La importancia de la determinación de los límites territoriales
Autor | María Pilar Encabo Valenciano |
Páginas | 61-182 |
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Entiende Posada que el Estado tiene dos componentes fundamentales: la naturaleza física y la humanidad, esto es, el territorio y la población. La naturaleza física obra sobre el Estado político concretándolo y definiéndolo, hasta el punto de limitar y señalar su acción. Los Estados, cualquiera que sea su extensión y organización, no surgen de improviso sobre la tierra, sino que «se forman paulatinamente sobre ella y bajo la influencia de su textura geográfica y climatología», de manera que el territorio puede considerarse como «la estructura huesosa de la sociedad política».
Los Estados políticos se apoyan en una convivencia territorial y, por eso mismo, tienden a ser verdaderas unidades geográficas. El suelo, como territorio del Estado, determina su extensión material: según sea esta mayor o menor, el Estado será grande o pequeño, calificación que ha tenido y tiene notable importancia80.
Aristóteles aludía a esta diferenciación, apuntando que, aun cuando la distinción sea importante, la felicidad de un Estado no depende de su tamaño, pues quienes piensan así «ignoran ciertamente en qué consiste la extensión o la pequeñez de un Estado; porque juzgan únicamente de ellas por el número de sus habitantes y, sin embargo, es preciso mirar no tanto al número como al poder. Todo Estado tiene una tarea que llenar; y será el más grande el que mejor la desempeñe»81.
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Atendiendo a la relación del elemento humano con el suelo, la población puede ser nómada, si no se ha establecido en un territorio determinado, o sedentaria, si vive en un lugar concreto. Algunos autores consideran el paso de la vida nómada a la sedentaria como una de las mayores revoluciones de la humanidad82. Asentado el Estado de modo permanente en un territorio propio, se ponen de manifiesto los efectos de la adaptación geográfica del elemento humano a su soporte físico. La población «o bien se agrupa en una extensión relativamente pequeña formando centros de vida social intensiva (ciclos urbanos, ciudades) o bien permanece diseminada por el campo constituyendo agrupaciones rurales (aldeas...)»83. Apunta Cordero que «los accidentes geográficos que pueden usarse como obstáculos o aisladores, son buscados espontáneamente como fronteras»84.
Tocqueville, en el primer tomo de La democracia en América, expone con abundancia de detalles su geografía y límites naturales, así como la influencia del territorio en la vida política y social. Las zonas donde «la naturaleza despliega una fecundidad inagotable», como el valle del Mississippi, contrastan con aquellas otras donde «la fuerza de la vegetación se extingue, los terrenos se vuelven estériles, todo languidece o muere», y el suelo que «a duras penas sirve para los trabajos del labrador» desentona con el «campo fértil». Afirma que en la época del descubrimiento de América del Norte, los indios ocupaban el suelo, pero no lo poseían, porque vivían de la caza; fueron los europeos que llegaron a sus orillas quienes se apropiaron de él por medio de la agricultura y se hicieron con sus riquezas que, en cierto modo, estaban «a la espera»85.
Esta afirmación recuerda a los actos de apropiación de la tierra medievales conocidos como la presura y, más en concreto, el escalio. Afirma Escudero que «el repoblador debía exteriorizar su aprehensión y consiguiente derecho con algún acto simbólico: la roturación de una parte del yermo, o el señalamiento de las heredades adquiridas, mediante cruces u otros símbolos»86.
La teoría política decimonónica elevó la población a la dignidad de elemento del Estado, aunque ya desde el siglo XVI al menos, se consideraba la abundancia de población como una fuente de poder, antes de convertirse en una fuente de problemas. Esta vinculación se debía a que los recursos militares estaban estrechamente ligados a los efectivos demográficos, y a que la riqueza
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tributable —sobre todo en los esquemas fiscales del Antiguo Régimen— mantenía una íntima relación con el número de habitantes.
Sin embargo, no solo es relevante el valor absoluto de la población, sino también su valor en relación con el espacio, es decir, la densidad de población . En lo que afecta a este tema, cabe afirmar que en los territorios más densamente poblados se «intensifica la propia delimitación del espacio que, como bien escaso, es disputado palmo a palmo, dividido y marcado por fronteras y límites exactos». Por contraposición, en los grandes espacios poco poblados «las fronteras son fluidas» y se convierten en zonas propicias para la recomposición territorial87.
Hoy día, el Estado está constituido, por lo que respecta a su base física, por territorios nacionales. Cuando hay desequilibrio entre el elemento humano y el territorial, la vida interior política está hondamente perturbada. El equilibrio se da en las naciones que han podido formarse en base a centros políticos y sociales (municipios, regiones) y que se han organizado naturalmente sin necesidad de ejercer una acción centralizadora. En ellas se encuentran armónicamente unidos el elemento enérgico y concentrado de las ciudades y el disperso y suave de los campos, el elemento nómada y el sedentario.
En opinión de Guaita, el territorio no es utilizable, sin más, en «estado de naturaleza», sino que necesita un nombre, o una infinidad de nombres distintos, asignados a los diversos lugares, partes o porciones del propio territorio, y una división, como consecuencia del principio elemental de organización, que va desde la división entre los Estados hasta los linderos de las fincas, las provincias, los términos municipales, las calles, etc. «Sin su propio nombre —nombres— y sin sus divisiones y subdivisiones que «dominan» la naturaleza y reducen el caos a un orden, el territorio sería humana y socialmente inservible».
Más recientemente, Barranchina ofrece un estudio del territorio como elemento institucional del Estado y de las comunidades autónomas, refiriendo a estas últimas algunos principios que en derecho constitucional y político se aplican al territorio del Estado y reflejando el punto de vista de reconocidos juristas.
Como dice Kelsen, el territorio no es solo el espacio dentro del cual el Estado —y las comunidades autónomas— ejercen su actividad, sino también condición necesaria y externa para su existencia. No se puede concebir una comunidad autónoma sin territorio o con un territorio indeterminado. Hauriou entiende que la importancia del territorio como elemento del Estado —y de las comunidades autónomas— proviene de que sirve de medida y límite a la auto-ridad del gobierno estatal —o autonómico—.
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Barranchina cita las teorías que han tratado de explicar la relación entre el territorio y el Estado, y las aplica a las comunidades autónomas:
– El territorio como objeto. Esta teoría sostiene que el territorio es un objeto que se encuentra al servicio y disposición de su titular, si bien con unas limitaciones que dependen de las competencias que la Constitución le atribuya sobre la materia en cuestión. Por eso se dice que la relación es de dominium. Aplicando la teoría de Laband, resultaría que la comunidad autónoma tendría un derecho real sui generis, de carácter público, sobre el territorio.
– El territorio como elemento. Jellinek rechaza la teoría anterior. Mantiene que el territorio es un elemento del Estado —y también lo sería de las comunidades autónomas—. Por tanto, no hay dominium sino imperium, que se ejerce sobre las personas y el territorio88. El imperium del Estado alcanza a sus ciudadanos, aunque vivan en otros países, y a...
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