STSJ Andalucía 192/2008, 7 de Abril de 2008
Ponente | RAFAEL TOLEDANO CANTERO |
ECLI | ES:TSJAND:2008:3322 |
Número de Recurso | 2054/2000 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Número de Resolución | 192/2008 |
Fecha de Resolución | 7 de Abril de 2008 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
192/2008
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA
SALA DE LO CONTENCIOSO -ADMINISTRATIVO
SECCIÓN SEGUNDA
RECURSO NÚM. 2.054/2000
SENTENCIA NÚM. 192 DE 2.008
Ilmo. Sr. Presidente:
D. José Antonio Santandreu Montero
Ilmos. Sres. Magistrados
D. Federico Lázaro Guil
D. Rafael Toledano Cantero
______________________________________
En la ciudad de Granada, a siete de abril de dos mil ocho. Ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de
Justicia de Andalucía, con sede en Granada, se ha tramitado el recurso número 2.054/2.000 seguido a instancia de DON Donato y de DIRECCION000 C.B., que comparecen representados por la Procuradora Sra. García Carrasco y asistidos de Letrado, siendo parte demandada la ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO, TRIBUNAL ECONÓMICO ADMINISTRATIVO REGIONAL DE ANDALUCÍA (SALA DE GRANADA), en cuya representación y defensa interviene el Abogado del Estado. La cuantía del recurso es de 600.000 pesetas.
Se interpuso el presente recurso el día 9 de octubre de 2000 contra la resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Andalucía que se identifica más abajo. Se admitió a trámite y se acordó reclamar el expediente administrativo, siendo remitido por la Administración demandada.
En su escrito de demanda, la parte actora expuso cuantos hechos y FUNDAMENTOS DE DERECHO consideró de aplicación y terminó por solicitar se dictase sentencia estimando el recurso anulando la resolución que se recurre por no ser ajustada a Derecho.
En su escrito de contestación a la demanda, la Administración demandada se opuso a las pretensiones de la parte actora, y, tras exponer cuantos hechos y fundamentos de derecho consideró de aplicación, solicitó que sea dictada sentencia confirmando en sus términos la resolución que se impugna por ser conforme a Derecho.
Acordado el recibimiento a prueba por plazo de treinta días comunes a las partes para proponer y practicar, en dicho período se practicaron aquellas pruebas que propuestas en tiempo y forma por las partes, la Sala admitió y declaró pertinentes, incorporándose las mismas a los autos con el resultado que en estos consta.
Declarado concluso el período de prueba, al no estimarse necesario por la Sala la celebración de vista pública, se acordó dar traslado a las partes para conclusiones escritas, cumplimentándose el mismo mediante escrito en el que reiteraron las peticiones contenidas en los de demanda y contestación.
Se señaló para deliberación, votación y fallo del presente recurso el día y hora señalado en autos, en que efectivamente tuvo lugar, habiéndose observado las prescripciones legales en la tramitación del mismo y actuando como Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. Don Rafael Toledano Cantero.
Se interpone el presente recurso contencioso-administrativo contra la resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Andalucía de 27 de julio de 2000 recaída en el expediente número NUM000, que desestima la reclamación dirigida frente al acuerdo sancionador aprobado por la Delegación de Granada de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, en resoluciones de 3 de septiembre de 1999 como consecuencia de la apreciación de una infracción simple en materia...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba