STSJ Asturias , 19 de Diciembre de 2002

PonenteJULIO LUIS GALLEGO OTERO
ECLIES:TSJAS:2002:5823
Número de Recurso984/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución19 de Diciembre de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ASTURIAS SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA RECURSO: 984/98 RECURRENTE: D. Ricardo PROCURADOR: D. ROBERTO MUÑIZ SOLIS RECURRIDO: T.E.A.R.A. ABOGADO DEL ESTADO CODEMANDADO: PRINCIPADO DE ASTURIAS SENTENCIA NÚM. 1114 ILMO. SR. PRESIDENTE D. LUIS QUEROL CARCELLER ILMOS. SRES. MAGISTRADOS D. ANTONIO ROBLEDO PEÑA D. JULIO LUIS GALLEGO OTERO En OVIEDO, a diecinueve de diciembre de dos mil dos. Vistos por la Sala, constituida por los Ilmos.

Sres. Magistrados relacionados al margen, los autos del recurso contencioso-administrativo número 984 del año 1998, interpuesto por la Procurador don Roberto Muñiz Solís, en nombre y representación de D. Ricardo ; contra la resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Asturias de fecha 9 de enero de 1998, desestimatoria de la reclamación efectuada contra liquidación n° NUM000 girada por la Sección de Transmisiones Patrimoniales de Gijón de la Consejería de Hacienda del Principado de Asturias.

Ha sido parte el TRIBUNAL ECONOMICO ADMINISTRATIVO REGIONAL DE ASTURIAS, representado por el Abogado del Estado y el PRINCIPADO DE ASTURIAS como codemandado, representado por su Servicio Jurídico.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Admitido el recurso y previos los oportunos trámites procedimentales, se confirió traslado a la parte actora para que, en el término de veinte días formalizara la demanda, lo que llevó a efecto mediante el pertinente escrito de fecha 2 de febrero de 1999, en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó oportunos, terminó solicitando que se dicte sentencia por la que se declare su disconformidad al ordenamiento jurídico, acordando al nulidad y/o anulabilidad de la Resolución impugnada, y en su consecuencia la revisión del acto administrativo por el que se liquidó al actor el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, respecto a compraventa de una nave de uso comercial en la calle Gerona (El Natahoyo), Gijón, anulabilidad de la misma dada su disconformidad con el ordenamiento jurídico, condena a la administración Tributaria, Consejería de Hacienda del Principado de Asturias, Sección de Transmisiones patrimoniales, a estar y pasar por tales pronunciamientos, y en su consecuencia abone al actor la cantidad ingresada indebidamente por tal concepto, que asciende a seiscientas veintisiete mil doscientas noventa y cinco pesetas más los intereses legales desde su ingreso, y la condena en costas a la demandada da su temeridad y mala fe. Por medio de otrosí solicitó el recibimiento del pleito a prueba.

SEGUNDO

Formalizada la demanda se dio traslado de la misma a la parte demandada para que la contestara en el plazo de veinte días, lo que realizó, alegando los hechos y fundamentos jurídicos que estimó pertinentes, solicitando se dicte sentencia desestimando el recurso, por haberse ajustado a Derecho la resolución recurrida.

Conferido traslado a la representación del Principado de Asturias para que contestase la demanda, lo hizo en tiempo y forma alegando y exponiendo en derecho lo que consideró pertinente y terminó suplicando que, en su día se dicte sentencia en la que se desestime dicho recurso, confirmando íntegramente el acto administrativo recurrido, con imposición de las costas a la demandante.

TERCERO

Recibido el recurso a prueba, se practicaron las propuestas por las partes y admitidas con el resultado que obra en autos.

CUARTO

No estimándose necesaria la celebración de vista pública, se confirió traslado a las partes para la formulación de conclusiones y, tras la presentación de los oportunos escritos, se señaló para la votación y fallo del presente recurso el día dieciséis de noviembre pasado, en que tuvo lugar dicho acto.

Siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JULIO LUIS GALLEGO OTERO.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La parte recurrente interpone recurso contencioso-administrativo contra la resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Asturias, de fecha 9 de enero 1998, que desestima la reclamación presentada contra la liquidación girada por la Sección de...

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