STSJ Comunidad de Madrid 599, 9 de Febrero de 2006
Ponente | ANTONIA DE LA PEÑA ELIAS |
ECLI | ES:TSJM:2006:599 |
Número de Recurso | 640/2002 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Número de Resolución | 599 |
Fecha de Resolución | 9 de Febrero de 2006 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
T.S.J.MADRID CON/AD SEC.5 MADRID SENTENCIA: 00150/2006 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN QUINTA SENTENCIA 150 RECURSO NÚM.: 640/2002 PROCURADOR: D. CARLOS RIOPEREZ LOSADA Ilmos. Sres.:
Presidente D. José Alberto Gallego Laguna Magistrados D. J. Ignacio Parada Vázquez Dña. María Antonia de la Peña Elías D. Santos Gandarillas Martos D. J. Ignacio Zarzalejos Burguillo En la Villa de Madrid a nueve de febrero de dos mil seis.
Visto por la Sala del margen el recurso núm. 640-2002 interpuesto por el Procurador D. Carlos Riopérez Losada, en representación de Dª Teresa contra el fallo del TEARM de fecha veintitrés de enero de dos mil dos, reclamación 28/00055 y 8942/00, sobre Renta
Personas Físicas; habiendo sido parte demandada la Administración General del Estado, representada y defendida por su Abogacía.
Por la representación procesal del recurrente, se interpuso el presente recurso, y después de cumplidos los trámites preceptivos, formalizó la demanda que basaba sustancialmente en los hechos del expediente administrativo, citó los fundamentos de derecho que estimó aplicables al caso, y concluyó con la suplica de que en su día y, previos los trámites legales se dicte sentencia de conformidad con lo expuesto en el suplico de la demanda.
Dado traslado de la demanda al Sr. Abogado del Estado, para su contestación, lo hizo admitiendo los hechos de la misma, en cuanto se deducen del expediente, alegó en derecho lo que consideró oportuno, y solicitó la confirmación en todos sus extremos del acuerdo recurrido.
Estimándose necesario el recibimiento a prueba, con el resultado que obra en autos, y no la celebración de vista pública o el trámite de conclusiones, se señaló para la votación y fallo la audiencia del día 07/02/2006 en que tuvo lugar, quedando el recurso concluso para Sentencia.
Siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrado Dña. María Antonia de la Peña Elías
PRIMERO D. Teresa discute la legalidad del acuerdo del Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid de 23 de enero de 2002, que resolvió de forma conjunta las reclamaciones económico administrativas número 28/00055 y 8942/00, que interpuso respectivamente contra la liquidación provisional que le fue girada en concepto de Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del ejercicio de 1997, por importe de 1.115.848 Ptas.
y contra la sanción derivada de la misma, en cuantía de 359.266 Ptas., desestimando la primera y estimando la segunda lo que supuso que la sanción fuera dejada sin efecto.
En esta resolución se desestimó la reclamación contra la liquidación provisional porque esta se encontraba suficientemente motivada y de los gastos de rendimientos de capital inmobiliario de bienes arrendados deducidos por el sujeto pasivo había que rechazar el importe del mobiliario de cocina y de la Instalación de calefacción porque se trataba de gastos de mejora o ampliación excluidos por los artículos 35.A de la Ley 18/1991 y 7.f) del Real Decreto 1841/1991 no susceptibles de amortización, según el articulo 8 de esta ultimo reglamento, pero supondría una reformatio in peius al haber considerado gestión los gastos de...
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