STSJ Asturias , 30 de Septiembre de 2002
Ponente | JULIO LUIS GALLEGO OTERO |
ECLI | ES:TSJAS:2002:4360 |
Número de Recurso | 224/1999 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 30 de Septiembre de 2002 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ASTURIAS SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA RECURSO: 224/99 RECURRENTE: Dª. Constanza PROCURADORA: D. PATRICIA GOTA BREY RECURRIDO: TEARA.
ABOGADO DEL ESTADO SENTENCIA NÚM. 861 ILMO. SR. PRESIDENTE D. LUIS QUEROL CARCELLER ILMOS. SRES. MAGISTRADOS D. JULIO LUIS GALLEGO OTERO D. ANTONIO ROBLEDO PEÑA En OVIEDO, a treinta de septiembre de dos mil dos. Vistos por la Sala, constituida por los Ilmos. Sres. Magistrados relacionados al margen, los autos del recurso contencioso-administrativo número 224 del año 1997, interpuesto por la Procuradora Dª. Patricia Gota Brey, en nombre y representación de D. Constanza , contra la resolución dictada por el Tribunal Económico Administrativo Regional de Asturias de el 4 de diciembre 1998, desestimatoria de la reclamación económico-administrativa impugnando la resolución de 25 de julio 1997 de la Agencia Estatal Administración Tributaria de Gijón que desestima el recurso de reposición contra acta de conformidad por IRPF, ejercicio 1992. Ha sido parte el TRIBUNAL ECONOMICO ADMINISTRATIVO REGIONAL DE ASTURIAS, representado por el Abogado del Estado.
Admitido el recurso y previos los oportunos trámites procedimentales, se confirió traslado a la parte actora para que, en el término de veinte días formalizara la demanda, lo que llevó a efecto mediante el pertinente escrito de fecha 10 de febrero de 2000, en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó oportunos, terminó solicitando que se dicte sentencia por la que se anulen tanto la liquidación con clave n° NUM000 girada por la Dependencia de Inspección de la Agencia Tributaria de Gijón, así como la Resolución dictada por el Tribunal Económico-Administrativo Regional de Asturias en la Reclamación n° 52/01002/97.
Formalizada la demanda se dio traslado de la misma a la parte demandada para que la contestara en el plazo de veinte días, lo que realizó, alegando los hechos y fundamentos jurídicos que estimó pertinentes, solicitando se dicte sentencia acordando la desestimación íntegra del recurso contencioso-administrativo, con imposición al actor, si procede, de las costas procesales..
No estimándose necesaria la celebración de vista pública, se confirió traslado a las partes para la formulación de conclusiones y, tras la presentación de los oportunos escritos, se señaló para la votación y fallo del presente recurso el día veinticinco de septiembre pasado, en que tuvo lugar dicho acto.
Siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JULIO LUIS GALLEGO OTERO.
La parte recurrente interpone recurso contencioso-administrativo contra la resolución dictada por el Tribunal Económico-Administrativo Regional de Asturias el 4 de diciembre 1998, desestimatoria de la reclamación económico- administrativa impugnando la resolución de 25 de julio 1997 de la Agencia Estatal Administración Tributaria de Gijón que desestima el recurso de reposición contra acta de conformidad por IRPF, ejercicio 1992.
En la demanda suplica se dicte sentencia por la que se anulen tanto la liquidación con clave n°
NUM000 , así como la resolución recurrida.
Estimación de efectos declarativos con fundamento en los motivos siguientes:...
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STS, 17 de Noviembre de 2006
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