Impuesto sobre Sociedades

AutorGarrigues Abogados y Asesores Tributarios
Páginas8-9

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Conforme al Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, no pueden formar parte un grupo fiscal las entidades que al cierre del período impositivo se encuentren incursas en causa de disolución obligatoria como consecuencia de que las pérdidas hayan dejado reducido el patrimonio neto por debajo de la mitad del capital social.

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El Real Decreto-ley 10/2008 establece que, a los solos efectos de la determinación de las pérdidas para dicha causa de disolución, no se computan las pérdidas por deterioro reconocidas en las cuentas anuales, derivadas del inmovilizado material, de las inversiones inmobiliarias y las existencias, en los dos ejercicios sociales que se cierren a partir de su entrada en vigor. Este Real Decreto-ley entró en vigor el 13 de diciembre de 2008.

La DGT...

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