SAP Murcia 32/2007, 16 de Marzo de 2007
Ponente | MARIA DEL PILAR ALONSO SAURA |
ECLI | ES:APMU:2007:769 |
Número de Recurso | 142/2007 |
Número de Resolución | 32/2007 |
Fecha de Resolución | 16 de Marzo de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Murcia, Sección 3ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3
MURCIA
SENTENCIA: 00032/2007
Rollo núm. 142/07
Apelación J. Faltas.
S E N T E N C I A Nº /2007
En la ciudad de Murcia, a dieciséis de marzo de dos mil siete.
Vistos por la Iltma. Sra. Magistrada Dª MARÍA PILAR ALONSO SAURA, al haberle correspondido por turno en esta Audiencia Provincial, el presente Rollo de apelación nº 142/07, dimanante de los autos de juicio de Faltas nº 874/05, procedente del Juzgado de Instrucción nº 4 de Murcia, en que han sido partes, como denunciantes y en esta alzada apelantes Eloy y Guadalupe dirigidos por el Letrado D. Ángel Avilés Hernández, y como denunciados y en esta alzada apelados Luis María y Gustavo, actuando como responsables civiles directas las entidades Mutualidad de Levante y Groupama Plus Ultra, siendo responsable civil subsidiario Raúl.
ANTECEDENTES DE HECHO
En las actuaciones de que el presente rollo dimana, el Juzgado de instrucción citado, dictó sentencia con fecha treinta de junio de dos mil seis, sentando como hechos probados los siguientes: "De lo actuado en juicio ha quedado probado y así se declara expresamente que el día 13 de marzo de 2.005, sobre las 14:00 horas y, como quiera que Luis María, quien conducía el turismo GE-....-GS, asegurado en Mutua de Levante, por la Carretera de la Raya procedente de la Carretera de Alcantarilla al llegar a la altura del número 42 efectúo un giro indebido hacia la izquierda, sin percatarse con anterioridad de la inexistencia de obstáculo alguno que le garantizara el éxito de la maniobra que pretendía efectuar, interponiéndose de forma súbita e inesperada en la trayectoria del turismo....-WWJ conducido por Gustavo y, asegurado en la compañía Groupama, quien efectuó una maniobra evasiva hacia la izquierda, colisionando contra la parte trasera del lateral derecho del primer vehículo, invadiendo a continuación de forma súbita e inesperada el carril de sentido contrario hasta colisionar frontalmente contra el turismo matrícula GE-...., conducido por Eloy y, en el que viajaba como ocupante Guadalupe que circulaba procedente de la carretera de Alcantarilla y, no pudieron evitar el impacto.
Como consecuencia del accidente Eloy sufrió herida incisocontusa en región parietal izquierda, policontusiones, cervicalgia y lumbalgia y, lesión del músculo supraespinoso, de las que tardó en sanar 150 días impeditivos, restándole como secuelas agravación de patología previa de raquis (2p), otros trastornos neuróticos (2p) y hombre doloroso (2p) y; Guadalupe sufrió traumatismo torácico y, fractura de esternón, de las que tardó en curar 120 días, 90 de los cuales estuvo impedida para sus ocupaciones habituales, restándole como secuelas fractura de esternón consolidada que genera algias esporádicas (2p) y, síndrome postraumático cervical por agravación de patología previa (1p).
Se han...
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