

PonenteMARIA ROSARIO ORNOSA FERNANDEZ
ECLIES:TSJM:2005:5135
Número de Recurso1092/2002
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 6 de Mayo de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.4 MADRID SENTENCIA: 00404/2005 Proc. Francisco DE LAS ALAS PUMARIÑO Proc. D. José Luis FERRER RECURERO TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Sección 4ª

PONENTE SRA. Mª Rosario Ornosa Fernández RECURSO Nº. 1092 de 2002 S E N T E N C I A Nº 404 Presidente Ilmo. Sr. D. Alfonso Sabán Godoy Magistrados Ilmos. Sres.

Mª Rosario Ornosa Fernández D. Gervasio Martín Martín Dª. Fátima de la Cruz Mera En Madrid a seis de mayo de dos mil cinco Visto el recurso número 1092 de 2002, interpuesto por la mercantil "PALEMBA, S.L.", representada por el Procurador Sr. De las Alas Pumariño y defendida por Letrado, contra Decretos de Alcaldía del Ayuntamiento de Fuenlabrada, en concreto los números 1039/01, de 18 de diciembre de 2001; 215/02, de 10 de abril de 2002 y 353/02, de 3 de junio de 2002 ; habiendo sido parte la Administración General del Estado, representada por su Abogacía La cuantía del presente recurso es superior a 150.000.- euros.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y recibido el expediente administrativo, fue emplazada la parte recurrente para que dedujera demanda, lo que llevó a efecto mediante escrito en el que, tras alegar los fundamentos de hecho y de derecho que consideró pertinentes, terminó suplicando la estimación del recurso, con la consiguiente anulación de los actos recurridos.

SEGUNDO

La representación procesal de la parte demandada contestó a la demanda mediante escrito en el que, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que estimó aplicables, terminó pidiendo la desestimación del presente recurso.

TERCERO

Recibido el pleito a prueba, se practicaron las propuestas, con el resultado que obra en autos.

CUARTO

Dado traslado a las partes por su orden para conclusiones, las evacuaron en sendos escritos, en los que reiteraron sus respectivos pedimentos.

QUINTO

Con fecha 28 de abril de 2005 se celebró el acto de votación y fallo de este recurso, quedando el mismo concluso para Sentencia.

Siendo Ponente la Magistrada Ilma. Sra. Dª Mª Rosario Ornosa Fernández Vistos los preceptos citados por las partes y los demás de general y pertinente aplicación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugnan por la parte actora en el presente recurso tres Decretos de Alcaldía del Ayuntamiento de Fuenlabrada, en concreto los números 1039/01, de 18 de diciembre de 2001; 215/02, de 10 de abril de 2002 y 353/02, de 3 de junio de 2002.

En los citados Decretos el Alcalde - Presidente del citado Ayuntamiento se requería a la entidad actora, PALEMBA S. A., para que, en el improrrogable plazo de 48 horas, retirara los palets de madera de su propiedad que ocupaban las parcelas NUM002 y NUM003 , del polígono NUM001 , las cuales habían sido expropiadas a sus titulares D. Alfredo y Dª Raquel , con los que se había otorgado acta de ocupación y pago el 22 de enero de 1995, para la ejecución de las obras de urbanización del Polígono Industrial Vereda del Tempranar, señalándose, en el primero de los Decretos, que se fijaba en 4.737,78 euros el importe de la indemnización por retirada del vallado existente, así como en el último de los Decretos que el incumplimiento del plazo fijado daría lugar a su lanzamiento.

La parte actora señala en su demanda que la administración incumplió los trámites legalmente exigidos para el desahucio administrativo, conforme a lo previsto en el art. 121. 3 del Reglamento de Bienes Locales , respecto de los plazos fijados para ello y el necesario depósito previo y de ahí que solicite la nulidad de los Decretos impugnados y subsidiariamente una indemnización por los perjuicios sufridos a valorar en ejecución de sentencia.

Por otro lado, introduce una nueva cuestión al interponer el recurso y señala que se ocupó también ilegalmente por el Ayuntamiento la parcela NUM000 del polígono NUM001 , también ocupada por PALEMBA S. A. y de ahí que solicite otra indemnización por los daños y perjuicios causados por ello, así como la restitución a la situación anterior.

Por último, solicita también ser indemnizado por los daños y perjuicios causados al no haber podido continuar con su actividad industrial.

El Ayuntamiento de Fuenlabrada niega en su contestación a la demanda que se hayan retirado enseres o materiales que estuviesen ocupando la parcela NUM000 , que por otro lado, también fue expropiada a sus titulares y respecto...

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