STSJ Comunidad Valenciana 343/2006, 10 de Mayo de 2006
Ponente | SALVADOR DE BELLMONT Y MORA |
ECLI | ES:TSJCV:2006:2093 |
Número de Recurso | 2156/2004/ |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Número de Resolución | 343/2006 |
Fecha de Resolución | 10 de Mayo de 2006 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
Recurso número: 2156/04
S E N T E N C I A N º 343
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA
COMUNIDAD VALENCIANA
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
SECCIÓN PRIMERA
Iltmos. Sres.:
Presidente
D. EDILBERTO NARBON LAINEZ
Magistrados
D. SALVADOR BELLMONT Y MORA
Dª AMALIA BASANTA RODRIGUEZ
En Valencia, a diez de mayo de dos mil seis.
Visto por la Sección PRIMERA de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, el recurso contencioso administrativo núm. 2156/04 promovido por la Procuradora Rosario Arroyo Cabria en nombre y representación de CHAPAS NORTE S.A., contra desestimación por silencio administrativo del TEAR de Valencia en el expdte. nº 46/2413/00 sobre impuesto sobre sociedades, habiendo sido parte en autos la Administración demandada representada por el Abogado del Estado.
Interpuesto el recurso y seguidos los trámites por la Ley, se emplazó al demandante para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en que suplica se dicte sentencia declarando no ajustada a Derecho la resolución recurrida.
La representación de la parte demandada contestó a la demanda mediante escrito en el que suplica se dicte sentencia por la que se confirme la resolución recurrida.
Habiendose recibido el proceso a prueba, y no habiendose solicitado por las partes la presentación de conclusiones, quedaron los autos pendientes para votación y fallo.
Se señala la votación para el día veintiocho de abril del presente año, teniendo así lugar.
En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales.
Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. SALVADOR BELLMONT Y MORA.
Que constituye el objeto del presente recurso, la impugnación que, por la actora se realiza de la desestimación presunta, luego expresa, por resolución del TEAR de 30-11-04, sobre impuesto sociedades 96, en cuanto no se estima su postura de computar como pérdida la diferencia entre el valor de adquisición y el de enajenación de títulos de la deuda pública del Brasil, con independencia de los intereses, cobrados en el interregno, alegando la actora el Convenio de Doble Imposición entre España y Brasil, postulando, o bien la extensión de efectos al presente caso, de la Sentencia de esta Sala nº 679/03, o bien, que, en todo caso, procede estimar la pretensión de la parte recurente, por darse los presupuestos contemplados en tal sentencia.
Que la presente problemática aquí ahora contemplada, aparece resuelta por esta Sala en reiteradas sentencias, como la nº 679/03, de 12 de mayo, en cuyos fundamentos de derecho dice:
"PRIMERO: El presente recurso contencioso-administrativo se ha interpuesto contra las resoluciones del TEAR de Valencia de 28 de junio de 2001 que desestimaron las reclamaciones nº 46/13412/98 y nº 46/13413/98 deducidas contra Acuerdos del Inspector Jefe de 30 de octubre de 1998 que confirmaron las Actas de disconformidad incoadas respecto del IRPF del ejercicio 1992.
Esta Sala en sentencia nº 349 de uno de marzo de dos mil tres se ha pronunciado en los términos que se reproducen a continuación:
"PRIMERO.- El presente recurso contencioso-administrativo se ha interpuesto por el Procurador Sr. Solsona Espriú, en nombre y representación de Dña. Marí Luz, contra la resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Valencia de fecha 28 de septiembre de 2000, desestimatoria de la reclamación nº 46/12940/98, relativa al Impuesto sobre la...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba